Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2004 (12/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2004

CAPITULO VI DE LA VACANCIA DEL MANDATO Articulo 38º.- La condicion de representante de la sociedad civil ante el CCL se pierde por vacancia o por revocatoria. Articulo 39º.- Son causales de vacancia del cargo de representante de la sociedad civil ante el CCL: 1. Renuncia expresa al cargo. 2. Fallecimiento. 3. Incapacidad fisica o mental permanente, debidamente acreditada con arreglo a Ley. 4. Condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. 5. Haber sido cesado como delegado por la Organizacion a la cual representaba al momento de su eleccion. 6. Dejar de residir en el distrito de manera injustificada por mas de 90 dias continuos en el periodo de un ano. Articulo 40º.- Corresponde al CCL declarar la vacancia del representante y admitir al suplente al seno del Consejo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Por unica vez y en un plazo no mayor a treinta (30) dias de publicada la presente Ordenanza, el MORDAZA convocara a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el CCL. El plazo para las elecciones no excedera de treinta (30) dias de realizada la convocatoria. Segunda.- El Departamento de Participacion Vecinal y Promocion Social abrira el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de MORDAZA MORDAZA al dia siguiente de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Tercera.- Mediante Decreto de Alcaldia, el MORDAZA dictara las disposiciones complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Cuarta.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Quinta.- Encarguese a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto incluir en el MORDAZA un procedimiento denominado REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE MORDAZA MORDAZA de acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 16509

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-2004-MDPP MORDAZA MORDAZA, 30 de junio de 2004

pendiente de resolver el recurso de revision interpuesto ante el CONSUCODE por la Empresa Consorcio Niisa Corporation S.A. contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDPP; siendo el caso, que hasta la fecha, se mantiene pendiente de resolver el mismo y en almacen solo existe provision hasta el 11 de MORDAZA del 2004 por lo que se requiere de 177,450 unidades que solo abasteceria por 30 dias; Que, estando comprobado el peligro inminente de desabastecer el insumo de la leche evaporada entera, y el mismo que iria en perjuicio directo de los MORDAZA de beneficiarios del programa de apoyo alimentario social, entre los cuales se encuentran ninos y ancianos en estado de extrema pobreza de nuestro distrito, es que se dan las condiciones materiales para una declaracion de situacion de urgencia, para poder continuar con la prestacion del servicio del Programa del Vaso de Leche en el distrito; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por situacion de urgencia se considera aquella en que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios un obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse el supuesto senalado en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, dicha exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo en caso de Gobiernos Locales; Que, el Articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas. Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la precitada Ley; Que, el Pleno del Concejo, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27444, y contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion de la fecha; SE ACORDO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de junio del 2004, sobre la Declaratoria de Urgencia de la adquisicion del Insumo de Leche Evaporada Entera, y el Oficio Nº E-615-2004-(GTN/MON) del Concejo Superior de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado (CONSUCODE), sobre el valor referencial objeto de la exoneracion. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2004-MDPP, se declaro en Situacion de Urgencia, por el termino de 30 dias habiles, la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, siendo uno de ellos el de la Leche Evaporada Entera. Debido a que se encuentra Articulo Primero.- DECLARAR LA PRORROGA DE LA SITUACION DE URGENCIA, por un plazo de 30 dias habiles de la adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, que constituira de Leche Evaporada Entera x 410 gramos en cantidad de 177,450 unidades, con cargo a los recursos del Programa del Vaso de Leche. Articulo Segundo.- EXONERESE del MORDAZA de Seleccion correspondiente autorizandose la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia de acuerdo a lo preceptuado por el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 013-2001-PCM, encargandose de realizar el MORDAZA de seleccion MORDAZA senalado al Comite Especial Permanente.

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