Norma Legal Oficial del día 07 de Mayo del año 2004 (07/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2004

administrativas en los Institutos Superiores Tecnologicos publicos y privados. III. BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. - Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales. - Decreto Supremo Nº 005-94-ED, Reglamento General de Institutos y Escuelas Superiores Publicos y Privados. - Decreto Supremo Nº 014-2002-ED, Reglamento de Creacion, Autorizacion y Revalidacion de Funcionamiento de Instituciones de Educacion Superior No Universitaria de Formacion Tecnologica. - Decreto Supremo Nº 036-85-ED, Reglamento para el otorgamiento, expedicion e inscripcion de Titulos a los egresados de Institutos y Escuelas Superiores de la Republica. - Decreto Supremo Nº 039-85-ED, Reglamento Especial para los docentes de educacion superior. - Decreto Supremo Nº 057-87-ED, Reglamento para el desarrollo de actividades productivas en los Institutos Superiores Tecnologicos, y los Centros de Educacion Ocupacional. - Resolucion Ministerial Nº 709-2000-ED, Reglamento para la administracion de los ingresos recaudados directamente por los Institutos de Educacion Superior no Universitaria. - Resolucion Ministerial Nº 0853-2003-ED, Aprueba Disposiciones referentes a la aplicacion progresiva de la Ley General de Educacion y el Programa Nacional de Emergencia Educativa 2004. - Resolucion Viceministerial Nº 0085-2003-ED, Aprobar el Catalogo Nacional de Titulos y Certificaciones. - Resolucion Viceministerial Nº 131-2003-ED, Aprueba la nueva conformacion del Comite Consultivo Nacional de Educacion Profesional Tecnica. - Resolucion Directoral Nº 044-2004-ED, Aprobar los componentes denominados Referencia del Sistema Productivo y Modulos Educativos Asociados de los Titulos Profesionales del Catalogo Nacional de Titulos y Certificaciones. IV. ALCANCES Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica. Direcciones Regionales de Educacion. Institutos Superiores Tecnologicos publicos y privados. V. EDUCACION SUPERIOR - Es la MORDAZA etapa del Sistema Educativo que consolida la formacion integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigacion e innovacion y forma profesionales en el mas alto nivel de especializacion y perfeccionamiento en todos los MORDAZA del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnologia a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del pais. - Para acceder a la Educacion Superior se requiere haber concluido los estudios correspondientes a la Educacion Secundaria. - Los docentes que ensenen en los Institutos Superiores Tecnologicos deben poseer Titulo a nombre de la Nacion, afin a la especialidad en que se desempenan. VI. ASPECTOS ACADEMICOS - Las acciones referentes a: MORDAZA de admision, matricula, traslado, evaluacion, practicas profesionales y titulacion se regiran por su normas especificas, las que estan en plena vigencia. - El MORDAZA de admision en los Institutos Superiores Tecnologicos publicos se realiza solo una vez al ano; en los privados, hasta dos veces al ano. - En ningun caso un Instituto Superior Tecnologico publico o privado, puede superar la meta de matricula anual que se le ha aprobado en cada carrera. - La matricula en los Institutos Superiores Tecnologicos publicos y privados es unica y se ratifica cada semestre.

- En los Institutos Superiores Tecnologicos publicos, la matricula se puede reservar hasta un MORDAZA de dos semestres. Al aprobarse la nomina de matricula, no se incluiran nuevos alumnos, excepto cuando hay traslados. 6.1 ACCIONES PREVIAS AL INICIO DEL SEMESTRE ACADEMICO MORDAZA del inicio de las actividades academicas el director, subdirector, jefes de departamentos, equipo de docentes por carreras profesionales realizaran las siguientes acciones: - Programar, organizar y ejecutar actividades de capacitacion para el personal docente y administrativo. - Programar y elaborar el cuadro de horas para su aprobacion por las Direcciones Regionales de Educacion correspondientes. - Actualizar los contenidos curriculares de las diversas asignaturas de las carreras profesionales que oferta la institucion. 6.2 LA CALENDARIZACION DEL SEMESTRE ACADEMICO - El inicio y finalizacion de las labores academicas de los Institutos Superiores Tecnologicos publicos y privados es flexible, teniendo en cuenta las diversas realidades del ambito nacional. En un ano lectivo solo se pueden realizar 2 semestres academicos. - El semestre academico tiene una duracion de 19 semanas, distribuidas en 17 semanas de ejecucion curricular y 2 semanas de recuperacion, matricula y evaluacion. Cada semestre comprende como minimo 510 horas pedagogicas y cada semana 30 horas como minimo, solo se autoriza el funcionamiento de dos turnos diurno y nocturno. 6.3 CURRICULO - La Estructura Curricular Basica vigente comprende: Formacion General y Formacion Tecnologica. - La Formacion General se desarrollara de conformidad a la Estructura Curricular Basica vigente. - La Formacion Tecnologica tendra como referente el Catalogo Nacional de Titulos y Certificaciones para el diseno y elaboracion de los programas curriculares, de conformidad con la Resolucion Viceministerial Nº 0085-2003ED, el cual esta organizado en 20 Familias Profesionales y 120 Titulos Profesionales. - Se aplicara gradualmente en la Programacion Curricular de Formacion Tecnologica de las carreras profesionales, los siguientes componentes: Referencia del Sistema Productivo y Modulos Educativos Asociados del Catalogo Nacional de Titulos y Certificaciones, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 044-2004ED. - Las carreras profesionales aprobadas, que no se encuentren incluidas en la Resolucion Viceministerial Nº 00852003-ED, continuaran vigentes. - Los Institutos Superiores Tecnologicos podran tener horas de libre disponibilidad que no superen el MORDAZA curricular con la finalidad de incorporar nuevas asignaturas, actividades o talleres que se consideren necesarias. Esto no significa la supresion, modificacion o reemplazo de asignaturas no autorizadas en la Estructura Curricular Basica y Especifica de cada MORDAZA profesional. VII. DOCUMENTOS DE GESTION INSTITUCIONAL Las acciones referentes a: jornada laboral del personal directivo, jerarquico y docente; vacaciones, capacitacion, apertura de nuevas carreras, evaluacion de infraestructura del local institucional, Comite Consultivo se regiran por su normas especificas, las que estan en plena vigencia. Los Institutos Superiores Tecnologicos publicos y privados deberan contar con los siguientes documentos de gestion: - Proyecto Educativo Institucional (PEI). - Proyecto Curricular de Centro (PCC). - Plan Anual de Trabajo (PAT). - Reglamento Interno (RI). - Manual de Organizacion y Funciones (MOF).

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