Norma Legal Oficial del día 25 de Marzo del año 2004 (25/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2004

Articulo Primero.- DESIGNAR a partir del dia 23 de marzo del 2004 al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, D.N.I. Nº 09895926, CAL Nº 30093, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, con los alcances precisados en la Ley Nº 27204 referidos a su condicion de Funcionario Contratado. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir del dia 23 de marzo del 2004 al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, D.N.I. Nº 09612879, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, con los alcances precisados en la Ley Nº 27204, referidos a su condicion de Funcionario Contratado. Articulo Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente Resolucion a la Direccion Municipal, Oficina de Rentas, Direccion de Administracion, Unidad de Personal y organos competentes de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 05872

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan situacion de urgencia para la adquisicion de productos destinados al Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2004-MDPP MORDAZA MORDAZA, 6 de marzo de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de marzo del 2004, sobre la Declaratoria de Urgencia de la adquisicion del Insumo de Leche Evaporada Entera. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2004-MDPP , se declaro en Situacion de Urgencia, por el termino de 30 dias habiles, la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, siendo uno de ellos el de la Leche Evaporada Entera; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 002-2004, modificada por Resolucion de Alcaldia Nº 115-2004 se nombra a los miembros del Comite Especial para el Concurso Publico Nº 001-2004-CE-MDPP, para la Adquisicion de los Insumos destinados al Programa del Vaso de Leche, Item Nº 01 Leche Evaporada Entera, Item Nº 02 Quinua MORDAZA Enriquecida; Que, con Informe Nº 003-2004-CE/MDPP el Comite Espe, cial para el Concurso Publico Nº 001-2004-CE-MDPP indica , del Informe Tecnico elaborado por el Experto Independiente ingeniero MORDAZA Mehuay MORDAZA, el cual hacen MORDAZA se observa que se ha detectado una inexactitud entre la informacion que se consigna en la Declaracion Jurada de la Empresa CORLAC S.A. Ganadora de la Buena Pro de los componentes nacionales, y la que se encuentra contenida en el Certificado de Componentes emitido por la Empresa Certificadora CERPER, debidamente Inscrita en INDECOPI; Que, teniendo en cuenta que de la situacion observada en el referido Informe Tecnico, se encuentra configurada dentro de los alcances de responsabilidad a que se refieren los Articulos 19º y 204º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que implica una contravencion de las normas legales, en el contenido de los documentos presentados en la propuesta tecnica del postor ganador de la Buena Pro; el Comite Especial considera que se ha dado una de las causales previstas en los Articulos 26º y 57º del Reglamento y la Ley de Contrataciones, por lo que le corresponderia Declarar la Nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion retro-

trayendolo a la Etapa de Convocatoria; Que, en efecto la Contradiccion se evidencia en la Informacion relativa al porcentaje de insumos nacionales que contiene el producto Leche Evaporada Entera Laive, toda vez que por un lado, las Declaraciones Juradas senalan que el 100% de los insumos utilizados para la fabricacion de la Leche Evaporada Laive son de origen nacional y por otro lado, el Certificado de Componentes senala que el producto Leche Evaporada Entera Laive del lote descrito es elaborada con un 99.68% de componentes nacionales; Que, ante esta eventualidad se estaria contraviniendo con el MORDAZA de Presuncion de Veracidad contenida en el numeral 1.7 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por la Ley Nº 27444, por lo que resulta necesario declarar la Descalificacion del postor CORLAC S.A., la Nulidad del acto de Otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 001-2004-CE/MDPP, y por consiguiente Retrotraer el MORDAZA de Seleccion hasta la etapa de evaluacion de las Propuestas Tecnicas; mas aun sabiendo que los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, son ninos de 0 a 6 anos de edad, madres gestantes, lactantes y ancianos; Que, el Articulo 26º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que sera el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, quien podra Declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA de Seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del Contrato; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 159-2004-MDPP , de fecha 3 de marzo del 2004, se declaro la Nulidad del Acto de Otorgamiento de la Buena Pro del Item I Leche Evaporada Entera del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004CE/MDPP para la adquisicion de insumos alimenticios para la , atencion del Programa del Vaso de Leche, y asimismo disponer que se Retrotraiga a la Etapa de Convocatoria; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la precitada Ley; Que el Pleno del Concejo, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27444, y contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion de la fecha; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR LA PRORROGA DE LA SITUACION DE URGENCIA, por un plazo de 30 dias habiles de la adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, que constituira de Leche Evaporada Entera x 410 gramos en cantidad de 196,140 unidades, con cargo a los recursos del Programa del Vaso de Leche, debiendo en dicho plazo la Gerencia de Administracion facultar al Comite Especial a fin de que adopten las acciones necesarias d el MORDAZA de seleccion conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo de Concejo al Programa del Vaso de Leche, Consucode y a la Contraloria General de la Republica. Articulo Tercero.- Notificar el presente Acuerdo de Concejo al Comite Especial. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05980

Prorrogan situacion de urgencia para la adquisicion de insumo alimenticio del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2004-MDPP MORDAZA MORDAZA, 6 de marzo de 2004

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