Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2004 (26/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2004

SBS
Autorizan inscripcion de persona juridica en el libro de corredores de seguros correspondiente al Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 676-2004 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa FAZ ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluacion Interna de Expedientes Nº 005-2004RIAS celebrada el 1 de MORDAZA de 2004, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros a la empresa FAZ ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matricula Nº J-0652, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Nº de Registro N-3631. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 09932

Visto el Oficio Nº 353-2004-OCL-ABAST de fecha 12 de MORDAZA de 2004 del Jefe (e) de la Oficina Central de Logistica, por el que se solicita la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para contratar el servicio de publicidad en medio escrito, de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que el Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas, mediante carta de fecha 26 de MORDAZA del 2004, dirigida a la Oficina Central de Logistica, solicita la exoneracion al MORDAZA de seleccion para contratar el servicio de publicidad del Diario El Comercio, para la difusion de los avisos de Postgrado, MORDAZA, Titulos y Cursos Libres, por todo un ano, y por un monto aproximado de S/. 204,840.00 (Doscientos Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 nuevos soles); Que mediante Informe Tecnico Nº 001-2004-OCL-ABAST de fecha 5 de MORDAZA del 2004, la Jefa de la Unidad de Abastecimiento, estando al pedido del Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas, sustenta las razones de orden tecnico-economico que justifican hacer uso de la exoneracion dispuesta en el articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, senalando que la publicacion en el medio de comunicacion El Comercio es el mas conveniente, por que es el diario de mayor tiraje y mayor lectoria (Fuente CPI - estudio de lectoria de diarios de MORDAZA Metropolitana), teniendo el costo por mil mas bajo, es decir que el costo para llegar a mayor lectoria es mas bajo, ademas de otorgar descuentos especiales por firma de contrato anual; Que, mediante Informe Legal Nº 103-OCAL, la Oficina Central de Asesoria Legal, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en los articulos 20º y 113º - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectivamente; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, a los procesos de seleccion para la concentracion de servicios personalisimos, procediendo su contratacion conforme lo dispuesto por el articulo 20º de dicho texto, concordante con el articulo 113º de su Reglamento, mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse tales exoneraciones a traves de resolucion del Titular del Pliego; Que, el articulo 111º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por Decretos Supremos Nº 0712001-PCM, Nº 128-2001-PCM, Nº 125-2002-PCM y Nº 041-2003-PCM, establece que de conformidad con el inciso h) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados del MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, los articulos 105º y 116º del referido Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen los procedimientos a que deben cenirse las contrataciones de menor cuantia, con la indicacion de que la autoridad competente que aprueba la exoneracion, debera indicar el organo o dependencia que se encargara de llevar a cabo la adquisicion requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, y el articulo 33º, Inc. b), de la Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el articulo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios personalisi-

UNIVERSIDADES
Autorizan contratar empresa para la difusion de avisos de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas de la Universidad Nacional de Ingenieria, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 0395

MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2004

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