Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2004 (21/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, MORDAZA 21 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban importes de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines correspondientes al Ejercicio 2005
ORDENANZA Nº 043 San MORDAZA de Lurigancho, 29 de octubre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 023 de fecha 29 de diciembre de 2003 se establecio el Regimen Tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 256 de fecha 9 de setiembre de 2004, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de setiembre de 2004 se ratifica las Ordenanzas Nºs. 023 y 024 que establece el Regimen Tributario y los Importes de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos correspondiente al ejercicio 2004, asi como el derecho de Emision Mecanizada, correspondiente al ejercicio 2004; Que, la Ordenanza Nº 023 de fecha 29 de diciembre de 2003 senala en su articulo 10º que anualmente mediante Ordenanza, y de conformidad con el articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal que senala que el calculo del monto a pagar se afectara en funcion al costo efectivo del servicio a prestar, se aprobaran los criterios de determinacion y la tasa o los importes fijos de los de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos que resulten aplicables al ejercicio; Que, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes para asegurar la continuidad y el buen funcionamiento de los servicios publicos financiados por los arbitrios mencionados en el parrafo precedente; Estando a lo dispuesto en el articulo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en Sesion Ordinaria de la fecha, y con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno de Concejo Municipal, ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA NERIO MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA OTAROLA DE LA MORDAZA, con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA IMPORTE DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y PARQUES Y JARDINES PUBLICOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2005 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- CRITERIO DE DETERMINACION Para determinar los arbitrios regulados por la presente Ordenanza se ha tomado en consideracion el Costo Total de los Servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos, el mismo que se distribuira entre los contribuyentes teniendo en consideracion total o alternativamente los criterios que se fijan a continuacion de conformidad con lo establecido en el articulo 10º de la Ordenanza Nº 023 del 29 de diciembre de 2003, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 256 del 9 de setiembre de 2004, publicada el

17 de setiembre de 2004 en el Diario Oficial El Peruano. a) El nivel de servicio que recibe el predio o contribuyente. b) La ubicacion geografica del predio. c) La densidad y el disfrute potencial que el predio tiene de las areas verdes. d) El costo que demanda prestar los servicio de limpieza publica y parques y jardines por cada nivel de servicio. e) La dimension de los predios expresado en su valor determinado en la declaracion jurada de autoavaluo o el valor establecido por el catastro municipal. f) El uso o actividad de los predios, incidiendo en aquellos de mayor contaminacion. g) El valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al mes de Enero del presente ano. Articulo 2º.- USO DE PREDIOS En funcion a la generacion de residuos solidos o contaminacion que generan los predios, han sido clasificados de acuerdo a su uso en: a) Casa-Habitacion. b) Comercio y servicios generales. c) Industriales y servicios financieros. d) Gobierno Central, Inst. Publicas, Entidades Asistenciales y Universidades. e) Predios sin edificar o en MORDAZA de construccion f) Otros usos. Articulo 3º.- DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS En aplicacion de los criterios senalados en los articulos precedentes, se establece en el Anexo I de la presente ordenanza, las tasas de los arbitrios mensuales aplicables a los contribuyentes y destinados a financiar la prestacion de los Servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos. Articulo 4º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LA DETERMINACION DE LAS TASAS De conformidad con lo dispuesto en el articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, modificado por la Ley Nº 26725 y el Decreto Legislativo Nº 952, las tasas aprobadas en la presente Ordenanza permitiran establecer importes diferenciados de arbitrios para cada nivel de servicio y la emision total sera equivalente al costo total de los servicios a prestarse. Articulo 5º.- COSTO TOTAL DE LOS SERVICIOS Y DETERMINACION DE LOS NIVELES DE SERVICIO POR CADA MORDAZA DE MORDAZA Constituyen sustento tecnico de la presente Ordenanza el Informe Nº 128-2004-GR/MSJL y el Memorandum Nº 152-2004-GSPL/MDSJL emitidos por la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Servicios Publicos Locales respectivamente, que contienen los presupuestos de gastos de los servicios de limpieza publica y parques y jardines publicos y la determinacion de los niveles de servicios establecidos en funcion a la necesidades por cada MORDAZA de MORDAZA del distrito que se indican en los MORDAZA Nºs. 01, 02 y 03 del Anexo II que forma parte integrante de la presente Ordenanza. CAPITULO II INCENTIVOS EN EL PAGO Articulo 6º.- INCENTIVOS Establezcase para el ejercicio 2005 los incenti-

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