Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2004 (28/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2004

4. Gestionar acciones conducentes al financiamiento internacional, donaciones e inversion privada. 5. Realizar campanas de educacion vial con relacion al transporte no motorizado. 6. Desarrollar dentro de sus areas tecnica y de educacion, programas de promocion del uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte. 7. Promover la participacion de la ciudadania y empresas privadas para alcanzar los objetivos propuestos. 8. Establecer los mecanismos necesarios para lograr la participacion privada, de modo que permita el acceso del mayor numero de personas al transporte no motorizado. 9. Las demas que se establezcan en las normas municipales. Articulo 3º.- Mediante el mejor uso de la red vial de transporte y de acuerdo a sus fines, el Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado promovera el diseno y puesta en practica de una Red de Ciclovias que brinden comodidad y seguridad vial al ciclista, asi como tambien que facilite su acceso hacia todas las areas de la provincia y desde esta a la MORDAZA, en coordinacion con los organismos y areas que corresponda. Articulo 4º.- Los locales destinados al estacionamiento de vehiculos, centros laborales y educativos tanto publicos como privados y centros comerciales, que cuenten con areas de estacionamiento deberan disponer de una MORDAZA especial para el parqueo exclusivo de bicicletas de por lo menos el 5% de su area total. La supervision del cumplimiento del presente articulo es de competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control, en el Cercado de MORDAZA y de las Municipalidades Distritales, en sus respectivas jurisdicciones. Articulo 5º.- El Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado, en coordinacion con PROTRANSPORTE, aprobara el diseno general de los estacionamientos para parqueo de bicicletas a instalarse, el cual tendra caracter de opcional. Articulo 6º.- La operacion de los medios de transporte no motorizado y su infraestructura seran regulados por el Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado, en coordinacion con la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Para este efecto, el Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado elaborara y dictara las disposiciones y procedimientos necesarios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Otorguese el plazo de 180 dias naturales para que los establecimientos a que hace referencia el articulo 4º de la presente Ordenanza y que vienen funcionando MORDAZA de la puesta en vigencia de la misma, se adecuen a lo establecido en la presente norma. Segunda.- Modificar el Inc. 8.6 num. a) del articulo 1º de la Ordenanza Nº 336, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.(...) 8.6 Playas de Estacionamiento. No disponer, alterar, eliminar o usar indebidamente la MORDAZA especial para el parqueo exclusivo de bicicletas (locales destinados al estacionamiento de vehiculos, centros laborales publicos y privados y centros comerciales)." (...) Tercera.- Modificar la Infraccion con codigo 08-0601 del Cuadro de Sanciones y Escala de Multas en el Ambito Metropolitano de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 337, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
CODIGO INFRACCION MORDAZA DE MEDIDA INFRAC- COMPLEMENCION TARIA

Cuarta.- Las Municipalidades distritales y demas organos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA deberan brindar el apoyo necesario al Proyecto Especial Metropolitano de Transporte No Motorizado, para el cumplimiento de sus objetivos. Quinta.- Deroguese la Ordenanza Nº 034. Sexta.- El MORDAZA Metropolitano de MORDAZA dictara las normas reglamentarias correspondientes. Septima.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA a los diez y ocho dias del mes de marzo de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 06137

Modifican Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Surquillo
ORDENANZA Nº 617 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2004, el Documento Simple Nº52949-03 presentado por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Director Nacional de Vivienda Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita el cambio de zonificacion de MORDAZA de Industria Liviana - I2 a MORDAZA de Reglamentacion Especial - ZRE, para el uso de vivienda del "Plan Nacional Vivienda para Todos", del terreno de 9,100.00 m2, ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 565, Urb. Danmert Muelle, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA planificar el desarrollo MORDAZA y rural de su circunscripcion, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Articulo 195º, inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº27680, de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV; Que, de acuerdo al Articulo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC de fecha 19 de marzo de 2002, publicada el 20 de marzo del mismo ano, se constituyo la Comision de Coordinacion para facilitar la construccion de viviendas, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, la Comision de Coordinacion Interinstitucional MML-MVCS indicada en el considerando anterior, en su sesion de fecha 5 de febrero de 2003 ha sido seleccionado para el desarrollo del programa de vivienda del "Plan Nacional de Vivienda Para Todos" al terreno denominado "Condominio La Floresta", ubicado en el distrito de Surquillo, el

(...) URBANISMO PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO (600) 08-0601 No disponer, alterar, eliminar o usar indebidamente la MORDAZA especial para el parqueo exclusivo de bicicletas (locales destinados al estacionamiento de vehiculos, centros laborales y educativos tanto publicos como privados y centros comerciales).

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