Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 2004 (09/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 278047

SBS
Autorizan contratar a la empresa Standard and Poor's, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 1667-2004

San MORDAZA, 6 de octubre de 2004. EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 150-2004-SAS, la Superintendencia Adjunta de Seguros, solicito contar con la suscripcion a las bases de datos de las principales clasificadoras de riesgos internacionales, entre ellas, Standard and Poor's, toda vez que dicha suscripcion resulta indispensable para el desarrollo de las labores correspondientes al analisis y supervision de la Intendencia de Reaseguros, tal como se indicara en el Informe Nº 040-2004-IRE; Que, la Intendencia de Reaseguros mediante Informes Nºs. 048 y 063-2004-IRE, senala que el servicio Classic Direct ofertado por Standard and Poor's comprende noticias actuales, analisis y comentarios sobre el MORDAZA de seguros internacional, contando con una base de datos de alrededor de 11 500 companias a nivel internacional, activas y no activas; ofrece ademas ratings financieros y de deuda, asi como ratings de fortaleza financiera de todos los sectores de la industria del seguro (Riesgos Generales, MORDAZA, etc.); Que, asimismo en los informes MORDAZA mencionados se senala que resulta necesario tener en cuenta que la Superintendencia Adjunta de Seguros cuenta con una base de datos con mas de 3 000 codigos asignados a empresas de reaseguros a nivel internacional, la mayoria de las cuales cuentan con clasificacion de Standard & Poor's, la cual es utilizada para determinar la viabilidad o no de las empresas de reaseguros que respaldan las operaciones de las empresas supervisadas; Que, en tal sentido y siendo primordial que la Superintendencia Adjunta de Seguros cuente con la suscripcion a la base de datos de la Clasificadora de Riesgo Standard and Poor's con la finalidad de recibir informacion actualizada, por ser MORDAZA indispensable para el normal desarrollo de las actividades de supervision y control que ejerce dicha Superintendencia Adjunta, resulta procedente la contratacion de los servicios ofrecidos por la empresa Standard and Poor's, bajo la modalidad de Classic Direct, por el importe anual de US$ 15 618,75, incluido todo concepto, gastos y tributos, monto ofertado para el primer ano de suscripcion; Que, de acuerdo a lo expuesto, la contratacion de la suscripcion a la base de datos de la Clasificadora de Riesgo Standard & Poor's bajo la modalidad de Classic Direct, por las caracteristicas indicadas, se constituye como un servicio unico que no admite sustitutos, resultando de aplicacion lo senalado en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que precisa que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el articulo 20º de la acotada MORDAZA legal preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante una Resolucion de Titular del Pliego de la entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca y Seguros, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; una MORDAZA de la mencionada Resolucion debera ser remitida a la Contraloria General de la Republica bajo responsabilidad, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Departamento Legal mediante Informe Nº 8522004-LEG, considera que, en el presente caso, conforme a lo dispuesto por el literal f) del articulo 19º del TUO de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente la exoneracion de la contratacion de servicios que no admiten sustitutos de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que, finalmente, es de indicar que el valor referencial del servicio en mencion para el primer ano se ha estimado en US$ 15 618,75 (Quince Mil Seiscientos Dieciocho y 75/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo; de acuerdo a ello, el MORDAZA de seleccion correspondiente seria una Adjudicacion Directa Selectiva; MORDAZA del que se exoneraria la contratacion MORDAZA indicada por tratarse el mismo de un servicio que no admite sustitutos; En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa STANDARD AND POOR'S a fin que preste el servicio de suscripcion a la base de datos de las principales clasificadoras de riesgos internacionales para la Superintendencia de Banca y Seguros, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 15 618,75 (Quince Mil Seiscientos Dieciocho y 75/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo, por el periodo de un ano. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el mencionado servicio mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia con cargo a los recursos propios de la Institucion y designar al Comite Especial a cargo de la conduccion del citado MORDAZA de seleccion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 18146

Actualizan capital social minimo correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2004 de empresas supervisadas
CIRCULAR Nº G-118-2004

MORDAZA, 6 de octubre de 2004 --------------------------------------------------------------Ref.: Actualizacion del capital social minimo correspondiente al trimestre octubre - diciembre de 2004. --------------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.