Norma Legal Oficial del día 02 de Octubre del año 2004 (02/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de octubre de 2004

Resolucion Ministerial Nº 0108-2004-IN/0901 y Resolucion Ministerial Nº 0482-2004-IN/0901, del 3 de febrero y 25 de marzo de 2004, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo previsto en el Plan Anual de Control para el ano 2003, la Oficina de Auditoria Interna de la Oficina de Control Institucional del Ministerio del Interior efectuo la Auditoria a la Informacion financiera con el proposito de emitir opinion sobre la razonabilidad y confiabilidad de los Estados Financieros por el ano 2002 y un Examen Especial a la Informacion Presupuestaria del Pliego 007-MININTER, presentada para la Cuenta General de la Republica correspondiente al Ano Fiscal 2002; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1367-2003IN/0901 del 18 de agosto de 2003, se designa la CEPAD a fin que se pronuncie sobre la procedencia de la instauracion de MORDAZA administrativo y de ser el caso, califique la gravedad de las faltas en que presuntamente habrian incurrido los funcionarios comprendidos en los Informes Nº 005-2003-IN/OCI.O.AUD "Auditoria a la informacion Financiera del Pliego 007 Ministerio del Interior, correspondiente al ano 2002" y Nº 006-2003-IN/DG.OCIOAI "Examen Especial a la Informacion Presupuestaria del Pliego 007 Ministerio del Interior, para la Cuenta General de la Republica"; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0108-2004-IN/0901, de fecha 3 de febrero de 2004 y Resolucion Ministerial Nº 0482-2004-IN/0901 del 25 de marzo de 2004, se reestructuro la composicion de la citada Comision, tanto en sus miembros titulares como en los suplentes; llevandose a cabo su sesion de instalacion el 7 de MORDAZA de 2004, segun consta del Acta Nº 1; Que, mediante acta de fecha 10 de agosto del 2004, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior acordo por unanimidad pronunciarse por la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1637-2004-IN, de fecha 17 de agosto de 2004, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de la Oficina General de Administracion (OGA), Cmdte. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA y ex Presidente del Comite Especial Permanente del Ministerio del Interior, Cap. PNP (R) MORDAZA Riglos MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares OASA-OGA-MIN, senor MORDAZA MORDAZA Munante Aquije, ex Director de la Oficina de Presupuesto de la OGA, Crnl. PNP MORDAZA MORDAZA Lancho MORDAZA, ex Director de la Oficina de Personal, Lic. MORDAZA MORDAZA Rubio, ex Directora de la Oficina de Remuneraciones y Beneficios de la Oficina de Personal, MORDAZA P.N.P. Ing. Civil MORDAZA Zelayaran MORDAZA, ex Director (e) de la Oficina de Infraestructura de la OGA, Ing. MORDAZA Anglas MORDAZA, ex Director de la Oficina de Fiscalizacion y Control, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga, ex miembro del Comite Especial encargado del Concurso Publico Nº 004-2002-IN/OGA/501, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex miembro del Comite Especial encargado del Concurso Publico Nº 0042002-IN/OGA/501, Tnte. Gnrl. PNP (R) MORDAZA Demartini MORDAZA, ex miembro del Comite Especial encargado del Concurso Publico Nº 004-2002-IN/OGA/501, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembro del Comite Especial encargado del Concurso Publico Nº 004-2002-IN/OGA/501, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vocal del Comite Especial Permanente del Ministerio del Interior, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario del Comite Especial Permanente del Ministerio del Interior y Eco. MORDAZA MORDAZA Cajigas, ex Director de la Oficina de Tesoreria; Que, la mencionada Resolucion fue notificada a las mencionadas personas, con excepcion del Cap. PNP (R) MORDAZA Riglos MORDAZA, el dia 19 de agosto de 2004, a traves de los Oficios Nºs. 016, 015, 013, 012, 011, 010, 009, 008, 007, 006, 005, 004, 001, 002 y 003-2004-IN/CE, respectivamente; Que, no pudo efectuarse la notificacion personal al Cap. PNP (R) MORDAZA Riglos MORDAZA, al haber cambiado de domicilio real, por tal motivo, se procedio a publicar la Resolu-

cion Ministerial Nº 1637-2004-IN en el Diario Oficial El Peruano el dia 20 de agosto de 2004; Que, dentro del plazo legal, las mencionadas personas, con excepcion del Cap. PNP (R) MORDAZA Riglos MORDAZA, presentaron sus descargos; llevandose a cabo los dias 7, 8 y 10 de setiembre del presente ano, los informes orales solicitados por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Munante Aquije, MORDAZA Anglas MORDAZA, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Tnte. Gnrl. PNP (R) MORDAZA Demartini MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga, Crnl. PNP MORDAZA MORDAZA Lancho MORDAZA, Cmdte. PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Zevallos; Que, los ex funcionarios comprendidos en la Resolucion Ministerial Nº 1637-2004-IN, con excepcion del Eco. MORDAZA MORDAZA Cajigas y el Cap. PNP (R) MORDAZA Riglos MORDAZA, han deducido la prescripcion de la accion para instaurar MORDAZA administrativo disciplinario, al transcurrir mas de un ano desde la fecha en que el Ministro tomo conocimiento de la comision de la falta disciplinaria, en virtud de lo establecido en el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el MORDAZA administrativo disciplinario debe iniciarse en el plazo no mayor de un ano (1) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comision de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autoridad; agregando que vencido dicho plazo se declarara prescrita la accion, sin perjuicio del MORDAZA civil o penal a que hubiere lugar; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta que el Titular del Sector solicito mediante Oficio Nº 627-2003-IN-0101, de fecha 4 de MORDAZA de 2003, al Director General de la Oficina de Personal la propuesta de los miembros que conformarian la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, se infiere que al 17 de agosto de 2004, fecha de la Resolucion Ministerial Nº 1637-2004-IN, se encontraba prescrita la facultad de la Autoridad Administrativa para instaurar un MORDAZA administrativo disciplinario; Que, sin perjuicio de ello, se considera conveniente analizar los descargos ofrecidos por los mencionados ex funcionarios en relacion a las Observaciones en las que se les determina responsabilidad administrativa, teniendo en cuenta los criterios y disposiciones contenidos en los articulos 151º, 152º, 154º, 155º, 162º y 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Observacion Nº 1 del Informe Nº 005-2003-IN/ OCI.O.AUD, titulada "INCUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES RELACIONADAS A LOS PROCESOS DE ADQUISICION POR LICITACION PUBLICA", determina responsabilidad administrativa en el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de la OGA, y en el Cmdte. PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA, al contravenir lo dispuesto en el punto 4 del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en la Disposicion Nº 6 de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; Que, la Observacion Nº 2 del Informe Nº 005-2003-IN/ OCI.O.AUD, titulada "INCUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES RELACIONADAS A LOS PROCESOS DE ADQUISICION POR CONCURSO PUBLICO", determina responsabilidad administrativa en el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de la OGA, y en el Cmdte. PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA, al contravenir lo dispuesto en el punto 4 del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en la Disposicion Nº 6 de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; Que, de acuerdo a las mencionadas Observaciones (1º y 2º), el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Cmdte. PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA son responsables por no haber ejecutado en su integridad el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del MININTER; asimismo, por no haber proyectado y tramitado la Resolucion Ministerial que aprobase la exclusion de los Procesos de Seleccion

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