Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2005 (30/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

Pag. 291860

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2005

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Modifican articulos de la Ordenanza Nº 138/MDS referente al pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 141/MDS Surquillo, 28 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha y en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; y con dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente Ordenanza: APRUEBAN ORDENANZA QUE MODIFICA ARTICULOS DE LA ORDENANZA Nº 138/MDS Articulo 1º.- Sustituyase el Articulo 1º de la Ordenanza, por el texto siguiente: "Articulo 1º.- PRORROGUESE hasta el 16 de MORDAZA del 2005 la fecha de vencimiento de la MORDAZA cuota de los Arbitrios Municipales correspondiente al presente ano." Articulo 2º.- Sustituyase el Articulo 2º de la Ordenanza, por el texto siguiente: "Articulo 2º.- Los contribuyentes gozaran de los mismos beneficios y facilidades otorgadas a quienes hicieron efectivas sus obligaciones tributarias durante los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA del presente ano." Articulo 3º.- Sustituyase el primer parrafo del Articulo 3º de la Ordenanza, por el texto siguiente: "Articulo 3º.- Los contribuyentes que se acojan a lo senalado en el articulo primero de la presente Ordenanzas, cancelando HASTA LA MORDAZA CUOTA de los Arbitrios Municipales del ano 2005, ADICIONALMENTE tendran los siguientes beneficios." POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08319

quillo y recaudar los ingresos municipales por concepto de Impuesto Predial, Tasas de Arbitrios Municipales y Multas Tributarias; Que, de la revision del sistema de informacion de esta administracion, se aprecia que existe un sector de contribuyentes que no cumplen con el pago de sus obligaciones tributarias dentro de los plazos legalmente establecidos; Que, a fin de disminuir la morosidad y con la finalidad de crear un riesgo efectivo sobre el sector de contribuyentes que no cumplen regularmente con sus obligaciones tributarias, se ha visto por conveniente publicar periodicamente, en las Centrales de Riesgo y en Entidades del Sistema Financiero Nacional, una relacion de los mismos; En el uso de las facultades conferidas por los Arts. 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; el D.S. Nº 135-99-EF, TUO del Codigo Tributario, con el MORDAZA del numero legal de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, se aprobo lo siguiente: Articulo Unico.- Apruebese el "Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo", que como anexo forma parte del siguiente Proyecto de Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGIMEN DEL CONTRIBUYENTE DE ALTO RIESGO Articulo 1º.- DEL REGIMEN El "Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo" comprende a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Surquillo cuya deuda tributaria es recaudada por la Gerencia de Rentas, y no han cumplido oportuna y regularmente con el pago de sus obligaciones tributarias dentro de los plazos legalmente establecidos. El regimen comprende un directorio que incorpora y excluye contribuyentes segun los criterios establecidos en los articulos siguientes. Articulo 2º.- DEFINICIONES Para los efectos de la presente Ordenanza se entendera: Deuda Tributaria.- La deuda tributaria que esta constituida por el Impuesto al Valor del Patrimonio Predial, factor de reajuste e intereses. En ningun caso comprende las costas y gastos ocasionados dentro del Procedimiento de Cobranza Coactiva. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria. Regimen.- Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo. Articulo 3º.- DE LOS OBJETIVOS El "Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo" esta orientado a: a) Establecer un Directorio abierto de los "Contribuyentes de Alto Riesgo" en la pagina web www.munisurquillo.gob.pe, asi como poner en conocimiento periodicamente a las Entidades del Sistema Financiero Nacional y las Centrales de Riesgo, sobre la morosidad de estos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. b) Establecer las condiciones para la formacion de una cultura tributaria que sea reconocida por los administrados y publico en general. Articulo 4º.- DE LOS CRITERIOS DE INCORPORACION Para ser considerado "Contribuyente de Alto Riesgo", se deben presentar en forma conjunta las siguientes condiciones: a) La deuda tributaria debe encontrarse dentro del Procedimiento de Cobranza Coactiva.

Aprueban el Regimen del Contribuyente de Alto Riesgo
ORDENANZA Nº 142/MDS Surquillo, 28 de MORDAZA del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo; en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, es funcion de la Gerencia de Rentas promover la politica tributaria de la Municipalidad Distrital de Sur-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.