Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2005 (30/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0979-2005-IN MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

cado por el Decreto Ley Nº 17667 y estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:

Visto, el Oficio Nº 252-2005-IN-1201 del 18 de MORDAZA del 2005, mediante el cual el Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior solicita expedicion de Resolucion Autoritativa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto e informe legal respectivo, el Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior solicita la autorizacion via Resolucion Ministerial para iniciar acciones legales contra el magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Mixto (s) de la provincia de Utcubamba, los vocales Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINDES y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA integrantes de la Sala Mixta Descentralizada de Utcubamba-Amazonas; Que, de la documentacion remitida por la Procuraduria Publica, se evidencia que en primer lugar el Juez Mixto MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha admitido a tramite una demanda de accion de cumplimiento promovida por el Capitan PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Ministerio del Interior y la Policia Nacional del Peru, en merito al silencio administrativo positivo, cuando ello no opera en los recursos administrativos; Que, asimismo se advierte que no se ha cumplido con el requisito formal de la notificacion notarial en el plazo de 15 dias; consecuentemente se ha incurrido en causal de nulidad y se ha transgredido la garantia del debido MORDAZA establecido en el numeral 3 del articulo 139º de la Constitucion Politica con el agravante que al emitir sentencia se declaro fundada la demanda de accion de cumplimiento, ordenando que se emita Resolucion Administrativa que disponga: a) el reconocimiento de 30 anos y 11 dias de tiempo de servicios prestados a la Policia Nacional del Peru, b) se le otorgue la nivelacion de su pension integrada por grado, abonandosele una pension mensual inherente a la de un Capitan PNP pasado a retiro por renovacion, c) el pago de sus devengados pertinentes desde el mes de febrero del 1987, d) el otorgamiento de sus demas beneficios no pensionables equivalentes a las bonificaciones mensuales que corresponden a un MORDAZA General PNP en actividad, por conceptos de asignacion de combustible y otras asignaciones desde el mes de febrero de 1987 hasta la fecha de efectivizacion del pago con intereses respectivos, y e) se le otorgue la indemnizacion correspondiente desde la fecha de retiro a la fecha de efectivizacion del pago; todo ello sin ningun sustento legal y atentando contra los intereses economicos del Estado; Que, por otro lado la Sala Mixta Descentralizada de Utcubamba de la Corte Superior de Amazonas lejos de declarar la nulidad del MORDAZA, totalmente viciado e ilegal, sin merituar los fundamentos del recurso de apelacion y los medios probatorios, simplemente se ha limitado a confirmar la sentencia emitida por el Juzgado Mixto; consecuentemente tambien serian responsables de la trasgresion de las garantias del debido MORDAZA y vulneracion de los derechos e intereses del Estado; Que, a fin de efectivizar la defensa del Estado frente a resoluciones judiciales emitidas trasgrediendo flagrantemente el debido MORDAZA y que atentan contra sus intereses economicos, en aplicacion supletoria prevista en el articulo IX del Titulo Preliminar del Codigo Procesal Constitucional aprobado por Ley Nº 28237, es pertinente ejercer la accion del Estado conforme al articulo 178º del Codigo Procesal Civil mediante la nulidad de cosa juzgada fraudulenta asi como ejercer las acciones legales de toda indole en defensa de los intereses del Estado contra los magistrados que han emitido dichas sentencias en perjuicio economico del Estado asi como contra el accionante; Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 17537 "Ley de Defensa Judicial del Estado en Juicio" modifi-

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en representacion del Estado inicie, prosiga y culmine, los procesos constitucionales y las acciones civiles, penales y administrativas que correspondan contra el Estado - Poder Judicial y contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Mixto (s) de la provincia de Utcubamba, los vocales MORDAZA Alber to MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINDES y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA integrantes de la Sala Mixta Descentralizada de Utcubamba de la Corte Superior de Justicia de Amazonas; el Capitan PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros a que MORDAZA lugar derivado de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y actuados administrativos a la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 08310

JUSTICIA
Aceptan renuncia y designan Superintendente Adjunto de la SUNARP
RESOLUCION SUPREMA Nº 111-2005-JUS MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 369-2001JUS, de fecha 21 de agosto de 2001, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krenz como Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo; y, De conformidad con el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 26366; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krenz, como Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 08344 RESOLUCION SUPREMA Nº 112-2005-JUS MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2005

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