Norma Legal Oficial del día 03 de Mayo del año 2004 (03/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 3 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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En efecto, tal como lo senalo Ispat en su recurso de apelacion, la fecha a partir de la cual la autoridad antidumping en los Estados Unidos de MORDAZA concedio el trato de economia de MORDAZA a Kazajstan, primero de octubre de 2001, no significa necesariamente que la autoridad antidumping nacional lo deba hacer de la misma manera, a partir de esa fecha. Por las consideraciones expuestas, a los efectos del presente caso, se concluye que la economia de Kazajstan debe ser clasificada como economia de mercado. III.3.2.3 Calculo del valor normal En consecuencia, habiendose considerado a la economia de Kazajstan como de MORDAZA - para efectos de la presente investigacion - la determinacion del valor normal se efectuara en funcion de los precios de venta del producto investigado en el MORDAZA interno de Kazajstan, de acuerdo con los reportes de ventas presentados por Ispat para el periodo comprendido entre enero a diciembre de 2001.
Cuadro 3 Estimacion del valor normal Valor normal Precio de venta interna (-) Gasto por flete interno (+) Gasto por flete a puerto (+) Comision al Trader (1% del precio FOB) Valor normal (FOB)
Fuente: Ispat Karmet JCS.

III.4. La determinacion de la existencia de dano y relacion causal En lo concerniente a la determinacion de la existencia de dano a la MORDAZA de la industria nacional y de relacion de causalidad, tanto Siderperu como Ispat efectuaron una serie de cuestionamientos a las conclusiones de la Comision relacionados con las interpretaciones a la que esta arribo sobre la base de los indicadores de dano. En su recurso de apelacion, Ispat indico que la Comision no analizo el efecto de otros factores, diferentes del dumping, que produjeron el dano sufrido por la industria nacional. Entre los factores identificados por Ispat se encuentran los siguientes: - La imposibilidad de Siderperu de competir con la importacion a los niveles de MORDAZA marcados por el MORDAZA internacional. Los precios de las importaciones de Kazajstan reflejan las tendencias del precio internacional, tal como las importaciones de Venezuela, que ingresaron a precios mas bajos la mayor parte del periodo. - Las decisiones empresariales tomadas por Siderperu, tales como el incremento de precios y la realizacion de mayores inversiones en un contexto en el que el MORDAZA se contraia y los precios se reducian, ocasionaron el deterioro de la MORDAZA de la industria nacional. En atencion a estos argumentos, es necesario mostrar la evolucion de las ventas del producto denunciado en el MORDAZA nacional, las cuales, como se muestra en el siguiente cuadro, se incrementaron en el 2001, ano para el cual se encontro un margen de dumping de 39,28%. En otras palabras, la presencia del producto importado fue mas significativa.
Cuadro 5 MORDAZA Nacional de productos planos LAC (TM)
SIDERPERU Federacion Rusa Kazajstan Rumania Ucrania Venezuela Otros Importaciones MORDAZA Interno 1998 47 562 45 261 646 11 987 11 393 4 508 73 795 121 357 1999 36 262 9 310 6 032 2 269 16 376 3 655 37 643 73 905 2000 38 475 3 719 7 688 11 320 302 14 272 3 997 41 297 79 772 2001 20 511 4 519 20 624 15 865 155 20 248 7 252 68 662 89 173

US$ / TM 216,68 7,62 52 2,61 263,67

Con relacion a los ajustes efectuados al valor normal, en su recurso de apelacion, Ispat indico que la Comision omitio considerar ajustes que estaban debidamente sustentados, tales como el impuesto al valor agregado. Asimismo indico que el aislamiento geografico de Kazajstan, MORDAZA mediterraneo, genera una situacion especial de MORDAZA ya que Ispat tiene que pagar elevados fletes para exportar sus productos de Kazajstan. Al respecto debe indicarse que los precios de venta internos presentados por Ispat no indicaban la inclusion del impuesto al valor agregado. Asimismo, con relacion a los elevados costos por concepto de flete, en atencion a la mediterraneidad de Kazajstan, debe indicarse que dichos costos reflejan una situacion real en el MORDAZA y que esta afecta tanto a las ventas internas como a las de exportacion. Cabe indicar que los costos por concepto de flete fueron considerados en el calculo del valor normal, tal como se muestra en el cuadro anterior. En consecuencia, debe revocarse la resolucion apelada en el extremo en que estimo el valor normal en US$ 267,58 por TM, en lugar de US$ 263,67 por TM, valor que resulta de la estimacion del valor normal sobre la base de los precios de venta de Ispat en el MORDAZA interno de Kazajstan, en atencion a su calificacion como economia de mercado. III.3.3 Calculo del margen de dumping Sobre la base de la informacion consignada en los puntos anteriores, se ha determinado la existencia de dumping en las importaciones de productos planos LAC originarias de Kazajstan, tal como se aprecia en el siguiente cuadro.
Cuadro 4 Margen de dumping11 Producto Aceros LAC Valor Normal (US$/TM) 263,67 Precio FOB (US$/TM) 189,30 Margen de Dumping 39,28%

Fuente: SIDERPERU y ADUANAS Elaboracion: ST-CDS/INDECOPI

Por el contrario, se observa que las ventas de Siderperu durante el periodo investigado se redujeron paulatinamente, registrando su nivel mas bajo en el ano 2001, periodo en el que las importaciones denunciadas originarias de Kazajstan alcanzaron la mayor participacion de MORDAZA nacional. Asimismo, debe resaltarse que las importaciones originarias de Kazajstan tuvieron una participacion de MORDAZA reducida entre 1998 y 2000, capturando en este ultimo periodo el 9,64% del MORDAZA nacional. Sin embargo, en el ano 2001, estas importaciones que ingresaron a precios dumping incrementaron su participacion de MORDAZA en trece puntos porcentuales, llegando a representar el 23,13% del MORDAZA nacional.

Fuente: Ispat Karmet JCS. Elaboracion: ST-SDC/INDECOPI

Por tanto, debe modificarse la resolucion apelada en el extremo en que estimo el margen de dumping en 41,35%, debiendo este quedar fijado en 39,28% por las razones MORDAZA expuestas.

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El margen de dumping sera calculado teniendo en consideracion la siguiente formula: Margen de Dumping = (Valor normal - Precio de exportacion) / Precio de exportacion.

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