Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2004 (14/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 278298

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

plinaria, por lo que es necesario se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el alumno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vicepresidente Academico, y MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Escuela de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas; Que, de acuerdo al Art. 9º del Reglamento Academico de la UNU, la matricula en las facultades es un deber y un derecho por cuanto tiene por finalidad asumir el compromiso del estudiante al respeto de las normas y reglamentos universitarios, asimismo, el articulo 12º del mismo reglamento, determina que los estudiantes que tienen derecho a la matricula son: Inc. b) Los alumnos regulares e irregulares que se han matriculado y hayan cursado el ciclo academico inmediato anterior. El Art. 15º Inc. b) del indicado reglamento dispone que: cada Facultad en coordinacion con la Direccion General de Coordinacion y Servicios Academicos (DGEySA) desarrollara la matricula unificada y en el inc e) dispone que el alumno y el profesor consejero firmaran la ficha de matricula, en el Inc. f) senala que el alumno se acercara a la Oficina de Coordinacion Academica con su ficha de matricula respectiva de su facultad y/ o escuela para el MORDAZA de matricula; precisamente rubricada por el profesor consejero y el Art. 18º del citado Reglamento; en el Inc. e) dispone que por ningun motivo el alumno tendra derecho a validar, nota de un curso en el que no ha sido matriculado, tampoco tendra derecho a solicitar MORDAZA u otros documentos que acrediten haber aprobado asignaturas, bajo responsabilidad del docente que se preste a esta irregularidad academica; Que, el articulo 94º del Reglamento academico de la UNU, establece que cada Facultad es responsable de hacer cumplir el regimen de sanciones, que le es aplicable al estudiante por el incumplimiento de sus deberes academicos, por la participacion en actos que alteren el orden y desarrollo de las actividades academicas y administrativas; Que, de acuerdo a la Ley Universitaria Nº 23733, Art. 51º son deberes de los profesores Inc. b) cumplir con el Estatuto de la Universidad y sus reglamentos y realizar cabalmente y bajo responsabilidad las actividades a su cargo, en concordancia con el Art. 182º Inc. c) del Estatuto de la UNU, los docentes podran ser sancionados por Infraccion o inobservancia del presente Estatuto, del reglamento general y de los reglamentos especiales de la Universidad Nacional de Ucayali; Estando autorizado por Resolucion Nº 262-2003CTOyG-P-UNU del 21 de marzo del 2003 y de conformidad con la Primera Disposicion Transitoria del Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali, y la Resolucion Nº 016-2003-CU-R-UNU del 15 de MORDAZA del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al alumno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Academico de la Universidad, y al Abog. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Escuela de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas, en atencion a las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 2º.- LOS PROCESADOS en garantia de su derecho de defensa tienen cinco dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, para que presenten su descargo respectivo. Articulo 3º.- DISPONER, que los indicados docentes procesados, de conformidad con el Art. 172º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que es concordante con el Art. 125º del Reglamento General de Docentes de la Universidad, MORDAZA puestos a disposicion de la Oficina General de Recursos Humanos de la Universidad, mientras dure el presente MORDAZA administrativo disciplinario. Articulo 4º.- HACER CONOCER la presente resolucion al Tribunal de Honor de la Universidad para su debido cumplimiento. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA LLUNCOR MORDAZA Rector 18378

UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RESOLUCION Nº 363-2004-R-UNU

Pucallpa, 16 de MORDAZA del 2004 Visto, la Hoja de Tramite Nº 3103-04-R-UNU, del 16 de MORDAZA del 2004, razon de Secretaria General, sobre cumplimiento de notificacion de la Resolucion Nº 3092004-R-UNU de fecha 16 de junio de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Secretario General de la Universidad Nacional de Ucayali, emite razon sobre el incumplimiento de la notificacion de la Resolucion Nº 309-2004-RUNU de fecha 16 de junio del 2004, en el domicilio del procesado ex Presidente Academico, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RAMOS; resolucion mediante la cual se le instauro MORDAZA administrativo disciplinario al mencionado ex servidor, senalando que para efectos de la notificacion se encomendo a la Oficina de Coordinacion de la Universidad en la MORDAZA de MORDAZA, sin embargo esta no se pudo realizar al no ubicar el domicilio del procesado, hecho que no cumplio con informar oportunamente; Que, atendiendo a la razon mencionada del Secretario General; y en observancia, al Regimen de publicacion de los actos administrativos que senala el articulo 23º de la Ley Nº 27444, es decir: "(...) cuando resulte impracticable otra modalidad de notificacion preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagacion realizada (...)", corresponde en el presente caso, ordenar que se cumpla con la notificacion a traves de la modalidad de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, ya que incluso, para el caso de notificaciones defectuosas, realizadas sin las formalidades y requisitos, la Ley de Procedimiento Administrativo General en el articulo 26º senala, que la autoridad ordenara se rehaga, subsanando las omisiones en que se hubiera incurrido, sin perjuicio para el administrado; Que, a fin de garantizar el debido MORDAZA y el derecho de defensa del procesado Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la notificacion de la Resolucion Nº 309-2004-R-UNU de fecha 16 de junio de 2004, y la presente resolucion, deberan realizarse por publicacion en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, se establece que el plazo concedido en el articulo 2º de la Resolucion Nº 309-2004-R-UNU, sera computado a partir de la respectiva notificacion; debiendo considerarse obligatoriamente dicho acto para emitir la resolucion final; Estando conforme a las atribuciones del senor Rector que le confiere la Resolucion Nº 009-2003-CET-UNU y la Resolucion Nº 002/03-AU-UNU, el Art. 33º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 122º Inc. b) del Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER QUE SE PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO la Resolucion Nº 3092004-R-UNU de fecha 16 de junio del 2004, mediante la cual se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al ex Vicepresidente Academico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RAMOS; y la presente resolucion, en atencion a las consideraciones expuestas en la parte considerativa. Articulo 2º.- HACER CONOCER la presente, al Tribunal de Honor de la Universidad, y a las dependencias pertinentes de esta MORDAZA Superior de Estudios. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA LLUNCOR MORDAZA Rector 18379

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.