Norma Legal Oficial del día 20 de Octubre del año 2004 (20/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2004

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18810

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito de hurto
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 768-2004-MTC/03 MORDAZA, 14 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el espectro radioelectrico, que es parte del espectro electromagnetico, es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion, cuya administracion, asignacion de frecuencias y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo establecido en los articulos 57º y 58º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 48º de la mencionada Ley, en concordancia con los articulos 100º y 160º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de dicha Ley, el servicio de radiodifusion requiere de autorizacion expresa y previa para su operacion, por localidad y banda de frecuencia, por lo que la operacion de dicho servicio sin contar con la autorizacion correspondiente constituye infraccion administrativa pasible de ser sancionada con multa, de acuerdo con lo senalado en los articulos 87º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, en concordancia con el articulo 268º del Texto Unico Ordenado de su Reglamento General, establecen que las sanciones administrativas se aplican independientemente de la responsabilidad penal o civil que se derive del actuar de los infractores a la normativa de telecomunicaciones; Que, el articulo 185º del Codigo Penal tipifica como delito de hurto, disponiendo que el que, para obtener provecho se apodera ilegitimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayendolo del lugar en que se encuentra, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de uno ni mayor de tres anos. La MORDAZA precisa que se equiparan a bien mueble la energia electrica, el gas, el agua y cualquier otra energia o elemento que tenga valor economico, asi como el espectro electromagnetico; constituyendo circunstancias agravantes de este MORDAZA penal las senaladas expresamente en el articulo 186º de este Codigo; Que, mediante Memorandum Nº 1797-2004-MTC/ 18 e Informe Nº 044-2004-MTC/18.02, la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones senala que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presuntos titulares de la estacion denominada RADIO TURBO STEREO; MORDAZA MORDAZA MARTINES y MORDAZA MORDAZA ZULUAGA, presuntos titulares de la estacion denominada RADIO FORTALEZA; ESTELO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presunto titular de la estacion denominada RADIO LA POSITIVA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presunto titular de la estacion denominada RADIO LA FAMOSA y TO-

MAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presunto titular de la estacion denominada RADIO MORDAZA 2000 o MORDAZA MIX, han sido verificados en reiteradas ocasiones operando el servicio de radiodifusion y utilizando el espectro radioelectrico sin la correspondiente autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, haciendo caso omiso a los requerimientos de cese efectuados por la Administracion, por lo que propone se interpongan las acciones legales contra las referidas personas; Que, el articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, establece como una de las funciones de la Procuraduria Publica, la de representar y defender los derechos e intereses del Ministerio ante los Organos Jurisdiccionales; Que, de acuerdo con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667 establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, en tal sentido, existiendo indicios razonables de la presunta comision del delito de hurto, corresponde autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin que inicie y culmine las acciones legales contra los presuntos responsables de la comision del ilicito penal MORDAZA descrito, a fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667, las Leyes Nº 27779 y Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra las personas que se detallan a continuacion y los que resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion.
TITULAR O REPRESENTANTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINES, MORDAZA MORDAZA ZULUAGA ESTELO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Denominacion de la Estacion Lugar de Operacion

RADIO TURBO STEREO RADIO FORTALEZA RADIO LA POSITIVA RADIO LA FAMOSA RADIO MORDAZA 2000 o MORDAZA MIX

Ate-Vitarte Ate-Vitarte MORDAZA El MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA de Lurigancho

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como de los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18816

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