Norma Legal Oficial del día 08 de Agosto del año 2005 (08/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 8 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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tos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13839

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la suscripcion por un ano al servicio Full Coverage Global Banks
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 097-2005 VISTOS: El Informe Tecnico Nº H110-YA-2005-061 de 7 de MORDAZA de 2005, emitido por el Departamento de Analisis de MORDAZA y Programacion de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en el que se concluye que la empresa Fitch Information Inc. es el unico proveedor que en forma oportuna y confiable puede proporcionar informacion de sus propios calificativos de riesgo asignados a instituciones bancarias del exterior donde se invierte, asi como informes de los estados financieros de estas. El Informe Nº K000-IA-2005-083 del 25 de MORDAZA de 2005, emitido por la Oficina Legal, en el que se opina que la suscripcion a la informacion que sobre riesgos provee la citada empresa debe efectuarse mediante acciones directas, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto y la empresa Fitch Information Inc. se presenta como proveedor unico. CONSIDERANDO QUE: En el informe tecnico del exordio se senala que una de las funciones asociadas a la administracion de las reservas internacionales, consiste en analizar la situacion financiera de los bancos del exterior en los que estan invertidas dichas reservas, asi como realizar un seguimiento oportuno del riesgo de credito de dichas instituciones, con el fin de garantizar la preservacion de los fondos invertidos. En el mismo informe se indica que es necesario suscribirse por el periodo de un ano al servicio de calificacion de riesgos denominado "Full Coverage Global Banks", que presta la empresa Fitch Information Inc., a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de corresponsalia y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito. El servicio Full Coverage Global Banks es una herramienta indispensable para el manejo de las reservas internacionales, toda vez que permite disponer de los estados financieros y los calificativos de riesgos que se le asigna a cada institucion bancaria en la que se invierte, con la opinion y analisis que sustentan los mismos; incluyendo ademas alertas diarias sobre la evolucion futura de los bancos y la probable modificacion de sus calificativos. Asimismo, el Banco utiliza los calificativos de esta empresa en la elaboracion de la Lista de Bancos de Primera Categoria requerida por el articulo 216º de la Ley Nº 26702. Se indica ademas en el informe tecnico que Fitch Information Inc. es una organizacion especializada en el analisis de riesgo de instituciones bancarias a nivel mundial y es el unico que en forma oportuna y confiable puede proporcionar sus propios calificativos e informes.

En el Informe Legal se deja establecido que el MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones de bienes o las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico. En concordancia con la precitada MORDAZA, el articulo 144º de su Reglamento, dispone que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor, la entidad podra contratar directamente, precisando que se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Conforme al articulo 20º de la misma Ley, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y de los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision u adopcion. Adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. Segun lo indicado por la Oficina legal los motivos expuestos precedentemente, permiten concluir que el servicio que se requiere contratar no admite sustituto y es brindado por un unico proveedor, toda vez que consiste en calificativos de riesgos e informes sobre el estado financiero de determinada institucion que emana de un analisis particular, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratacion ascendente a US$ 45 370,50, incluido tributos, determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa publica, atendiendo a los montos aprobados por el Directorio para el presente ejercicio presupuestal, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 11º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 146º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la presente exoneracion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa publica la suscripcion por un ano al servicio Full Coverage Global Banks, por cuanto este no admite sustituto y la empresa Fitch Information Inc. es proveedor unico del mismo. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio MORDAZA indicado con la empresa Fitch Information Inc., por el periodo de un ano y por el valor referencial de US$ 45 370,50, incluido tributos, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de esta institucion. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los informes que sustentan la exone-

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