Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 2004 (09/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 278059 PROVINCIAS

MORDAZA de 15 dias para la suscripcion del mismo; por lo que solicita se declare en situacion de urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos por un lapso de 60 dias a fin de asegurar los servicios indicados, debido a que este impase producido compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones productivas que la Municipalidad tiene a su cargo en la jurisdiccion del distrito, tales como la falta de contar con un relleno sanitario que permita asegurar la Disposicion Final de los Residuos Solidos en forma temporal para su traslado posterior al Relleno Sanitario correspondiente, lo que traeria como consecuencia el acumulamiento de los residuos solidos en las principales avenidas del distrito, por lo que se hace necesario se declare en situacion de urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos por el lapso de 60 dias, por el monto ascendente a S/. 180,000.00 Nuevos Soles conforme al cuadro de costos que integra el Informe Nº 137-2004/ MDSJM/GSC, de tal forma que se pueda adquirir los servicios bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por Exoneracion, debido a que el contrato vigente por el mismo servicio vence el 10 de octubre del 2004; Que, mediante Informe Nº 1918-2004-MDSJM/GMOAJ de fecha 28.09.2004 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, al respecto concluye opinando que se advierte que existen los presupuestos legales que exige el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para declarar en situacion de urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos, precisando que resulta justificado y necesario se realice la declaratoria de urgencia referida, y permita bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia se contrate los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos para el distrito; Que, estando a lo normado por los articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del articulo 108º del D.S. Nº 013-2001PCM, de su Reglamento, modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable o realizar las contrataciones para paliar la urgencia; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, articulo 41º, debatido en el Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA Mayoritario; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la Contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos, por el periodo de 60 dias calendario; por el monto referencial: S/. 180,000.00 NUEVOS SOLES, con cargo a los recursos directamente recaudados; encargandose a la Subgerencia de Abastecimiento realizar la contratacion exonerada. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Comite Especial designado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 000118 de fecha 25.02.2004, la ejecucion del MORDAZA de Seleccion bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por exoneracion a Concurso Publico la contratacion de los Servicios de Disposicion Final de Residuos Solidos, que se indica en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA del presente Acuerdo, asi como los Informes Tecnicos ­ Legales a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo que fija la Ley; debiendose publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18250

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban medidas para garantizar la proteccion, promocion, inclusion social y participacion de los vecinos con discapacidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000031

Callao, 14 de setiembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 5 de MORDAZA de 2004; aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que las personas son iguales ante la Ley, por lo tanto gozan de los mismos derechos; Que, el articulo 7º de la Constitucion establece que la persona incapacitada de velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de su proteccion, atencion, readaptacion y seguridad; Que, el articulo 16º de la Constitucion establece que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educacion adecuada por razon de su situacion economica o de limitaciones fisicas o mentales; Que, el articulo 23º de la Constitucion establece que el trabajo en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido que trabajan. El Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, el articulo 59º de la Constitucion sobre la MORDAZA de trabajo, empresa, comercio e industria, establece que el Estado brinda oportunidades de superacion a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades; Que, el articulo 74º de la Constitucion senala que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 191º de la Constitucion senala que las Municipalidades Provinciales conforme a Ley, es el Organo de Gobierno Local y tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Resolucion Legislativa Nº 27484 que aprueba la "Convencion Interamericana para la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion contra las Personas con Discapacidad", establece en su articulo 3º que para cumplir con los objetivos de esta Ley los Estados deben adoptar las siguientes medidas: 1. Adoptar las medidas de caracter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra indole, necesarias para eliminar la discriminacion contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integracion en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuacion, sin que la lista sea taxativa:

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