Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 2004 (09/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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el Concejo Metropolitano, de acuerdo a una evaluacion previa de los niveles de recaudacion obtenidos. Articulo 2º.- Derogacion Deroguese el inciso d) del articulo 5º del Edicto Nº 227 y el inciso d) del articulo 16º del Edicto Nº 227 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Vigencia La presente MORDAZA tiene vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. En MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 18223

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Ordenanza que establece MORDAZA legal del regimen tributario y los importes de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejercicio 2005
ORDENANZA Nº 123-2004-MDL Lince, 29 de setiembre del 2004 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 036-2004-CAL-CEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economia y Administracion sobre Ordenanza que establece el MORDAZA legal del regimen tributario y los importes de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana para ser aplicados en la jurisdiccion del distrito de Lince para el Ejercicio 2005; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º, 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, en concordancia con los articulos II del Titulo Preliminar y 9º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, con los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion con los limites que senale la Ley; Que, el Concejo Distrital de Lince, ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos, a traves de sus Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y concordante con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades; Que el articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 modificado por el articulo 24º del Decreto Legislativo Nº 952 dispone que las tasas por servicios publicos o arbitrios se calcularan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion en funcion al costo efectivo del servicio a prestar; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 952 publicado el 3 de febrero del 2004 se modifico el articulo 69º A del Decreto Legislativo Nº 776, disponiendo que las Ordenanzas

que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiada, asi como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberan ser publicadas a mas tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion; Que, con la presente Ordenanza se establece el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y los importes de los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejercicio 2005, los mismos han sido elaborados tomando como sustento las normas legales citadas en los considerandos precedentes y los lineamientos establecidos por las Resoluciones Nºs. 008 y 0092003-CAM-INDECOPI, la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 918-2002, y por recomendacion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a los Informes Nº169-2004-MDL-GG-GR y Nº 365-2004-MDL-GAJ, de las Gerencias de Rentas y Asesoria Juridica, contando con el Dictamen favorable de la Comision de Asuntos Legales y de Economia y Administracion; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 - y la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Mayoria, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MORDAZA LEGAL DEL REGIMEN TRIBUTARIO Y LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL EJERCICIO 2005 Articulo 1º.- OBJETIVOS Establecer en la jurisdiccion de Lince el MORDAZA legal del regimen tributario y los importes de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. Articulo 2º.- ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza es de alcance de todos los contribuyentes del distrito de Lince. Articulo 3º.- DEFINICIONES Para efecto de aplicacion de la presente Ordenanza se entendera por: A) PREDIO Toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno ubicado dentro de la jurisdiccion del distrito de Lince. No se consideran predios a los estacionamientos, depositos, tendales y aires independizados que formen parte accesoria a la unidad inmobiliaria del departamento en edificio. B) CONTRIBUYENTE Son contribuyentes los propietarios o poseedores de los predios, segun la obligacion establecida en el articulo 7º de la presente Ordenanza. C) ARBITRIOS Son las tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente. C.1) ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA Arbitrio que consiste en la limpieza y barrido de calles, plazas y parques, recoleccion, transporte descargue y transferencias de los desperdicios solidos y maleza de los predios. Incluyendose lo referido a la disposicion final de los residuos solidos y desperdicios de maleza en lugares autorizados. C.2) ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Arbitrio que consiste en el mantenimiento, riego, recuperacion, implementacion, mejoras y embellecimien-

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