Norma Legal Oficial del día 07 de Mayo del año 2004 (07/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 268057

Fecha y hora: ................................................................................ Firmado en nombre de el buque:

la instalacion portuaria:

(Firma del oficial de proteccion de la instalacion portuaria)

(Firma del capitan o del oficial de proteccion del buque)

Nombre: Cargo:

Nombre y cargo de los firmantes Nombre: Cargo:

Datos de contacto (indiquese segun proceda) (indiquense los numeros de telefono o las frecuencias o los MORDAZA radioelectricos que se deben utilizar) Instalacion portuaria: Buque: Instalacion portuaria Capitan Oficial de proteccion de la instalacion Oficial de proteccion del buque portuaria Compania Oficial de la compania para proteccion maritima

08701

Aprueban transferencia de concesiones, asignaciones de espectro radioelectrico, autorizaciones y licencias a favor de DIVEO Telecomunicaciones del Peru S.R.L.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 061-2004-MTC/03
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2004 Vista, la solicitud de aprobacion de transferencia de concesiones otorgadas a la empresa AMERICATEL PERU S.A. mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 1622000-MTC/15.03 y 026-2001-MTC/15.03, asi como la transferencia de las asignaciones de espectro radioelectrico y demas derechos vinculados a aquellas concesiones, a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 162-2000MTC/15.03, del 27 de marzo de 2000, se otorgo concesion a ORBITEL PERU S.A., para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, por el plazo de 20 anos; suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 5 de MORDAZA de 2000; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 386-2000-MTC/ 15.03, del 10 de octubre de 2000, se otorgo a ORBITEL PERU S.A. permiso para la instalacion de la estacion terrena satelital Oropendola para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, concedidos mediante Resolucion Ministerial Nº 162-2000-MTC/15.03; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 459-2000-MTC/ 15.03, del 7 de diciembre de 2000, se otorgo a ORBITEL PERU S.A. licencia de operacion para una estacion terrena para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 026-2001MTC/15.03, del 15 de enero de 2001, se otorgo a la ORBITEL PERU S.A. concesion para la explotacion de los servicios publicos de telefonia fija local y portador local, por el plazo de 20 anos, en el area que comprende los departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; suscribiendose con fecha 16 de enero de 2001 el respectivo contrato de concesion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 018-2001-MTC/ 15.03, del 16 de enero de 2001, se asigno espectro radio-

electrico a ORBITEL PERU S.A., para la prestacion de los servicios de telefonia fija local y portador local, segun Anexo 1 de dicha resolucion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 984-2001-MTC/ 15.03, del 7 de noviembre de 2001, se aprobo el Perfil del Proyecto Tecnico de la empresa ORBITEL PERU S.A. para la prestacion de los servicios publicos de telefonia fija local y portador local, en las bandas aprobadas por Resolucion Viceministerial Nº 018-2001-MTC/15.03. Asimismo, se aprobaron las caracteristicas tecnicas especificas de operacion para la prestacion de los mencionados servicios publicos, las Metas de Uso de Espectro Radioelectrico y el Plan Minimo de Expansion; Que, mediante Escritura Publica de fecha 17 de setiembre de 2001, la empresa ORBITEL PERU S.A. modifico su denominacion social a AMERICATEL PERU S.A., modificacion que fue inscrita en Registros Publicos; Que, por Resolucion Ministerial Nº 224-2003-MTC/ 03, del 21 de marzo de 2003, se resuelve modificar el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 026-2001-MTC/03, a fin de armonizar la fecha de inicio de los plazos para la iniciacion de los servicios dados en concesion y del cumplimiento del Plan Minimo de Expansion; Que, el articulo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, concordante con el articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa y expresa del Ministerio, la cual sera formalizada mediante Resolucion Viceministerial; asimismo, se indica que la transferencia no podra ser denegada sin causa justificada; Que, la empresa AMERICATEL PERU S.A. solicita la transferencia de las referidas concesiones, las asignaciones de espectro radioelectrico, asi como de todas las autorizaciones, permisos, licencias y demas derechos relacionados a tales concesiones a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; Que, la empresa adquirente se ha comprometido a asumir los derechos y obligaciones derivados de las mencionadas concesiones, asi como ha cumplido con presentar la documentacion exigida por el contrato de concesion del servicio de telefonia fija local y portador local para proceder a la Cesion de Posicion Contractual; Que, de acuerdo a la documentacion obrante en los actuados, y a lo senalado por la adquirente DIVEO DE TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., esta en MORDAZA de transformacion societaria, a DIVEO DE TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.A., segun Testimonio de Transformacion social y Modificacion Total de Estatutos, el cual aun esta pendiente de inscripcion en Registros Publicos, habiendose cursado los Partes correspondientes para tal efecto; Que, mediante Informe Nº 125-2004-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que es procedente aprobar la transferencia de las concesiones y asignaciones de espectro radioelectrico otorgadas a la empresa AMERICATEL PERU S.A.; indicando que la empresa adquirente no se encuentra en ninguna de las causales de denegatoria a que se refiere el articulo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y ha cumplido con presentar los requisitos que para el efecto se establece en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde aprobar la transferencia de las concesiones otorgadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 162-2000-MTC/15.03 y 026-2001-MTC/ 15.03, asi como de las asignaciones de espectro radioelectrico, las autorizaciones, permisos, licencias y demas derechos relacionados a tales concesiones, a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones;

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