Norma Legal Oficial del día 27 de Marzo del año 2004 (27/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 27 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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400.00 y tarifa por uso de aeropuerto S/. 29.80, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s, d e b i e n d o r e n d i r c u e n t a documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, el ingeniero MORDAZA Layseca MORDAZA, debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 06208

- Embajador MORDAZA Belaunde Moreyra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de MORDAZA, quien la presidira; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Asuntos Consulares de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, funcionario de la Embajada del Peru en la Republica de Argentina; y, - Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seguin, Consul General del Peru en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de Argentina. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion del Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por concepto de pasajes US$ 536.18, viaticos US$ 400.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario diplomatico rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, el Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberalizacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 06209

Designan delegacion que participara en la XIII Reunion del Grupo de Asuntos Consulares y Juridicos del MERCOSUR, Bolivia, MORDAZA y Peru, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0221-2004-RE MORDAZA, 26 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que la XIII Reunion del Grupo de Asuntos Consulares y Juridicos del MERCOSUR, Bolivia, MORDAZA y Peru, se realizara en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, el 30 de marzo de 2004; Que mediante la Decision Nº 39/03 del Consejo MORDAZA Comun de MERCOSUR, se establecieron los mecanismos y modalidades de la participacion del Peru como Estado Asociado al MERCOSUR en las reuniones de la estructura institucional de dicho bloque, la misma que comprende diversos foros negociadores y grupos de trabajo; Que el proposito de la citada reunion es tratar la incorporacion del Peru al Mecanismo de Asistencia y Proteccion Consular, establecido mediante Decision Nº 35/ 00 del Consejo MORDAZA Comun, de 1 de agosto de 2000, con el objetivo de brindar asistencia y proteccion a los nacionales de alguno de los paises de MERCOSUR, Bolivia y MORDAZA en territorio de terceros Estados, donde no existiera representacion diplomatica o consular propia; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 1278 del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 23 de marzo de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en la XIII Reunion del Grupo de Asuntos Consulares y Juridicos del MERCOSUR, Bolivia, MORDAZA y Peru, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, el 30 de marzo de 2004, la que estara conformada por los siguientes funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores:

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el articulo 5º del D.S. Nº 0202003-MTC y prorrogan plazo para actualizacion de informacion obligatoria de las concesionarias en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros
DECRETO SUPREMO Nº 015-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2003-MTC, se dispuso la actualizacion de informacion obligatoria, extraordinaria y gratuita de las concesionarias que prestan el servicio de transporte terrestre nacional de personas, de ambitos interdepartamental e intradepartamental, en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, para lo cual deberan presentar a la autoridad competente la documentacion enumerada en el articulo 1º de la citada MORDAZA, de acuerdo al cronograma establecido para tal efecto; Que, el articulo 6º del citado Decreto Supremo establece que las Tarjetas de Circulacion Vehicular tendran validez hasta los treinta (30) dias calendario posteriores a la conclusion del cronograma MORDAZA citado; Que, posteriormente, a traves del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 054-2003-MTC, se prorrogo por cuarenta y cinco (45) dias calendario adicionales, el plazo de vigencia de las Tarjetas de Circulacion Vehicular a que se refiere el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 020-2003-MTC; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 020-2003MTC, establece que la actualizacion de informacion de concesionarias MORDAZA lugar a la emision, entre otros documentos, del Certificado de Habilitacion Vehicular por cada vehiculo habilitado respecto del cual se MORDAZA presentado la

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