Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 2004 (09/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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dentro del plazo legal y con los requisitos de admisibilidad que dispone el articulo 168º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 170º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, se corrio traslado del citado recurso de apelacion al postor que obtuvo la Buena Pro respecto del mencionado item (2), el cual lo absolvio mediante escrito de fecha 21 de setiembre del 2004; Que, de los antecedentes documentarios que conforman el expediente administrativo del citado MORDAZA de seleccion, se advierte que la propuesta economica de la empresa BALQUI PROYECTOS Y REPRESENTACIONES S.A.C. no consigna la informacion sobre la fecha de fabricacion de los repuestos y de los motores semiarmados que oferta, lo cual esta considerado como requisito obligatorio en las Bases; Que, la propuesta de la empresa BALQUI PROYECTOS Y REPRESENTACIONES S.A.C. considera una carta de compromiso de validez de la oferta por TREINTA (30) dias contados a partir del 2 de setiembre del 2004 (Fecha de MORDAZA de propuestas); asimismo, la propuesta de la empresa DETROIT DIESELMTU PERU S.A.C. considera una carta de compromiso de validez de la oferta por SESENTA (60) dias contados a partir del 2 de setiembre del 2004. Ambos documentos no se ajustan al requisito que establece las Bases en su parrafo (9.1) "Plazo de validez de la oferta", esto es, una vigencia no menor de 90 dias calendario posteriores desde que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, y el Reglamento de dicha Ley, establecen mecanismos para resolver los errores de fondo y forma durante el procedimiento, y la facultad para expedir los respectivos actos administrativos; Que, de conformidad con el articulo 4º del Reglamento de la referida Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la mas alta autoridad ejecutiva de la Entidad es el Ministro de Defensa en su calidad de Titular del Pliego Presupuestario del Sector; Que, el articulo 171º del Reglamento de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, regula el contenido de la resolucion de la Entidad, en concordancia con los incisos (1) y (2) del articulo 170º, y en su ultimo parrafo senala que es de aplicacion lo dispuesto en el articulo 180º de dicho Reglamento en lo que sea pertinente; Que, el articulo 26º del referido Reglamento establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos, facultad que es indelegable; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, dispone que el Tribunal en los casos que conozca declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, por lo MORDAZA expuesto, corresponde declarar la nulidad del Acta del Comite Especial de fecha 6 de setiembre del 2004, en lo que se refiere a la Buena Pro de

los items (1) y (2) del Anexo (1) de las Bases, asi como retrotraer el citado MORDAZA de seleccion a la etapa de MORDAZA de propuestas, en razon que es imprescindible para la MORDAZA de MORDAZA del Peru la atencion del requerimiento; Que, de conformidad con el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y a lo dispuesto en los articulos 26º, 170º, 171º e inciso (c) del articulo 180º del Reglamento de la referida Ley; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del Acta del Comite Especial de fecha 6 de setiembre del 2004, en el extremo a que se refiere el otorgamiento de la Buena Pro de los items (1) y (2) del Anexo (1) de las Bases de la Licitacion Publica Internacional Nº LPI-0001-2004-MGP/DICAPI (Segunda convocatoria), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, asi como retrotraer el citado MORDAZA de seleccion a la etapa de MORDAZA de propuestas, careciendo de objeto, en consecuencia, resolver el recurso de apelacion interpuesto por la empresa DETROIT DIESEL MTUPERU S.A.C. Articulo 2º.- Encargar al Presidente del Comite Especial notifique la presente Resolucion a las empresas postoras; asimismo, que dicho Comite Especial reprograme el calendario del mencionado MORDAZA de seleccion de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los CINCO (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 18179

Modifican fechas del viaje de oficial FAP a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1097-2004-DE/SG

MORDAZA, 6 de octubre de 2004 Visto, el Oficio IV-30-TANS-SGEN Nº 162 de fecha 29 de setiembre del 2004 del Gerente General de TANS Peru; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 242-2004-DE/ FAP-CP, de fecha 5 de febrero del 2004 se autorizo el viaje al exterior en Comision de Servicio al Personal Militar FAP que se detalla en la referida Resolucion en varias comisiones, entre las cuales en la que participa el Comandante FAP MORDAZA MORDAZA CASTELLARES MORDAZA, con el objeto que realicen entrenamiento en el simulador de vuelo del avion B-737, en la CIA. UNITED AIRLINES FLIGHT TRAINING SERVICES a llevarse a cabo, en la MORDAZA de MORDAZA, Colorado, de los Estados Unidos de MORDAZA, del 12 al 17 de marzo del 2004; Que, mediante Oficio Nº IV-30-TANS-SGEN-Nº 162 de fecha 29 de setiembre del 2004, el Gerente General del TANS Peru, comunica la modificacion de la fecha de viaje al extranjero en Comision de Servicio del referido Oficial Superior, mencionado en el considerando anterior para el periodo comprendido del 13 al 18 de octubre del 2004; Que, el Articulo 3º de la precitada Resolucion faculta al Comandante General de la Fuerza Aerea para que

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