Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2004 (12/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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la Opinion Nº 040-2004(GTN) del CONSUCODE, dejando sin efecto la aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 4º.- Conferir facultades suficientes para la suscripcion de los Contratos respectivos y por el monto senalado en la presente Resolucion, a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en su calidad de Gerente de la Oficina General de Administracion y Finanzas (e). Articulo 5º.- Disponer que la presente modificacion del Plan Anual sea remitido al CONSUCODE, conforme lo establece el numeral 7. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, asi como a la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa -PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a la aprobacion del mismo. Articulo 6º.- Disponer que la Oficina General de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan estas exoneraciones a la Contraloria General de la Republica y la publique en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, asi como en la pagina Web Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA MORDAZA Director Ejecutivo 16499

Articulo 3º.- Autoricese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Estadistica, adecuar los documentos normativos de gestion, para una correcta aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, PROFESIONALES Y/O DE SERVICIOS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Finalidad: El presente Reglamento regula el tramite para la obtencion, renovacion y cese, en los casos pertinentes, de Licencias Municipales de Funcionamiento que otorga la Municipalidad de La Victoria. Articulo 2º.- Definiciones: 1. LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA: Es la que se otorga en merito al presente reglamento, previo cumplimiento del procedimiento administrativo Municipal para obtenerla. A fin de mantener vigente esta Licencia, debera presentarse anualmente una Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro, de acuerdo al formato establecido en el presente Reglamento. a) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.- Es aquella otorgada a los establecimientos ubicados dentro del distrito que realicen actividades que por su naturaleza requieran de una implementacion especial y espacios adecuados y que por sus horarios o por seguridad del personal que labora o publico que se atienda, requieran de una inspeccion previa para obtener el Certificado de Conformidad de Establecimiento, como requisito para obtener la Licencia de Funcionamiento, se enmarcan en este procedimiento los establecimientos en los que se desarrollen actividades tales como: Industrias, Talleres, Grifos, Venta de Gas, Mercados, Galerias, Centros de Ensenanza en general, Hoteles, Hostales, Centros de Hospedaje, Salones de Baile, Discotecas, Salones de Recepcion, Penas, Restaurantes, Videos pub, MORDAZA de espectaculos, MORDAZA de juegos, Tragamonedas, Casinos, Gimnasios, y en general todas aquellas actividades que requieran de autorizacion sectorial. En este caso la solicitud no se considerada aceptada desde el dia de su MORDAZA en la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria, teniendo la Municipalidad Distrital de La MORDAZA treinta (30) dias para emitir pronunciamiento, este plazo se interrumpira con la notificacion al recurrente de alguna observacion por subsanar. b) LICENCIA AUTOMATICA DE FUNCIONAMIENTO.Aquella otorgada en forma Automatica a los establecimientos ubicados en el distrito que no se encuentren comprendidos en el inciso anterior, para los cuales la inspeccion por el Certificado de Conformidad de Establecimiento, se realizara con posterioridad a la expedicion de la Licencia de Funcionamiento, con el condicionante de que si en la inspeccion posterior, se detectase, que lo declarado no corresponde a lo real, que se pone en peligro al personal que labora o al publico que se atiende, se causa molestias al vecindario, se atenta contra la moral y las buenas costumbres o se deteriora el ornato del distrito, dicha Licencia sera anulada automaticamente, la que sera comunicada con la Resolucion pertinente. 2. LICENCIA PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO.Aquella otorgada al MORDAZA de la Ley Nº 28015 ­ Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa y su Reglamento D.S. Nº 09-2003-TR, con una duracion

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Reglamento para el otorgamiento de Licencia Municipal de Funcionamiento a Establecimientos Comerciales, Industriales, Profesionales y/o de Servicios
ORDENANZA Nº 033-04-MDLV La MORDAZA, 9 de setiembre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 28 de agosto del 2004, en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con las opiniones tecnico ­ legal de la Direccion de Rentas y Direccion de Asesoria Juridica y los Dictamenes de las Comisiones Permanentes de Regidores de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, respectivamente, aprobo por Unanimidad, con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, PROFESIONALES Y/O DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento para el Otorgamiento de Licencia Municipal de Funcionamiento a Establcimientos Comerciales, Industriales, Profesionales y/o de Servicios que consta de cinco Titulos, cuarenta Articulos, tres Disposiciones Complementarias, tres Disposiciones Finales y Transitorias y dos Anexos, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Prohibase dentro del distrito el funcionamiento de Establecimientos con los siguientes giros: Prostibulos, MORDAZA de Cita, Salones de Masajes y Boites, debido a que el distrito no cuenta con zonas adecuadas para esos giros.

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