Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004
"3.3

NORMAS LEGALES

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El control, supervision y fiscalizacion de la Cooperacion Internacional no reembolsable y la correcta utilizacion de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el MORDAZA, esta a cargo del Director Ejecutivo de la APCI, quien podra delegar esta atribucion en el organo administrativo competente, y se realiza de acuerdo a las disposiciones legales y convencionales que regulan la cooperacion internacional y sobre la base de la informacion a que se refieren el articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 719 y los articulos 74º y 75º de su Reglamento."

Autorizan participacion de congresista en reuniones de la Comision de Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia y Comunicacion del Parlamento MORDAZA
RESOLUCION Nº 029-2004-2005-P/CR
MORDAZA, 12 de noviembre de 2004 Vista la comunicacion PA-640 del 27 de octubre de 2004, suscrita por el senor MORDAZA MORDAZA Nunez, Secretario General del Parlamento MORDAZA, por la que, a solicitud del Honorable Diputado MORDAZA Ribera MORDAZA, Presidente de la Comision II: De Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia y Comunicacion del Parlamento MORDAZA, hace de conocimiento de la senora Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Vicepresidenta de la citada comision, que se le convoca a las reuniones que tendran lugar los dias 11 y 12 de noviembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, departamento de Beni, Republica de Bolivia; Que, entre los temas que seran tratados por la Comision II se encuentran los informes del proyecto de la "Constitucion Comun", del proyecto "La MORDAZA que queremos", de los avances de las gestiones de las Universidades Andinas de Colombia, Peru y Venezuela, asi como la aprobacion de los temas que la Comision presentaria a consideracion del XXV Periodo Ordinario de Sesiones que se realizara en Guayaquil, Ecuador; De conformidad con los articulos 23º incisos g) y h), 30º inciso i), 32º inciso d) y 33º del Reglamento del Congreso de la Republica; y los Acuerdos numeros 070-95/MESACR, 002-98-99/MESA-CR y 341-2001-2002/MESA-CR; y, Con cargo de dar cuenta a la Mesa Directiva; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la senora Congresista de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidenta de la Comision II: De Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia y Comunicacion del Parlamento MORDAZA, para participar en las reuniones que dicha comision llevara a cabo los dias 11 y 12 de noviembre de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, departamento de Beni, Republica de Bolivia. Segundo.- Autorizar a la Oficialia Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la Republica, otorgue a la senora Congresista de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de US$ 400,00 (Cuatrocientos y 00/ 100 Dolares Americanos) por concepto de viaticos, un pasaje aereo por la suma de US$ 469,82 (Cuatrocientos sesenta y nueve y 82/100 Dolares Americanos), y US$ 28,24 (Veintiocho y 24/100 Dolares Americanos) por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Tercero.- Otorgar la licencia respectiva a la Congresista citada en el articulo primero, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica 20520

Articulo 3º.- MORDAZA de los resultados de la supervision Modificase el inciso e) del articulo 10º de la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, el mismo que, en lo sucesivo, tendra el siguiente texto: "e) Presentar al Consejo Directivo el presupuesto institucional, el balance general y los estados financieros, asi como el resultado del control, supervision y fiscalizacion de la cooperacion internacional no reembolsable a que se refiere el numeral 3.3 del articulo 3º de la presente Ley, documento este ultimo que, una vez aprobado por el Consejo Directivo, sera remitido a la Contraloria General de la Republica, sin perjuicio del tramite que deben seguir los tres primeros."

Articulo 4º.- Causal adicional de cancelacion de registro Adicionase al articulo 78º del Decreto Supremo Nº 01592-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 719, el inciso c) cuyo tenor sera el siguiente: "c) Utilizacion indebida de los recursos recibidos y/o aplicacion de los mismos a fines distintos de aquellos para los cuales fueron proporcionados."

Articulo 5º.- Informacion sobre acciones y proyectos Modificase el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, cuyo texto en lo sucesivo sera el siguiente: "Articulo 5º.- Las organizaciones no gubernamentales que se encuentran registradas oficialmente y que ejecutan proyectos en areas priorizadas en los planes de desarrollo son unidades ejecutoras, responsables de identificar y ejecutar acciones y/o proyectos con apoyo de la cooperacion tecnica internacional, con conocimiento del Gobierno Central, Regional y Local, segun corresponda." Articulo 6º.- Derogatoria Deroganse las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley. Articulo 7º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion del Pleno realizada el dia veintisiete de MORDAZA de dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 20592

PODER EJECUTIVO PCM
Fijan periodo de goce de vacaciones de personas que prestan servicios en Pliegos y Unidades Ejecutoras del Poder Ejecutivo
DECRETO SUPREMO Nº 079-2004-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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