Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2004 (28/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 2004

del cargo de interconexion tope promedio ponderado por el acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A. establecido mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 018-2001-CD/OSIPTEL, de conformidad a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL. 21581

En aplicacion de las funciones previstas en el inciso c) del articulo 25º y en el inciso a) del articulo 75º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion Nº 214; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan Estrategico Institucional para el periodo 2005-2009" del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 21582

Aprueban "Plan Estrategico Institucional para el periodo 2005 - 2009" de OSIPTEL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 090-2004-CD/OSIPTEL
MORDAZA, 25 de noviembre de 2004 VISTO: El Memorando Nº 362-GPR/2004 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico, conteniendo el Proyecto del Plan Estrategico Institucional 2005-2009. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 062-2002-CD/OSIPTEL del 2 de octubre 2002, se aprobo el Plan Estrategico Institucional 2003-2007; Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 019-2003-CD/OSIPTEL del 21 de marzo 2003, se aprobaron las modificaciones al Plan Estrategico Institucional 2003-2007; Que mediante Resolucion de Presidencia Nº 0572003-PD/OSIPTEL del 30 de junio 2003, se aprobaron modificaciones al Plan Estrategico Institucional 2003-2007 a fin de adecuarlo a las pautas metodologicas para la reformulacion o formulacion de los Planes Estrategicos Institucionales (PEI) aprobados mediante la Resolucion Directoral Nº 004-2003-EF-68.01. Directiva para la Reformulacion de los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2004-2006; Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 125-2003-CD/OSIPTEL del 16 de diciembre 2003, se aprobaron las modificaciones al Plan Estrategico Institucional 2003-2007, a fin de alinear las metas del ano 2003 con las metas del Plan Estrategico Institucional 2003-2007; Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 078-2004-CD/OSIPTEL del 18 de octubre 2004, se aprobo la modificacion de la meta 2004 del indicador "Localidades Rurales con acceso a Internet", incluido en el Plan Estrategico Institucional 2003-2007; Que el Planeamiento Estrategico es un MORDAZA dinamico que desarrolla y agudiza la capacidad de las organizaciones e instituciones para observar y anticiparse a los desafios y oportunidades que se generan, tanto de las condiciones externas a la organizacion, como de su realidad interna; Que en el documento de VISTO, se establecen las directrices bajo las cuales se regira el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL, para el ejercicio de sus funciones durante el periodo 2005 - 2009; Que en dicha propuesta se busca unificar los indicadores que el regulador debe presentar a las diferentes instituciones del Estado de las que hace parte, asi como trata de expresar de la mejor manera posible los indicadores institucionales que reflejan el cumplimiento de sus acciones; Que para la consecucion de sus objetivos de mediano y largo plazo, el OSIPTEL se regira dentro de un MORDAZA de racionalidad, transparencia y eficiencia del gasto; Que en tal sentido, se considera necesario aprobar el Plan Estrategico Institucional 2005-2009, que servira de base para la elaboracion de los Planes Operativos Anuales de los proximos anos, en los que se detallaran cada uno de los objetivos estrategicos especificos y actividades a ejecutar en cada periodo anual para el cumplimiento de los objetivos estrategicos generales previstos en el Plan Estrategico Institucional;

OSITRAN
Dictan Mandato de Acceso a ENAPU S.A., en favor de Ian MORDAZA y Cia S.A.C. para prestar servicio de remolcaje de naves en los Terminales Portuarios del Callao y Paita
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2004-CD/OSITRAN
MORDAZA, 17 de noviembre de 2004 MATERIA : MANDATO DE ACCESO

ENTIDAD PRESTADORA : ENAPU S.A. SECTOR : EXPLOTACION DE LA INFRAESTRUCTURA PORTUARIA DE USO PUBLICO.

VISTA la solicitud formulada por la empresa IAN MORDAZA Y CIA S.A.C. (TAYLOR) mediante comunicacion de fecha 28 de junio de 2004, para que OSITRAN emita un Mandato de Acceso para la prestacion del Servicio de Remolcaje de naves en los Terminales Portuarios (TP) del Callao y Paita; que establezca las condiciones de acceso de dicha empresa a los referidos terminales portuarios de uso publico administrados por la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU S.A.), el Informe Nº 064-04-GRE-OSITRAN, el Informe Nº 401-04-GS-C2-OSITRAN y el proyecto de Resolucion de Consejo Directivo, elevados a la Gerencia General mediante Nota Nº 175-04-GS-C2-OSITRAN. CONSIDERANDO: I. EL MORDAZA NORMATIVO APLICABLE: 1. El literal d) del articulo 5º de la Ley Nº 26917 - Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, establece que es objetivo de OSITRAN fomentar y preservar la libre competencia en la utilizacion de la infraestructura de transporte de uso publico por parte de las Entidades Prestadoras, MORDAZA estas concesionarios privados u operadores estatales. 2. El Literal p) del Numeral 7.1 de la precitada Ley, senala que es funcion de OSITRAN cautelar el acceso en el uso de la infraestructura publica nacional de transporte y en general, proteger los intereses de todas las partes que intervienen en las actividades relacionadas a dicha infraestructura. 3. El literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 27631, establece que la funcion normativa de OSITRAN comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y Manda-

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