Norma Legal Oficial del día 20 de Octubre del año 2004 (20/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que en consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el Jefe de la Oficina de Administracion proceda con arreglo a las disposiciones existentes para efectos de la implementacion de los Organos Jurisdiccionales creados mediante Resolucion Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, en lo referente a infraestructura y equipamiento para su optimo funcionamiento, debiendo emitir el informe correspondiente en un termino no mayor de 5 dias habiles. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, del Gobierno Regional del Callao, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Comision Distrital de Control de la Magistratura del Callao, de la Oficina de Administracion Distrital y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA ZECENARRO MATEUS Presidente 18883

me si la carga actual que soporta el MORDAZA Juzgado de Familia (Tutelar) exige la adopcion inmediata de dicha medida; Por cuyas consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital del MORDAZA Norte de MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 96º incisos 10) y 20) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que la carga procesal del Octavo Juzgado Especializado Civil sea entregada bajo inventario al Setimo Juzgado Civil, a mas tardar el quince de octubre del ano en curso. Articulo Segundo.- ORDENAR que a partir del trece de octubre los nuevos procesos en estado de ejecucion solo MORDAZA derivados al Setimo Juzgado Civil, unico Juzgado que conoce los procesos en ejecucion en el Modulo Corporativo Civil. Articulo Tercero.- DISPONER la entrada en funcionamiento del Setimo Juzgado Especializado de Familia (Tutelar), a partir del dieciocho de octubre del ano en curso. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Setimo Juzgado de Familia reciba desde su entrada en funcionamiento los nuevos ingresos de su especialidad y hasta el quince de enero del dos mil cinco, suspendiendose temporalmente la asignacion de ingresos al MORDAZA Juzgado de Familia (Tutelar). Articulo Quinto.- PRECISAR para los fines del turno judicial en materia tutelar y mientras no entre en funcionamiento el MORDAZA Juzgado de Familia: a) Que, el Setimo Juzgado de Familia realizara el turno judicial de lunes a viernes; y, b) Que, el Primer, MORDAZA, Tercer, MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Familia, realizaran el turno con arreglo al articulo Tercero de la Resolucion Administrativa numero cero cero dos-dos mil dos-CED-CSJCN/PJ, los dias sabados, domingos y feriados. Articulo Sexto.- Pongase la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MONTANEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18868

Dictan disposicion sobre la carga procesal de juzgado especializado civil y disponen la entrada en funcionamiento del Setimo Juzgado Especializado de Familia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 019-2004-CED-CSJCN/PJ

Independencia, catorce de octubre del dos mil cuatro. VISTA: La Resolucion Administrativa numero ciento setentisiete-dos mil cuatro-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicado en la fecha en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa de visto, se ha dispuesto la creacion, conversion y reubicacion de diversos organos jurisdiccionales, en diferentes Distritos Judiciales del pais; Que, en cuanto concierne a esta Corte Superior de Justicia, se ha ordenado en un extremo la conversion del Octavo Juzgado Especializado Civil (Ejecucion) en el Setimo Juzgado Especializado de Familia (Tutelar) y que la carga procesal del citado Juzgado que se convierte sera asumida por el Setimo Juzgado Especializado en lo Civil (Ejecucion); Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa de visto faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia involucradas, para que adopten las medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de sus disposiciones; Que, en ese sentido, sin perjuicio de las acciones destinadas a la ejecucion total de lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es necesario comenzar por aquellas que importan medidas de gestion inmediata, como ha sido evaluado en la fecha en sesion del Consejo Ejecutivo Distrital; Que, en consecuencia, en cuanto a la competencia que ejerce este Colegiado, procede ordenar las acciones dirigidas a que el Setimo Juzgado Civil asuma la carga del convertido Octavo Juzgado Civil y la entrada en funcionamiento del Setimo Juzgado de Familia (Tutelar), maxi-

Dictan disposiciones sobre la carga procesal de juzgados de paz letrados de San MORDAZA de Porres y Los MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Ancon
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL MORDAZA NORTE DE MORDAZA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 020-2004-CED-CSJCN/PJ

Independencia, catorce de octubre del dos mil cuatro.-

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