Norma Legal Oficial del día 13 de Noviembre del año 2004 (13/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de noviembre de 2004

071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 1542001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 241-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 20 de setiembre de 2004 e Informe Complementario de fecha 29 de octubre de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 437,62 m², ubicado al extremo noroeste de la Asociacion Club La Honda, colindante con el malecon de viviendas y la MORDAZA de servicios, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun la documentacion tecnica que sustenta la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 20435

procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo 10º del Estatuto de la SEPS y el articulo 10º, literal a) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, en el MORDAZA de la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27427, establecen que corresponde al Superintendente ejercer la representacion ante autoridades publicas o privadas, instituciones nacionales o del exterior; Que, segun el articulo 17º, literal d) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS corresponde a la Oficina de Asuntos Juridicos representar a la Institucion en los asuntos contenciosos administrativos, judiciales y policiales; Que, en este sentido, se hace necesario designar a las personas que ejerceran dicha funcion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La representacion a la que se refiere el articulo 17º, literal d) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), corresponde ejercerla a los abogados que seguidamente se mencionan: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 08803566, Abogado Jefe de la Oficina de Asuntos Juridicos. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA O'Ocampo, identificada con DNI Nº 07877344, Abogada de Derecho Publico, de la Oficina de Asuntos Juridicos. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 29308678, Abogada de Derecho Privado, de la Oficina de Asuntos Juridicos. Los citados profesionales se encuentran facultados para comparecer, indistintamente, en nombre y representacion de la SEPS, ante cualquier entidad publica o privada y autoridades administrativas, policiales, politicas o judiciales, con las prerrogativas de los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil; articulo 115º de la Ley Nº 27444; y, articulo 145º del Codigo Civil. Los representantes ejercitaran sus atribuciones siempre que el ejercicio de las mismas no colisione con las prerrogativas de representacion y defensa del Estado en juicio que competen a la Procuraduria Publica del Ministerio de Salud. Articulo 2º.- Las personas designadas en el articulo precedente no podran desistirse, allanarse, conciliar, firmar contratos o convenios, transigir o celebrar actos de disposicion alguno de derechos sustantivos, salvo resolucion autoritativa expresa del Consejo Directivo. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Designan profesionales que ejerceran la representacion de la SEPS en asuntos contenciosos administrativos, judiciales y policiales
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 059-2004-SEPS/S
MORDAZA, 10 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, preceptua que la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud que cuenta con autonomia funcional, administrativa y financiera y se organiza de acuerdo a las normas que establece su Estatuto, el cual ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 006-97-SA; Que, el Decreto Ley Nº 17537 que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, en el articulo 2º establece que los Procuradores de la Republica tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 20424

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para ejecucion de la obra "Ampliacion del C.E. 11239 Las Dunas - PP .JJ. San Martin"
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 613-2004-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 9 de noviembre de 2004 El Oficio Nº 169-2004/CEP emitido por el Comite Especial asi como el expediente del MORDAZA de Seleccion "Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0015-2004/GR-LAMB; median-

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