Norma Legal Oficial del día 19 de Octubre del año 2004 (19/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 2004

cion del puesto, kiosco, deposito o tienda, para los comerciantes que jamas hubieran tenido autorizacion expedida por la Municipalidad Distrital de Barranco. Dicha solicitud sera resuelta por la Subgerencia de Comercializacion y Catastro o quien hiciera sus veces, en un plazo no mayor de 2 dias utiles, con la expedicion de la resolucion correspondiente. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria y a la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 18766

zacion y Funciones, Cuadro para Asignacion de Personal y Manual de Organizacion y Funciones. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 18767

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran fundada apelacion contra otorgamiento de la buena pro en licitacion publica sobre adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 578
San MORDAZA de Lurigancho, 7 de octubre de 2004

Modifican Estructura Organica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 213-MDB Barranco, 15 de octubre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el informe Nº 105 ­ OPP -MDB de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto continuando con la politica de la Gerencia Municipal de adoptar un sistema funcional que permita la desconcentracion de funciones y atribuciones, propone modificar la estructura organica de la Municipalidad Distrital de Barranco, para lograr una eficiente prestacion de servicios publicos y administrativos para la Comunidad; Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru determina que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Con las facultades determinadas por el articulo 9º inciso 8 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de los items F-4 y G-1 de la ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO, la misma que queda conformada por los siguientes organos: (...) F. ORGANOS DE APOYO (...) 4. Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria 4.1 Subgerencia de Contabilidad 4.2 Subgerencia de Tesoreria 4.3 Subgerencia de Personal 4.4 Subgerencia de Logistica 4.5 Subgerencia de Ejecucion Coactiva 4.6 Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control 4.7 Sub Gerencia de Recaudacion G. ORGANOS DE LINEA (...) 1. Gerencia de Desarrollo de la MORDAZA 1.1 Subgerencia de Obras Publicas 1.2 Subgerencia de Obras Privadas y Catastro Articulo Segundo.- Delegar en el Despacho de Alcaldia la facultad de aprobar el Reglamento de Organi-

Visto, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa G&D CORPORACION DE NEGOCIOS LACTEOS ­ CORLAC S.A. contra el MORDAZA de evaluacion de las propuestas tecnicas y economicas y el otorgamiento de la Buena Pro contenida en el acta de calificacion, en la Licitacion Publica Nacional N° 002-2004-CE/MDSJL "Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche: Leche Evaporada Entera"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Licitacion Publica Nacional Nº 002-2004CE/MDSJL, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho convoco a MORDAZA de seleccion para seleccionar al contratista para "La Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche: Leche Evaporada Entera", para el Programa del Vaso de Leche de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que fue convocado de acuerdo a Ley y que concluyo con el otorgamiento de la Buena Pro a la empresa MORDAZA Corporation S.A. al haber obtenido el mejor puntaje en la sumatoria total conforme al acta de evaluacion de fecha 20 de setiembre del 2004 elaborada por el Comite Especial; Que, mediante escrito de fecha 24 de setiembre del 2004, el postor G & D CORPORACION DE NEGOCIOS Y LACTEOS S.A., en su calidad de empresa postora en el referido MORDAZA de seleccion interpone recurso de apelacion contra el MORDAZA de evaluacion de las propuestas tecnicas y economicas y el otorgamiento de la Buena a favor de la empresa NIISA Corporation S.A., manifestando al respecto que la evaluacion tecnica efectuada por el Comite Especial, no fue acorde a los criterios de evaluacion establecidos en las Bases, ya que segun manifiesta el Comite Especial no le habria considerado la experiencia en ventas en sachets en el factor de evaluacion "Volumen de Ventas", a pesar de que en la respuesta a la consulta 08 de la empresa DANLAC S.A., el Comite Especial dispuso que las prestaciones efectuadas por los postores MORDAZA tambien de productos similares, a efectos de evaluar ello en el factor "Calidad de la Prestacion"; Que, el impugnante al respecto senala que la relacion entre la calidad de la atencion y el volumen de ventas son parte del criterio de evaluacion "Experiencia del Postor" establecido en el numeral 4.1 de la Ley N° 27712, que modifica la Ley N° 27470, por lo que considera que el criterio de calificacion es unico para los dos subfactores: "volumen de ventas" y "calidad de la prestacion"; Que, asimismo, refiere el recurrente que al postor NIISA Corporation S.A. se le habria evaluado experiencia en ventas de sachets por lo que existe divergencia en el criterio de evaluacion, transgrediendose el MORDAZA de Trato MORDAZA e Igualitario consagrado en el numeral 8) del articulo 3º del acotado Reglamento; Que, de otro lado, el recurrente solicita que al postor NIISA Corporation S.A. se le debe descalificar en vista de que en las Constancias y/o Certificados de fiel cumplimiento que adjunto, conforme a las Bases, se omite la

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