Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2005 (07/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion de fecha 24 de noviembre de 2005, acordo por unanimidad, declarar que el titulo de Juez Especializado en lo Penal de Sullana, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado vigencia; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el titulo de Juez Especializado en lo Penal de Sullana, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado vigencia. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 20656

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 20657

CONTRALORIA GENERAL
Designan sociedades de auditoria para examinar estados financieros, informacion presupuestaria, aspectos operativos y gestion de diversas entidades
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 508-2005-CG
MORDAZA, 5 de diciembre de 2005 Visto, el Informe Nº 006-2005-CG/CE-SOA de la Comision Especial de Designacion de Sociedades de Auditoria, constituida por Resolucion de Contraloria No 4902005-CG de 11.Nov.2005, encargada de la evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas en el Concurso Publico de Meritos Nº 05-2005-CG para la Designacion de Auditorias Externas; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloria General de la Republica, mediante publicaciones efectuadas en el Diario Oficial El Peruano los dias 3 y 4 de noviembre de 2005, convoco al Concurso Publico de Meritos Nº 052005-CG, a fin de designar Sociedades de Auditoria Externa para auditar los estados financieros, examen especial a la informacion presupuestaria, aspectos operativos y auditoria de gestion, correspondiente a veinte (20) entidades que solicitaron la ejecucion de estos servicios; habiendose adquirido ciento trece (113) bases para el total de las entidades; Que, en la recepcion y apertura de propuestas tecnicas, participaron cincuenta (50) postores, de los cuales cuarenta y cuatro (44) son Sociedades de Auditoria en forma individual y seis (6) Sociedades de Auditoria en forma asociada, entre los cuales presentaron noventa y cinco (95) propuestas tecnicas y economicas (sobres "A" y "B") para la ejecucion de auditorias externas a veinte (20) entidades publicas; Que, de la evaluacion y calificacion efectuada a las noventa y cinco (95) propuestas admitidas, se han declarado ganadores a quince (15) de ellas para igual numero de entidades, correspondiente a once (11) Sociedades de Auditoria en forma individual y tres (3) Sociedades de Auditoria en forma asociada; Que, conforme al documento visto, se ha declarado desierto el Concurso Publico de Meritos, por primera vez, respecto de cinco (5) entidades; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Capitulo IV Evaluacion y Calificacion de Propuestas del Titulo III Concurso Publico de Meritos, y los articulos 42º y 47º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG; y, En uso de las atribuciones derivadas de los articulos 20º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar las Sociedades de Auditoria para realizar las auditorias a los estados financieros, examen especial a la informacion presupuestaria, aspectos operativos y auditoria de gestion, correspondiente a quince (15) entidades, que a continuacion se indican:

Reincorporan a magistrado en el cargo de Fiscal Superior Penal de La MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1148 -2005-CNM
MORDAZA, 30 de noviembre de 2005 VISTO: La Resolucion Nº 12, de fecha 18 de noviembre de 2005, expedido por el Juez del Vigesimo Setimo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion Nº 9, de fecha 9 de junio de 2005, declaro fundada en parte la accion de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente Nº 55908-2004-27 JECL, respecto al extremo en el que solicita se deje sin efecto la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 058-2004-CNM, de fecha 7 de febrero de 2004, en la parte que resuelve no ratificarlo; en consecuencia, ordena su restitucion en el cargo de Fiscal Superior Penal de La MORDAZA, a efectos que el Consejo Nacional de la Magistratura, restituya el MORDAZA de evaluacion y ratificacion del demandante, al estado previo del senalamiento de fecha para su entrevista personal; Que, el Juez del Vigesimo Setimo Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante Resolucion Nº 12, de fecha 18 de noviembre de 200, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura para que se cumpla con lo ordenado en la sentencia; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de fecha 24 de noviembre de 2005, acordo por unanimidad, reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Fiscal Superior Penal de La MORDAZA, entre otros; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Fiscal Superior Penal de La Libertad. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines.

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