Norma Legal Oficial del día 08 de Noviembre del año 2004 (08/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de noviembre de 2004

Visto el OFICIO Nº 2869-08-2004/DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 124-2004-MINSA, se aprobo la NT Nº 004-MINSA/DGSP-V.01: "Norma Tecnica para el Tratamiento Antirretroviral de Gran Actividad -TARGA- en Adultos Infectados por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana", la cual tiene como objetivos, difundir el conocimiento cientifico actualizado para el manejo medico y la atencion de las personas adultas viviendo con el VIH/SIDA, disminuir la morbilidad y la mortalidad de estas personas, entre otros; Que a efecto de garantizar el logro de dichos objetivos y el cumplimiento de los procesos de prevencion, diagnostico, y manejo de casos de adultos infectados con el Virus de la Inmunodeficiencia Humana, se ha elaborado la "NORMA TECNICA DE MANEJO DE ANTIRRETROVIRALES Y REACCIONES ADVERSAS PARA EL MEDICO DE ATENCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS VIVIENDO CON EL VIH/SIDA", que establece las pautas para la utilizacion de los medicamentos antirretrovirales en la atencion de las personas infectadas con el VIH/SIDA y que acuden a los servicios de salud para su tratamiento; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la NT Nº 023-2004-MINSA/DGSPV.01: "NORMA TECNICA DE MANEJO DE ANTIRRETROVIRALES Y REACCIONES ADVERSAS PARA EL MEDICO DE ATENCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS VIVIENDO CON EL VIH/SIDA", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional Prevencion y Control de Infecciones de Transmision Sexual y VIHSIDA, se encargara de la difusion, implementacion, monitoreo y supervision del cumplimiento de la mencionada MORDAZA Tecnica. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud, a nivel nacional, son responsables del cumplimiento de la citada MORDAZA Tecnica en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargara de la publicacion de la referida MORDAZA Tecnica en la pagina web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 20020

Que el articulo 9º del mismo cuerpo legal, establece que el Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional debe aprobarse por Resolucion Ministerial de Salud; Estando a las visaciones de la Oficina General de Defensa Nacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito". Articulo 2º.- Disponer que las dependencias del Ministerio de Salud, incorporen en sus planes las actividades previstas para la implementacion y ejecucion del Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 20021

Conforman Comision encargada de coordinar la implementacion de recomendaciones formuladas por la Comision Interamericana de Derechos Humanos en materia de salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1054-2004/MINSA
MORDAZA, 3 de noviembre del 2004 Visto el INFORME Nº 048-2004-REC/MINSA, del Despacho Viceministerial de Salud; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el articulo 55º de la Constitucion Politica del Peru, los tratados celebrados por el Estado y en MORDAZA forman parte del derecho nacional; Que la Convencion Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San MORDAZA de Costa Rica", suscrita por el Peru, en su articulo 26º establece que los Estados partes se comprometen a adoptar providencias, especialmente economica y tecnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas economicas, sociales y sobre educacion, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organizacion de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles; Que el articulo 41º de la citada Convencion, senala como una de las funciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos, la de formular recomendaciones a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas a favor de los derechos humanos dentro del MORDAZA de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a estos derechos; Que dentro de este contexto y, a efecto de dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas por la Comision Interamericana de Derechos Humanos en materia de salud, es necesario conformar una Comision, encargada de coordinar la implementacion de dichas recomendaciones; Estando a la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar la Comision encargada de coordinar la implementacion de las recomendaciones formuladas por la Comision Interamericana de Derechos Humanos en materia de salud, la misma que estara integrada por los siguientes funcionarios:

Aprueban el "Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1053-2004/MINSA
MORDAZA, 3 de noviembre del 2004 Visto el Oficio Nº 1089-2004-DG-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 771-2004/MINSA, se designa a la Oficina General de Defensa Nacional como organo responsable de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito; Que en cumplimiento de lo dispuesto en la referida resolucion, el Comite Tecnico Permanente y el Comite Consultivo se constituyeron y elaboraron el Plan General de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito;

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