Norma Legal Oficial del día 07 de Mayo del año 2004 (07/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2004

8. Informar sobre el cumplimiento y compromisos adoptados con respecto a la implementacion de los Principios de Buen Gobierno Corporativo, a mas tardar el 31 de MORDAZA de cada ano; y, 9. Pagar una penalidad en caso se incumpla con presentar la informacion a que se refiere esta carta compromiso o la presente extemporaneamente. La referida penalidad sera determinada en cada caso por la Superintendencia, atendiendo la magnitud de la falta y el perjuicio que esta MORDAZA causado a las Carteras Administradas. Atentamente, Firma: Nombre: Cargo: Documento de Identidad:"

Aprueban Circular sobre modalidades de negociacion de los depositos a plazo y certificados de deposito a plazo con los recursos de las Carteras Administradas
CIRCULAR Nº AFP-43-2004
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2004 ----------------------------------------Ref.: Modalidades de negociacion de los Depositos a Plazo y Certificados de Deposito a Plazo con los recursos de las Carteras Administradas ----------------------------------------Senor Gerente General de AFP Presente.Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-EF y sus modificatorias; y con la finalidad de precisar lo dispuesto en la Decimo Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Resolucion Nº 052-98-EF/SAFP, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es aplicable a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante AFP. 2. Definiciones

ANEXO Nº XVII CARTA COMPROMISO DE ENTREGA DE INFORMACION DE LOS INSTRUMENTOS DE INVERSION REPRESENTATIVOS DE ACTIVOS TITULIZADOS O INSTRUMENTOS EMITIDOS POR FIDEICOMISOS
(Fecha) Senores: SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Presente.De mi consideracion: Por la presente, el que suscribe, en representacion de (nombre de la Sociedad Titulizadora, la Sociedad de Proposito Especial o el Fiduciario) que administra el patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso (nombre del patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso), se compromete con la Superintendencia a: 1. Proporcionar las copias de los estados financieros anuales auditados del patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso a mas tardar el 31 de MORDAZA del ano siguiente del ejercicio anual auditado; 2. Proporcionar, segun las coordinaciones a realizarse con la Superintendencia, MORDAZA de los estados financieros mensuales del patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso incluyendo el detalle de las inversiones, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su elaboracion; 3. Elaborar los estados financieros del patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso de acuerdo con los estandares contables que la Superintendencia oportunamente recomiende; 4. Informar sobre cualquier evento o hecho relevante que pueda afectar el valor del patrimonio de proposito exclusivo o fideicomiso, la marcha normal del negocio o el incumplimiento de la normativa vigente, que no se vea reflejado en la informacion remitida mensualmente, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del hecho o evento, o a requerimiento de la Superintendencia; 5. Permitir que la Superintendencia pueda verificar el cumplimiento del contrato de titulizacion o de fideicomiso y las disposiciones establecidas en la normativa del SPP que resultan aplicables a los instrumentos de inversion representativos de activos titulizados; 6. Proporcionar oportunamente a la Superintendencia la informacion adicional que esta solicite; 7. Informar sobre el cumplimiento y compromisos adoptados con respecto a la implementacion de los Principios de Buen Gobierno Corporativo, a mas tardar el 31 de MORDAZA de cada ano; y, 8. Pagar una penalidad en caso se incumpla con presentar la informacion a que se refiere esta carta compromiso o la presente extemporaneamente. La referida penalidad sera determinada en cada caso por la Superintendencia, atendiendo la magnitud de la falta y el perjuicio que esta MORDAZA causado a las Carteras Administradas. Atentamente, Firma: Nombre: Cargo: Documento de Identidad:" 08637

a) Empresas emisoras: Empresas del sistema financiero que de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia se encuentran facultadas a ofrecer certificados de deposito o depositos a plazo. b) CD en serie: Certificados de Deposito Negociables emitidos en serie a traves de ofertas publicas o privadas y que constituyen valores mobiliarios. c) CD individuales: Certificados de Deposito Negociables emitidos a requerimiento del publico en general y que constituyen titulos valores individuales. d) DPZ: Depositos a corto plazo emitidos a requerimiento del publico, que se constituyen en instrumentos de caracter no mobiliario que no pueden ser transferidos y negociados en el MORDAZA MORDAZA y cuyo plazo de vencimiento no debera ser mayor a 30 dias. e) Ley General: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. f) Ley del MORDAZA de Valores: Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF. g) Superintendencia: Superintendencia de Banca y Seguros. h) Titulo VI: Titulo VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por la Resolucion Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias 3. Inversion en DPZ y CD por parte de las Carteras Administradas por las AFP Las Carteras Administradas se encuentran autorizadas a invertir en los DPZ o CD individuales o en serie, dentro del MORDAZA de la normativa vigente para el Sistema Privado de Pensiones. A este efecto, los CD deberan tener plazos de vencimiento estandarizados en periodos previamente acordados entre las AFP y las empresas emisoras, siguiendo practicas internacionales que permitan mantener un MORDAZA primario y MORDAZA ordenado y liquido. 4. Negociacion Primaria de los DPZ y CD La inversion de las Carteras Administradas en DPZ y CD a traves del MORDAZA primario se realizara utilizando las siguientes modalidades:

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