Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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el Estado con el personal policial fallecido, asi como por los conceptos de cambio de residencia, cambio de colocacion, comision de servicio y comision de servicio DIROES, pendientes de pago desde el Ejercicio Fiscal 1998; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 122-2001 de fecha 27 de octubre del 2001, se creo el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI); Que, por Decreto de Urgencia Nº 139-2001 de fecha 24 de diciembre de 2001, se incorporo al Art. 10º del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, el inciso j), por el cual se establecio que los recursos del FEDADOI seran destinados tambien a la evolucion de la deuda contraida por el Estado peruano con los miembros de la institucion policial; Que, el Art. 17º del Reglamento del FEDADOI aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2002-JUS de fecha 8 de enero de 2002, dispone que para establecer el alcance de los eventuales pagos a que se refiere el Art. 10º del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, los Ministerios del Interior y Defensa deben presentar al FEDADOI los correspondientes requerimientos debidamente desagregados y aprobados mediante Resolucion Ministerial; Que, conforme a los objetivos del FEDADOI es pertinente que se considere el pago de la deuda contraida por el Estado peruano con los miembros de la institucion policial fallecidos; Que, es necesario aprobar mediante Resolucion Ministerial, el requerimiento desagregado de deuda contraida con los miembros de la institucion policial con cargo al FEDADOI; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el requerimiento efectuado para el pago de la deuda contraida por el Estado con personal de la PNP, cuyo gasto sera cubierto con el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI hasta por el monto de S/. 7'361,710.62 (SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTIUN MIL SETECIENTOS DIEZ CON 62/100 NUEVOS SOLES), desagregado de la siguiente forma:
Cambio de Colocacion - Periodo 1998 Cambio de Residencia - Periodo 1999 Cambio de Colocacion - Periodo 1999 Cambio de Colocacion Comision de Servicio Mision Diplomatica - Periodo 1999 Cambio de Residencia - Periodo 2000 Cambio de Colocacion - Periodo 2000 Comision de Servicio - Periodo 2000 Comision de Servicio DIROES-PNP-Periodo 2000 Cambio de Colocacion Comision de Servicio Mision Diplomatica - Periodo 2000 TOTAL S/. 20,930.17 S/. 1'020,114.14 S/. 729,737.00 S/. 29,060.36 S/. 3'333,304.29 S/. 1'020,966.68 S/. 405,663.38 S/. 198,433.75 540,500.85 --------------------S/. 7'361,710,62 S/.

Ministerio del Interior, a traves de la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC)... DEBE DECIR: CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27939 dispone que el Poder Judicial, en coordinacion con el Ministerio del Interior, disenaran planes pilotos para ubicar Jueces de Paz Letrados en las Comisarias, a efectos de aplicar eficazmente los procedimientos para el juzgamiento de las faltas contenidos en la precitada Ley; Que, el Ministerio del Interior, a traves de la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC)... 20588

RELACIONES EXTERIORES
Crean Oficina Descentralizada del ministerio con sede en la MORDAZA de Tumbes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0902-2004-RE
MORDAZA, 2 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2002-RE se crean las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores con el fin de impulsar la ejecucion de la estrategia de desarrollo fronterizo del MORDAZA, la insercion de las capacidades locales en la economia regional y mundial y el aprovechamiento eficiente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integracion y cooperacion en los que participa el Peru, apoyando el MORDAZA de descentralizacion del pais; Que con el fin de apoyar en la promocion de las acciones orientadas a consolidar la MORDAZA de Integracion Fronteriza (ZIF) del Peru y Ecuador, en el MORDAZA de la asociacion preferencial con los paises vecinos, asi como contribuir a la informacion, propuestas y proyectos de los actores regionales y su rol dentro del MORDAZA de formacion de la ZIF; Que, a fin de apoyar y difundir las actividades, proyectos y programas que realiza el Capitulo -Peru del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza Peru -Ecuador e identificar nuevas posibilidades de cooperacion de acuerdo con las necesidades y capacidades de la poblacion fronteriza en las areas circunscritas al Plan Binacional; Que debiendo contribuir con la promocion del desarrollo de la Junta de Coordinacion Interregional del Norte y Oriente del Peru; Que, en ese sentido, es necesario reforzar la labor del Ministerio de Relaciones Exteriores en el norte del MORDAZA mediante la creacion de una Oficina Descentralizada en la MORDAZA de Tumbes; Que los literales j) y 1) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecen como una de sus funciones la coordinacion con los gobiernos locales y regionales en todos los asuntos relacionados con sus vinculaciones externas y en lo correspondiente a las cuestiones que atanen a las zonas fronterizas del pais; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y a lo dispuesto en el articulo 30 del Decreto Supremo Nº 020-2002-RE; Con la opinion favorable de la Secretaria de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crease la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la MORDAZA de Tumbes.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 20487

FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2364-2004-IN
Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 23642004-IN, publicada en la edicion del 12 de noviembre de 2004. DICE: CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27939 dispone que el Poder Judicial, en coordinacion con el Ministerio del Interior, disenaran planes pilotos para ubicar Jueces de Paz Letrados en las Comisarias, a efectos de aplicar eficazmente los procedimientos para el juzgamiento de las faltas contenidos en la precitada Ley; Que, el

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