Norma Legal Oficial del día 30 de Mayo del año 2004 (30/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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para estacionamiento de sabado a MORDAZA, los mismos que estan a disposicion de los usuarios en el horario de 06.00 a 18.00 horas, por el periodo indicado anteriormente. Que, teniendo en cuenta estas consideraciones, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad Distrital en la prestacion efectiva del servicio se ha efectuado la estimacion de los ingresos por tasa de estacionamiento vehicular. Asi, del uso efectivo de los 21,806 espacios habilitados para el periodo, distribuidos entre los tres tipos de vehiculos (Automoviles/Camionetas, Microbuses y Buses), ademas teniendo en cuenta que el tiempo de estadia promedio de un vehiculo es mas de 4 horas (por lo que se tomo el monto por dia) y multiplicados por sus tasas correspondientes (S/. 12.00, S/. 24.00 y S/. 40.00= dan como resultado S/. 273,015.13 de ingresos, que financian el 95.95% de los costos, siendo la diferencia restante (S/. 128.87) asumida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se aprecia en el Anexo 2, del informe del SAT. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 60-2004-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 47 que establece el monto de la tasa de estacionamiento vehicular, asi como el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 48, que determina las zonas de estacionamiento, la misma que modifico el articulo 5º de la Ordenanza Nº 16, emitidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- Precisar, en cuanto a la Tasa de Estacionamiento Vehicular a que se refiere la Ordenanza Nº 47, correspondiente a las Playas (de estacionamiento) 1 a la 8 senaladas en el Art. 1º de la Ordenanza 48º , que solo podra extenderse al ejercicio 2004, debiendo la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA establecer y ratificarla anualmente. Articulo Tercero.- La presente ratificacion tiene vigencia en tanto la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA no apruebe la MORDAZA que establezca los parametros y criterios para cobrar las tasas de Estacionamiento Vehicular en la Metropoli, la misma que se emitira en el termino de 60 dias habiles. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 10249

Que, asimismo entre el 5 y 8 de junio del presente, se desarrollaran reuniones de trabajo en Xativa, MORDAZA Espana, con el FONS MORDAZA PER SOLIDARITAT; evento en el cual el senor MORDAZA expondra temas referentes a la problematica de nuestro distrito, propiciando de esta manera, el apoyo internacional hacia nuestra comuna, fundamentalmente en el aspecto educativo; Que, finalmente los dias 9 y 10 de junio del presente, el senor MORDAZA tendra una reunion en el Ayuntamiento de Trapaga - Espana, con la finalidad de ultimar detalles acerca de importantes Hermanamientos a suscribirse posteriormente, los mismos que seran de gran beneficio para los vecinos de Ate; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majino teniendo en consideracion la austeridad economica de la Municipalidad de Ate ha solicitado cubrir los gastos que por concepto de pasajes, viaticos y estadia, demande el presente viaje a Europa; Que, segun el articulo 9º, inciso 11), de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es atribucion del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA, que en comision de servicios o representacion de la Municipalidad realice el MORDAZA, los Regidores, el Gerente General Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de la facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo 1º.- AUTORIZAR, al Sr. MORDAZA MORDAZA Majino, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, para viajar a la MORDAZA de Lisboa - MORDAZA y MORDAZA y Trapaga - Espana; entre el 1 y 11 de junio del presente ano; en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldia al senor regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto dure la ausencia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majino, conforme al articulo 24º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo 3º.- PRECISAR, que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Majino, teniendo en cuenta la austeridad municipal, cubrira personalmente el integro de los gastos que por pasajes, viaticos y estadia, demande el presente viaje. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a la Gerencia de Administracion, Subgerencia de Tesoreria y las demas areas pertinentes de esta Corporacion MORDAZA, para su cumplimiento. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 10265

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan viaje del MORDAZA a MORDAZA y Espana, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 089
Ate, 25 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Secretario de Cooperacion y Relaciones Internacionales, en seguimiento del "Acta de Intencion" suscrito en La Habana - MORDAZA y de los Convenios de Hermanamiento y Cooperacion que tiene la Municipalidad de Ate, con varias ciudades de Espana, al respecto indica que entre los dias 2 y 4 de junio del presente ano, se realizara la suscripcion de un Convenio de Hermanamiento con la Camara Municipal de MORDAZA - Portugal. Este hermanamiento a suscribirse resulta de MORDAZA importancia por cuanto ello permitira el intercambio cultural, que beneficiara a los jovenes de nuestro distrito;

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Disponen realizacion del "Segundo Matrimonio Comunitario de 2004"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-DA/MDB
Brena, 13 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades en su inciso 14), establece que los Concejos ejercen la atribucion de aprobar las formas de participacion vecinal con sujecion a la presente ley; Que, es funcion especifica de los gobiernos locales en materia de poblacion y participacion vecinal fomentar su

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