Norma Legal Oficial del día 08 de Noviembre del año 2004 (08/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de noviembre de 2004

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; y tiene competencia para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de este Sector; Que, en el MORDAZA de la reunion del Comite Permanente del Consejo de Cooperacion Economica del MORDAZA (PECC), se realizara la III Mesa Redonda sobre Transporte Aereo y Turismo en la Region MORDAZA MORDAZA, en la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, del 10 al 13 de noviembre de 2004; Que, en dicho evento se abordaran temas relacionados a las politicas generales de aviacion y los esfuerzos regionales en materia de seguridad; las conclusiones que se recojan seran de interes para la proxima "VI Reunion del Comite Tecnico Binacional de Facilitacion del Turismo Peru - Ecuador", a realizarse en la MORDAZA de Tumbes, los dias 18 y 19 de noviembre del presente ano; Que, los asuntos que se trataran en dicho evento resultan de interes para el logro de los objetivos del Sector, por tal razon, se considera conveniente la participacion de un Asesor del Viceministerio de Turismo como representante del MINCETUR, acogiendo la propuesta formulada por el Viceministro de Turismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, Ley Nº 27790, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora abogada MORDAZA Eslava Barbieri, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la III Mesa Redonda sobre Transporte Aereo y Turismo en la Region MORDAZA MORDAZA a realizarse del 9 al 12 de noviembre de 2004. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos - Tarifa Corpac US$ US$ US$ 523,00 800,00 28,24

co MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 05273950, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de Maynas de la Prefectura de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 041-2003-IN-1506 de 3 de marzo de 2003, la Directora (e) de la Oficina de Administracion de la Direccion General de Gobierno Interior hace de conocimiento del Director General de la Oficina General de Administracion que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Informe s/n de 27 de diciembre de 2002 asume plenamente la responsabilidad de haberse apropiado de Dos Mil Dieciocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 018,00) destinados por el Ministerio del Interior para el pago de gastos operativos de la Subprefectura de Maynas; Que, mediante Oficio Nº 4198-2004-IN-0903 de 16 de diciembre de 2003, la Oficina de Personal remitio en diecinueve (19) folios el expediente a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) y mediante Oficio Nº 050-2004IN-0501 de 9 de enero de 2004 la Oficina General de Administracion remitio en siete (7) folios un expediente complementario en el que se incluyo el Oficio Nº 4875-2003-IN-1201 de 18 de diciembre de 2003 suscrito por la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; Que, el articulo 173º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM de 15 de enero de 1990 establece: "El MORDAZA administrativo disciplinario debera iniciarse en el plazo no mayor de un ano (1) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comision de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autoridad. En caso contrario se declarara prescrita la accion sin perjuicio del MORDAZA civil o penal a que hubiere lugar"; Que, el articulo 25º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y el articulo 153º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa MORDAZA mencionado establecen que los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) en el MORDAZA de lo establecido en los dispositivos legales MORDAZA invocados ha recomendado por unanimidad se declare prescrita la accion administrativa incoada contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, asimismo, ha recomendado se remitan los actuados al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en el MORDAZA de su competencia inicie las acciones legales pertinentes contra el mencionado servidor porque habria incurrido en delito tipificado en el articulo 387º del Codigo Penal; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y los articulos 153º y 173º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar prescrita la accion administrativa incoada contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 05273950, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de Maynas de la Prefectura de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir todos los actuados al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en el MORDAZA de su competencia inicie las acciones legales pertinentes ante los organos jurisdiccionales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 20036

Articulo 3º.- La profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno, debera presentar al Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistira, asi como la respectiva rendicion de cuentas, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20105

INTERIOR
Declaran prescrita accion administrativa incoada contra servidor de la Subprefectura de Maynas de la Prefectura de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2314-2004-IN-1300
MORDAZA, 2 de noviembre del 2004 VISTO: El Acta Nº 066-2004-IN-1300 de 30 de setiembre de 2004 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) designada por Resolucion Ministerial Nº 15172004-IN de 6 de agosto de 2004 relacionada con la calificacion de la denuncia formulada contra el servidor Francis-

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