Norma Legal Oficial del día 05 de Noviembre del año 2004 (05/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

nacho; y, a fojas 171 corre una carta de la precitada arquitecta solicitando al Director Municipal la compra de pasajes para su traslado a MORDAZA conjuntamente con MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penacho; documentos que obran en MORDAZA certificada notarial; Que, en sesion extraordinaria del 12 de agosto de 2004, el Consejo declaro por unanimidad la vacancia del cargo del MORDAZA por la causal invocada; el mismo que fue apelado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 7 de setiembre de 2004; Que, el 7 de octubre de 2004, el Pleno de este Supremo Tribunal Electoral acordo oficiar al Colegio de Arquitectos del Peru para que informe si las arquitectas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Penacho han registrado la Sociedad L e C Arquitectas Asociadas, asi como a la Empresa de Transporte Movil Tours S. A., a fin que certifique la emision de los referidos boletos de viaje; ante lo cual, el citado Colegiado informa que no registra Sociedades de Arquitectos ni logotipos de empresas o asociaciones, lo que no enerva la instrumental de fojas 174; y, la mencionada empresa de Transportes adjunta MORDAZA de los referidos boletos de viaje emitidos a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Penacho, conforme obra a fojas 325; lo que corrobora la participacion de la citada arquitecta MORDAZA MORDAZA Penacho; con lo que se demuestra que el MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha actuado por interposita persona, habiendo incurrido en la causal de vacancia invocada; Que, conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA y para completar el numero legal de miembros del Concejo Municipal, se debe convocar al suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo las suplencias a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, primer regidor habil integrante de la Organizacion Politica Nacional "Partido Aprista Peruano" y, al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Organizacion Politica Nacional "Partido Aprista Peruano" para completar el numero legal de miembros del Concejo Provincial de Huaylas, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yungay; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Concejo adoptado el 12 de agosto de 2004, en la sesion extraordinaria de la Municipalidad Provincial de Huaylas, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo. Articulo Segundo.- Convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, primer regidor habil integrante de la Organizacion Politica Nacional "Partido Aprista Peruano" y, al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Organizacion Politica Nacional "Partido Aprista Peruano", para que asuman los cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Provincial de Huaylas, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendoseles otorgar las respectivas credenciales, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 19841

Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de Consejera del Gobierno Regional de MORDAZA
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 285-2004-JNE MORDAZA, 27 de octubre 2004 VISTA, la apelacion presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo que declara su vacancia en el cargo de Consejero del Consejo Regional de MORDAZA por la causal contenida en el inciso 3) del articulo 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, referida a haber recibido condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad; CONSIDERANDO: Que, en sesion ordinaria de 18 de setiembre del 2004, cuya MORDAZA de acta corre de fojas 90 a 96, el Consejo Regional de MORDAZA declaro la vacancia del cargo del apelante por numero superior a la mayoria legal de sus miembros, expidiendose el Acuerdo de Consejo Regional Nº 09-04-GRA/PRES; la respectiva notificacion fue cursada el 7 de octubre del 2004 y corre a fojas 104; Que de fojas 9 a 14 obran copias legalizadas de la sentencia de fecha 28 de enero del 2003 expedida por el Juzgado Mixto de MORDAZA Fajardo-Ayacucho que como autor del delito contra la administracion publica en la modalidad de intimidacion o violencia contra la autoridad en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Estado, condena al apelante a tres anos de pena privativa de la MORDAZA, suspendida por el lapso de su condena y sujeto a reglas de conducta, el pago de una reparacion civil a favor de los agraviados, le impone treinta dias multa y la pena accesoria de inhabilitacion para ejercer cualquier cargo publico por el lapso de un ano; fallo que fuera confirmado en todos sus extremos, excepto en el monto de la multa impuesta, el 16 de MORDAZA del 2003 por la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Ayacucho; Que el cargo de Consejero Regional se declara vacante por tener condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, conforme lo dispone el inciso 3) del articulo 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, causal en la que se halla incurso don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bautista; Que con fecha 12 de octubre del 2004, este organo electoral emitio la Resolucion Nº 217-2004-JNE mediante la que se pone en conocimiento de la Fiscalia de la Nacion, el incumplimiento del Consejo Regional de MORDAZA de pronunciarse sobre la vacancia solicitada; realizandose este acto sin haber recibido comunicacion acerca de la declaracion de vacancia realizada por el Consejo Regional de MORDAZA con fecha, 18 de setiembre del 2004; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bautista; en consecuencia, confirmar el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Consejero del Gobierno Regional de MORDAZA, tomado en la sesion ordinaria de 18 de setiembre del 2004 y el Acuerdo del Consejo Regional Nº 09-04-GRA/PRES. Articulo Segundo.- Convocar a la ciudadana, Ayde MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la organizacion politica "Partido Peru Posible" para que asuma el cargo de Consejera del Gobierno Regional de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno regio-

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