Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2004 (12/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2004
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de servidumbre

NORMAS LEGALES
Propietario MORDAZA de terreno

Pag. 276269

31161304 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5800. Ubicacion: distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Este Norte A 285 592,5005 8 661 042,5239 B 285 594,2742 8 661 047,1987 C 285 596,6117 8 661 046,3118 D 285 594,8379 8 661 041,6370

Suelo: Propiedad MORDAZA 12,50 m2 del Estado y aires (via publica)

requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 150-2004-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE : Articulo 1°.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a INVERSIONES MINERAS DEL SUR S.A., que se identificara con codigo N° 33133204, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica para su propio consumo, en las instalaciones de la Central Termica Ishihuinca, con una potencia instalada de 2 200 kW, ubicada en el distrito y provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. Articulo 2°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15757

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15428

Otorgan autorizacion a Inversiones Mineras del Sur S.A. para desarrollar actividad de generacion de energia electrica en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2004-MEM/DM MORDAZA, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica, presentada por INVERSIONES MINERAS DEL SUR S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11450361 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, INVERSIONES MINERAS DEL SUR S.A. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Ishihuinca, existente, con una potencia instalada de 2 200 kW, para su propio consumo, ubicada en el distrito y provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente N° 33133204; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, siendo una central termica existente y en operacion, no resulta necesario que la solicitud de otorgamiento de autorizacion presentada, se encuentre acompanada de la garantia a que se refiere el articulo 66° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los

Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001-MEM Central del Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2004
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 350-2004-MEM/DM MORDAZA, 10 de setiembre de 2004 Visto, el Informe Nº 081-2004-EM/OGA-ABA, de fecha 10 de setiembre de 2004, de la Oficina de Abastecimiento sobre modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001-MEM Central del Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2004; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Ministeriales Nº 026-2004-MEM/ DM, Nº 177-2004-MEM/DM y Nº 284-2004-MEM/DM, se aprobo y modifico, respectivamente, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001MEM Central del Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2004; Que, se han reprogramado las metas consideradas en el Plan de Trabajo Institucional, con respecto a las acciones administrativas que desarrollan cada una de las dependencias de la Unidad Ejecutora 001-MEM Central, las cuales han sido informadas para efectuar las correspondientes programaciones trimestrales; Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Abastecimiento ha planteado la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas, ya que el contenido del Plan modificado debe concordar con los requerimientos de los diferentes organos de la entidad y las programaciones trimestrales a las que se hace referencia precedentemente; De conformidad con lo establecido en los articulos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; el numeral 7, del punto VI de la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM;

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