Norma Legal Oficial del día 20 de Octubre del año 2004 (20/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2004

blecidos en los articulos 19º y 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y surja la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Peru, la contratacion respectiva podra regirse por la ley de su cumplimiento, no siendo de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y en los articulos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado mediante Decreto Supremo Nº 041-2003PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, del MORDAZA de Concurso Publico Internacional, para la contratacion de la empresa Viacom Outdoor Ltd., a fin de que preste los servicios de alquiler de paneles publicitarios asi como de elaboracion y colocacion de avisos a exhibir, en el MORDAZA Underground, por las causales comprendidas en los incisos f) y h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente se realizara hasta por la suma de US$ 380 000,00 (Trescientos Ochenta Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica), siendo su Fuente de Financiamiento los Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de PromPeru a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratacion de los servicios a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, con el proveedor Viacom Outdoor Ltd., por el periodo comprendido del 24 de octubre de 2004 al 15 de enero de 2005 (sujeto a disponibilidad de espacios publicitarios), a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La Gerencia General de PromPeru queda encargada de remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes tecnico, legal y de presupuesto que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18922

casos, los pagos se canalicen a traves de Empresas del Sistema Financiero; Que resulta conveniente modificar el Decreto Supremo Nº 067-2004-EF, a fin de incluir en sus alcances a las tarjetas de credito emitidas en el exterior por empresas no pertenecientes al Sistema Financiero cuyo objeto principal sea la emision y administracion de tarjetas de credito, asi como a las emitidas por empresas bancarias y financieras no domiciliadas, siempre que los pagos se canalicen a traves de Empresas del Sistema Financiero; Que, asimismo, se considera necesario que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT publique la relacion de todos los Medios de Pago y de las empresas que los emiten, asi como de las Empresas del Sistema Financiero a traves de las cuales se puede operar con ellos, segun corresponda; Que, por otro lado, se debe modificar el reglamento de la Ley Nº 28194, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, a fin de adecuarlo a los cambios a que se hace referencia en los considerandos anteriores e incluir normas que permitan una mejor aplicacion de las disposiciones que dicha ley establece; En uso de las facultades conferidas por el ultimo parrafo del articulo 5º y por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28194 y el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 067-2004-EF por el siguiente texto: "Articulo 1º.- INCLUSION DE OTROS MEDIOS DE PAGO Incluyase como Medios de Pago, para efecto de los supuestos previstos en el articulo 3º de la Ley Nº 28194, a: a) Las tarjetas de credito emitidas en el MORDAZA o en el exterior por empresas no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emision y administracion de tarjetas de credito, siempre que los pagos se canalicen a traves de Empresas del Sistema Financiero en virtud de convenios de recaudacion o cobranza. b) Las tarjetas de credito emitidas en el exterior por empresas bancarias o financieras no domiciliadas, siempre que los pagos se canalicen a traves de Empresas del Sistema Financiero en virtud de convenios de recaudacion o cobranza." Articulo 2º.- Sustituyase el inciso k) del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, por el siguiente texto: "k) Tarjeta de credito: A la que permite a su titular realizar compras y/o retirar efectivo hasta un limite previamente acordado con la empresa que la emitio." Articulo 3º.- Sustituyase el inciso d) del numeral 4.1 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, por el siguiente texto: "d) Empresa del Sistema Financiero que emite el documento o en la que se efectua la operacion, segun corresponda. Tratandose de tarjetas de credito expedidas por empresas no pertenecientes al Sistema Financiero cuyo objeto principal sea la emision y administracion de tarjetas de credito, o por empresas bancarias o financieras no domiciliadas, se debera consignar el nombre de la empresa emisora de la tarjeta y, de ser el caso, el de la Empresa del Sistema Financiero en la que se efectuo el pago". Articulo 4º.- Incorporese al Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, como articulo 4º-A, el siguiente texto: "Articulo 4º-A.- PUBLICACION DE LOS MEDIOS DE PAGO

ECONOMIA Y FINANZAS
Se modifican los DD.SS. Nºs. 047 y 0672004-EF
DECRETO SUPREMO Nº 147-2004-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 5º de la Ley Nº 28194, mediante Decreto Supremo Nº 067-2004-EF se ha incluido como Medio de Pago a las tarjetas de credito expedidas en el MORDAZA por empresas no pertenecientes al Sistema Financiero cuyo objeto principal sea la emision y administracion de tarjetas de credito, asi como a las tarjetas de cargo internacionales emitidas en el exterior siempre que, en ambos

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