Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 2004 (09/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2004

fuerza Aerea del Peru, mediante el Servicio Aerofotografico Nacional que brinda, de acuerdo a lo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 270, de fecha 1 de MORDAZA de 1943; Que, mediante Informe Nº 206-2004-INC/OPP, de fecha 20 de setiembre de 2004, la Oficina de Planificacion y Presupuesto, manifiesta que para atender dicho requerimiento se cuenta con los recursos por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM dispone en los incisos a), f) y h) del Articulo 19º, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones y adquisiciones que se realicen entre Entidades del Sector Publico, cuando los bienes no admiten sustitutos y para servicios personalisimos; Que, el Servicio Aerofotografico Nacional requerido representa un costo de S/. 286,440.00, por lo que de acuerdo a los topes fijados por la Ley Nº 28128; Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004, corresponde a un Concurso Publico; sin embargo, por tratarse de servicios que se deben realizar entre Entidades del Sector Publico, los mismos que en este caso no admiten sustitutos, resulta aplicable lo dispuesto por los Articulos 106º y 111º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-201-PCM, encontrandose exonerado del respectivo MORDAZA de seleccion para su adquisicion; Que, el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el Articulo 19º de la Ley se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 105º; Que, mediante Informe Nº 497-2004-INC/OAJ de fecha 22 de setiembre de 2004, la Oficina de Asuntos Juridicos senala que habiendose determinado que la adquisicion del servicio mencionado debe realizarse entre Entidades del Sector Publico y que no admite sustituto, considera procedente que el Titular de la Entidad expida la resolucion que apruebe la exoneracion del Concurso Publico correspondiente, encargando a la Direccion del INC - MORDAZA realizar la contratacion del servicio requerido; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2004", el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER que el servicio de "VUELO AEROFOTOGRAFICO EN LA MORDAZA DE MACHUPICCHU" requerido por la Direccion del INC - MORDAZA, senalado en el Oficio Nº 869-DRC-INC-C-2004, no admite sustituto. Articulo 2º .- APROBAR la EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION DE CONCURSO PUBLICO para la adquisicion del servicio senalado en el Articulo 1º; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 02 del Instituto Nacional de Cultura la designacion del Comite Especial que se encargue de conducir el MORDAZA de Menor Cuantia para la adquisicion del servicio referido en los Articulos precedentes, por el valor de S/. 286,440.00, (DOSCIENTOS OCHENTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), en observancia de lo normado por el Articulo 116º y el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Articulo 4º.- La contratacion y/o adquisicion materia de la presente Resolucion se regula por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus normas complementarias. Articulo 5º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a los Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 02 del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 6º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes sera remitida a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18142

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Modifican la Resolucion Nº 173-2003/ SBN-GO- JAR, que dispuso primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 143-2004/SBN-GO-JAR

La MORDAZA, 28 de setiembre de 2004 Visto el Expediente Nº 135-2003/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolucion Nº 173-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de noviembre de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 173-2003/SBN-GOJAR, de fecha 25 de noviembre de 2003, se dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 25 113,87 m2, ubicado en la interseccion de la avenida MORDAZA Garezon con la avenida MORDAZA, en el distrito de Ancon, provincia y departamento de Lima; Que, la citada Resolucion se expidio, entre otros, sobre la base de la informacion proporcionada por el entonces Registro Predial MORDAZA mediante Certificado de Busqueda Catastral expedido con fecha 4 de noviembre de 2003, que de conformidad con el Informe Tecnico Nº 10906-2003SUNARP-RPU/OC-Lima, senalo que: "el terreno de 25 113,87 m2, no se encuentra inscrito, ni presenta superposicion con ningun predio inscrito en dicho registro"; Que, mediante Titulo Nº 65106, del 30 de marzo de 2004, se ingreso al entonces Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA la Resolucion Nº 173-2002/SBN-GO-JAR del 25 de noviembre de 2003, para su correspondiente inscripcion, el cual fue observado por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, sosteniendo que para mayor seguridad juridica, para la inmatriculacion del predio, habia cursado un oficio al entonces Registro Predial MORDAZA a fin que confirmara si el terreno cuya inscripcion se solicitaba se encontraba inscrito en dicho Registro; Que, tal observacion fue confirmada con fecha 28 de junio de 2004, dejando MORDAZA el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, que segun el Informe Tecnico Nº 4927-2004-SUNARP-RPU/OC-LIMA, del 21 de MORDAZA de 2004, se habia verificado que efectivamente existe una ligera superposicion con el area de vias correspondiente al Asentamiento Humano Las Esteras -

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