Norma Legal Oficial del día 29 de Noviembre del año 2004 (29/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 29 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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JNE
Declaran nulidad de oficio del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE "Adquisicion de Sistema Interrumpido de Energia Electrica - UPS"
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES SECRETARIA GENERAL RESOLUCION Nº 123-2004-SG-ADM/JNE
MORDAZA, 22 de noviembre de 2004 VISTO: El Recurso de Apelacion de EPLI SAC, presentado el 8 de noviembre de 2004, mediante el cual impugna el otorgamiento de la Buena Pro en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE "Adquisicion de Sistema Interrumpido de Energia Electrica ­ UPS". I. Antecedentes Que, mediante Resolucion Nº 091-2004-GAF/JNE de fecha 27 de octubre del 2004, la Gerencia de Administracion y Finanzas aprobo las Bases del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE "Adquisicion de Sistema Ininterrumpido de Energia Electrica ­ UPS". Que, con fecha 27 de octubre del 2004, el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, designado mediante Resoluciones Nºs. 265-2003-P/JNE y 059-2004-P/JNE, procedio a convocar al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE, invitando a las empresas Powertronic Corporation SAC, Electro Martins EIRL y EPLI SAC. Que, con fecha 28 de octubre del 2004, el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia procedio a absolver las consultas y observaciones presentadas por MORDAZA empresas, y a la consecuente integracion de las Bases, la cual fue notificada oportunamente a los adquirentes de Bases. Que, con fecha 29 de octubre del 2004, segun Calendario de las Bases, las empresas Powertronic Corporation SAC, Electro Martins EIRL, Electronica Industrial y Servicios SRL y EPLI SAC presentaron sus propuestas. Que, segun Acta de Otorgamiento de la Buena Pro del Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia, de fecha 30 de octubre del 2004, se otorgo la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE a la empresa Powertronic Corporation SAC, por un valor total de S/. 18,995.00. Que, con fecha 8 de noviembre 2004, la empresa EPLI SAC presento el Recurso de Apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE, subsanando el pago de la tasa correspondiente el dia 10 del mismo mes. Que, con fecha 11 de noviembre 2004, mediante Oficio Nº 0583-2004-CEPAMC, el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia corre traslado del Recurso Apelacion, al postor ganador Empresa Powertronic Corporation SAC, quien el 15 de noviembre 2004 presenta el escrito Ca-18347-04. II. Puntos Controvertidos Que, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones debe pronunciarse atendiendo a la naturaleza del agravio y a las pretensiones impugnatorias contenidas en el Recurso de Apelacion de la empresa EPLI SAC; siendo estos: 1. Dejar sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro al postor Powertronic Corporation SAC en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE "Adquisicion de Sistema Interrumpido de Energia Electrica ­ UPS", por los siguientes fundamentos; 1.1 Que, la propuesta del postor ganador Powertronic Corporation SAC no cumple con las siguientes Especificaciones Tecnicas (Anexo Nº 1) de las Bases.

a) Numeral 2.3.- Rango de voltaje sin descarga de baterias: 156 a 280 VAC a plena carga, 120V a 156 Vac del 70% al 100% de carga. b) Numeral 2.4.- Frecuencia nominal: 50/60 Hz seleccion automatica. c) Numeral 2.7.- Eficiencia AC/AC: 90% a plena carga. d) Numeral 9.1.- Certificado ISO 9001 (calidad general). 1.2 Que, la propuesta tecnica del postor ganador Powertronic Corporation SAC no alcanza el minimo de puntos exigido, debido a que se le ha otorgado puntos de mas, al evaluar la Experiencia Empresarial, incumplido asi los criterios de evaluacion establecidos las Bases respecto de dicho factor. 1.3 Que, la propuesta tecnica del apelante EPLI SAC no ha sido calificada de acuerdo a los criterios de evaluacion establecidos en las Bases, debido a que en los factores de evaluacion Garantia del Bien y Estandares de Calidad (Certificado Calidad ISO 9001 y Certificado Ambiental ISO 14001) esta merece mayor puntaje al realmente otorgado. 2. Otorgar la Buena Pro en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 240-2004-JNE "Adquisicion de Sistema Interrumpido de Energia Electrica ­ UPS" a la recurrente EPLI SAC; y, CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de motivacion y celeridad en las resoluciones nos indican que los medios probatorios deben ser valorados en forma conjunta y merituados en forma razonada, pero ello no implica que al momento de expedirse la decision, se deba senalar por escrito la valoracion otorgada a todas y cada una de las pruebas actuadas, sino bastara que el pronunciamiento comprenda los medios probatorios que de forma esencial y determinante han condicionado su decision, tales como: 1. PRETENSION IMPUGNATORIA REFERIDA A DEJAR SIN EFECTO EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO AL POSTOR POWERTRONIC CORPORATION SAC EN EL MORDAZA DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 240-2004-JNE "ADQUISICION DE SISTEMA INTERRUMPIDO DE ENERGIA ELECTRICA ­ UPS" Que, los fundamentos de hecho y de derecho expuestos por el recurrente EPLI SAC pueden resumirse en el siguiente orden: 1.1 Que, el postor ganador Powertronic Corporation SAC debe ser descalificado. Que, de conformidad con el Numeral 9 "Estandares de Calidad" del Anexo Nº 1 "Especificaciones Tecnicas" de las Bases, eran condiciones tecnicas minimas del bien el contar con el Certificado: ISO 14001 (ambiental) y el Certificado ISO 9001 (calidad general). Que, el 28 de octubre del 2004 el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia procedio a integrar las Bases, quedando estas como reglas definitivas del MORDAZA, de conformidad a lo establecido en el Articulo 52º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Que, de conformidad con el Numeral 9 Estandares de Calidad del Anexo Nº Especificaciones Tecnicas de las Bases Integradas, la MORDAZA del Certificado: ISO 14001 (ambiental) se convirtio en opcional; y la MORDAZA del Certificado ISO 9001 (calidad general) se mantuvo como obligatoria. Que, en atencion al Numeral 8 "FORMA DE MORDAZA DE PROPUESTAS" de las Bases Integradas, la propuesta tecnica debia contener las "Especificaciones Tecnicas del bien ofertado, conteniendo las especificaciones indicadas en el Anexo Nº 1". Asimismo, este Numeral aclara que para ello era necesario adjuntar "(...) catalogos, folletos y toda informacion necesaria del fabricante del bien ofertado, se debera consignar MORDAZA y modelo de los mismos que proporcione mayor claridad para la evaluacion. No se admitira especificar simplemente "segun bases" como identificacion del bien ofrecido". Que, ademas, el Numeral MORDAZA citado senala que la propuesta tecnica debe contener "Copia de Certificado de Calidad del Producto y MORDAZA del Certificado de Calidad Ecologica, de ser el caso.", aclarando que "Cualquier omi-

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