Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2005 (30/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Derecho de Vigencia y Desarrollo remitio la relacion de los derechos mineros que no cumplieron con el pago de penalidad correspondiente a los anos 2003 y 2004, precisando ademas que los derechos mineros MORDAZA UNO codigo 06003992X01, MORDAZA codigo 06000887X01, MORDAZA MORDAZA codigo 010317993, COBRIZA codigo 06000494Y01, DEVORADORA 2 codigo 10011597X01, R.R.7 codigo 010319493, MORDAZA 78 codigo 11022121X01 y SALUSTIA 6TA codigo 06007286X01, no cumplieron con el pago de penalidad correspondiente a los anos 2002 y 2003, los cuales fueron incluidos en los listados de derechos cuyos titulares no cumplieron o pagaron de menos la penalidad de los indicados anos; Que, adicionalmente en el Informe de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo senala que los derechos mineros MORDAZA Nº 3 codigo 04013025X01, MORDAZA DE LOTO codigo 11025799X01, LA MORDAZA codigo 13000026Y01, MORDAZA codigo 17000184X01, MORDAZA MORDAZA codigo 15006721X01 y MERCEDES-2-L codigo 11025231X01, no cumplieron con el pago por el concepto de vigencia correspondiente a los anos 2003 y 2004, los mismos que fueron incluidos en los listados de derechos cuyos titulares no cumplieron o pagaron de menos la vigencia de los indicados anos; Que, en consecuencia, se debe declarar colectivamente la caducidad de los derechos mineros que no cumplieron con el pago oportuno de la Penalidad correspondiente a los anos 2002-2003, 2003-2004; y la caducidad de los derechos mineros que no cumplieron con el pago oportuno del Derecho de Vigencia correspondiente a los anos 2003-2004, segun corresponda, en atencion a lo prescrito en el articulo 96º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 66º y 105º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, el articulo 102º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el Decreto Supremo Nº 0102002-EM y el articulo 4º inciso b) del Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del INACC; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno de la penalidad correspondiente a los anos 2002 y 2003 de los derechos mineros MORDAZA UNO codigo 06003992X01, MORDAZA codigo 06000887X01, MORDAZA MORDAZA codigo 010317993, COBRIZA codigo 06000494Y01, DEVORADORA 2 codigo 10011597X01, R.R.7 codigo 010319493, MORDAZA 78 codigo 11022121X01 y SALUSTIA 6TA codigo 06007286X01. Articulo 2º.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno de la Penalidad correspondiente a los anos 2003 y 2004 de 77 (setenta y siete) derechos mineros; cuya relacion en anexo adjunto se detallan, el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar la caducidad por el no pago oportuno de la vigencia correspondiente a los anos 2003 y 2004 de los derechos mineros MORDAZA Nº 3 codigo 04013025X01, MORDAZA DE LOTO codigo 11025799X01, LA MORDAZA codigo 13000026Y01, MORDAZA codigo 17000184X01, MORDAZA MORDAZA codigo 15006721X01 y MERCEDES-2-L codigo 11025231X01. Articulo 4º.- Pongase a disposicion de los usuarios la relacion de derechos mineros indicada en el articulo MORDAZA, a la que se podra acceder en la Sede Central del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en sus Organos Desconcentrados y en la pagina web de la institucion (www.inacc.gob.pe). Articulo 5º.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolucion, remitase a la Superintendencia

Nacional de los Registros Publicos para su inscripcion; a la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo, para que se anexe a los respectivos expedientes; y, a la Direccion General de Catastro Minero, para los fines a que se contrae la Ley Nº 26615. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 08170

INDECOPI
Aprueban diversas Normas Tecnicas Peruanas y dejan sin efecto otras referidas a mantequilla y azucar
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0033-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 31 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Leche y Productos Lacteos, b) Paletizadores, c) Frenos, Embragues y sus Partes, d) Envase y Embalaje. Envases de Plasticos Flexibles utilizados en Alimentos, e) Explosivos y Accesorios de Voladura y f) MORDAZA y sus Derivados, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Leche y Productos Lacteos, 1 PNTP, el 19 de octubre del 2004. b) Paletizadores, 1 PNTP, el 29 de octubre del 2004. c) Frenos, Embragues y sus Partes, 1 PNTP, el 3 de noviembre del 2004. d) Envase y Embalaje. Envases de Plasticos Flexibles utilizados en Alimentos, 4 PNTP, el 5 de noviembre del 2004. e) Explosivos y Accesorios de Voladura, 5 PNTP, el 15 de noviembre del 2004. f) MORDAZA y sus Derivados, 4 PNTP, el 16 de noviembre del 2004. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Ordinario, y sometidos a Discusion

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