Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2005 (30/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CAPITULO XI

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

DE LOS ASPECTOS DE LA EVALUACION Articulo 39º.- De los aspectos, puntajes y coeficientes En cada fase del Concurso, la evaluacion se efectuara teniendo en cuenta los siguientes aspectos, puntajes y coeficientes:
Nº ASPECTOS I Prueba de conocimientos y aptitudes: a) Teorico (Examen escrito) b) Practico (Presentacion y Sustentacion oral del PEI) Antecedentes profesionales Desempeno laboral Meritos PUNTAJE COEFI- PUNTAJE PARCIAL CIENTE TOTA L 100 a) 70 b) 30 100 60 40 2 200

Articulo 45º.- De la publicacion de los resultados de la prueba escrita de conocimientos y aptitudes La publicacion de los resultados de la parte teorica de la prueba de conocimientos y aptitudes sera efectuada luego de culminada la aplicacion de la prueba escrita, a traves de los paneles informativos en cada una de las Unidades de Gestion Educativa Local. Si el postulante observara irregularidades podra, dentro de las 24 horas de publicados los resultados, presentar su reclamo ante el Comite de Evaluacion, el que debera resolver dentro de las 48 horas siguientes. Posteriormente, de acuerdo al cronograma, se publicara los resultados de la prueba de conocimientos y aptitudes, especificando la parte teorica y la parte practica. CAPITULO XIII EVALUACION DE ANTECEDENTES PROFESIONALES, DESEMPENO LABORAL Y MERITOS Articulo 46º.- De la evaluacion de los antecedentes profesionales, desempeno laboral y meritos El Comite de Evaluacion, luego de publicados los resultados de la prueba de conocimientos y aptitudes procedera a la evaluacion de los antecedentes profesionales, desempeno laboral y meritos. Para tal efecto realizara las siguientes acciones: - Analizara el expediente documentado del postulante sobre sus antecedentes profesionales, documentacion que debera ser legalizada o fedateada por la UGEL al que corresponde. - Analizara el informe escalafonario, el mismo que debe contener informacion laboral del servidor, con indicacion de: a. Nivel Magisterial b. Tiempo de servicios al Magisterio c. Tiempo de servicios en el ultimo cargo d. Cargos desempenados e. Meritos y demeritos - Registrara el Informe de desempeno laboral emitido por el jefe inmediato superior del postulante. Articulo 47º.- De la evaluacion de los antecedentes profesionales, desempeno laboral y meritos La evaluacion de los antecedentes profesionales, desempeno laboral y meritos se realizara de acuerdo con los aspectos, criterios, indicadores y puntajes que el Ministerio de Educacion apruebe. CAPITULO XIV DEL CUADRO DE MERITOS Articulo 48º.- Del cuadro de meritos en cada fase En cada fase, el cuadro de meritos es elaborado y publicado por el Comite de Evaluacion, indicando el puntaje final alcanzado en cada Institucion Educativa, en orden descendente de mayor a menor puntaje, el mismo que debe ser suscrito por los integrantes del comite. Articulo 49º.- Del postulante con discapacidad El docente postulante con discapacidad, debidamente acreditado con la MORDAZA de registro ante el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad -CONADIS, sera bonificado con el 15% adicional aplicado sobre el puntaje final aprobatorio que hubiere alcanzado, de acuerdo a la Ley Nº 27050, modificada por la Ley Nº 28164. Articulo 50º.- De los criterios para declarar ganador en caso de igualdad de puntaje final En caso de igualdad en el puntaje final, entre dos o mas postulantes, el Comite de Evaluacion declarara ganador al postulante que posea, en orden de prioridad y en forma excluyente:

II III IV

1 1 1

100 60 40

Articulo 40º.- Del puntaje minimo necesario En cada fase, el ganador del concurso es el postulante que MORDAZA obtenido el mayor puntaje, siendo 65 puntos el puntaje minimo necesario para tener opcion a la plaza concursada, el que resulta de dividir el puntaje acumulado de los aspectos senalados entre cuatro, segun el articulo anterior. CAPITULO XII DE LA PRUEBA DE CONOCIMIENTOS Y APTITUDES Articulo 41º.- De la elaboracion, aplicacion y calificacion de la prueba de conocimientos y aptitudes La prueba de conocimientos y aptitudes, comprende una evaluacion teorica que se efectuara a traves del examen escrito y otra practica, que se efectuara a traves de la MORDAZA y sustentacion de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional de la institucion a la que postula. La elaboracion de la parte teorica de la prueba de conocimientos y aptitudes se sujetara a lo dispuesto en el articulo 13º, inciso b) del presente reglamento. La aplicacion, calificacion y publicacion de los resultados de la prueba de conocimientos y aptitudes sera de responsabilidad del Comite de Evaluacion de cada Unidad de Gestion Educativa Local. Articulo 42º .- De la sustentacion de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional La sustentacion de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional se realizara, luego de publicado los resultados de la parte teorica de la prueba de conocimientos y aptitudes. Consistira en una exposicion oral ante el Comite de Evaluacion de acuerdo a un cronograma establecido. Articulo 43º .- De la apertura del sobre lacrado con la prueba de conocimientos y aptitudes La parte teorica de la prueba de conocimientos y aptitudes remitido por la Direccion Regional de Educacion en un sobre lacrado, se aperturara en presencia del Notario Publico o Juez de Paz Letrado y los observadores si los hubiera, levantando el acta correspondiente con la firma de todos los presentes. Articulo 44º.- De la prohibicion de abandono del recinto por el personal que tiene conocimiento de la prueba Desde la apertura del sobre para la aplicacion de la parte teorica de la prueba de conocimientos y aptitudes, el Comite de Evaluacion se declarara en sesion permanente, no pudiendo salir del recinto hasta la culminacion y calificacion correspondiente. De igual manera, los observadores que tengan conocimiento de la prueba no podran abandonar el recinto por razones de estricta seguridad y transparencia del proceso.

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