Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2005 (07/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2005

a. Las Oficinas Sectoriales de Estadistica (OSE) y demas Oficinas de Estadistica de los Ministerios, Organismos Centrales, Instituciones Publicas Descentralizadas y Empresas del Estado. b. Los organos de estadistica de los Gobiernos Regionales y de los Sectores en dicho nivel. c. Los organos de estadistica de los Gobiernos Locales. d. Los organos de estadistica de los Poderes Publicos y de los Organismos Autonomos. III. BASE LEGAL · Decreto Legislativo Nº 604: "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". · Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. · Decreto Supremo Nº 046-2002-PCM, que aprueba la Politica Nacional de Estadistica del Sistema Estadistico Nacional para el mediano plazo 2002-2006. · Resolucion Ministerial Nº 084-2001-EF/10 que aprueba la directiva para la Formulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multinanuales y los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2002 - 2006 · Resolucion Directoral Nº 004-2003-EF-68.01, que aprueba la Directiva Nº 003-2003-EF/68 01 "Directiva para la reformulacion de los Planes Estrategicos Institucionales, para el periodo 2004-2006". · Art. 71º, Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. IV. MORDAZA CONCEPTUAL DEL PLAN ESTADISTICO NACIONAL 4.1 Objetivos del Plan Estadistico Nacional a. Satisfacer las necesidades de informacion estadistica. b. Propiciar que las estadisticas se desarrollen en forma integrada, coordinada y racionalizada. c. Mejorar el conocimiento de la produccion estadistica. 4.2 Objetivos Generales de la Politica Nacional de Estadistica (PNE) del SEN para el mediano plazo 20022006 a. Producir informacion estadistica util, oportuna y confiable. b. Actualizar e innovar metodologias y generar investigaciones analiticas. c. Facilitar y mejorar el acceso de los usuarios a la informacion estadistica que produce el SEN. d. Orientar esfuerzos para el fortalecimiento institucional del SEN. e. Fomentar la cultura estadistica de usuarios y proveedores de informacion para mejorar el uso de las estadisticas y facilitar los procesos de obtencion de la informacion. V. DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECIFICAS 5.1 Consideraciones generales para la programacion de las actividades o proyectos estadisticos institucionales a. Enunciar las actividades estadisticas en el MORDAZA de su mision institucional y de sus planes operativos aprobados. b. Priorizar las actividades estadisticas. c. Contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Politica Nacional de Estadistica. d. Incluir las actividades estadisticas no concluidas en el EF 2005 que requieren continuidad. e. Incluir las actividades estadisticas coyunturales y estructurales, resultado de convenios suscritos o compromisos contraidos con organismos internacionales. f. Especificar en la programacion de metas, unidades de medida cuantificables. g. Excluir las actividades tecnico-administrativas, propias de los Planes Operativos Institucionales. 5.2 Etapas de la formulacion de los Planes Estadisticos Institucionales (PEI)

5.2.1 Recopilacion de la informacion a. Las entidades integrantes del SEN ingresaran la Programacion de Actividades y Proyectos Estadisticos respectivos, en el Sistema del Plan Estadistico Nacional (SISPEN) para el ano 2006, que se encuentra en la pagina web del INEI (http://www.inei.gob.pe/SISPEN), de acuerdo al esquema del Anexo 01. b. Los planes estadisticos sectoriales se formularan en coordinacion con las instituciones y organismos que forman parte del sector, en el nivel central. c. Las OSE de los Ministerios o quien haga sus veces, emitiran las directivas necesarias para las Direcciones Regionales Sectoriales, con el proposito de mantener uniformidad y coherencia en la programacion de las operaciones y/o proyectos estadisticos. d. En el nivel regional, las ODEI del INEI, son las responsables de coordinar y orientar a los organos estadisticos regionales y locales, la formulacion de los planes estadisticos regionales y locales, asi como elevarlo a la Presidencia del Gobierno Regional para la aprobacion oficial. 5.2.2 Evaluacion de la informacion a) A nivel sectorial Corresponde a las OSE o quien haga sus veces, evaluar la informacion de su sector a nivel nacional, ingresada en el SISPEN. El SISPEN le facilitara el acceso a la informacion sectorial. b) A nivel nacional El INEI, a traves de sus organos de linea, evaluara la informacion ingresada al SISPEN, con respecto a la clasificacion por actividad economica o tema de las actividades y/o proyectos estadisticos. 5.3 Aprobacion de los PEI a. Los PEI, a propuesta del organo estadistico correspondiente, deberan estar necesariamente considerados en los Planes Operativos Institucionales (POI), el mismo que debe contar con la aprobacion de la MORDAZA autoridad institucional. b. El PEN sera aprobado mediante Resolucion Jefatural del INEI. 5.4 De la Evaluacion de los Planes Estadisticos Institucionales a. La fase de evaluacion de los planes estadisticos, permite conocer el avance y los resultados de la gestion de los organos estadisticos, mediante el analisis comparativo de MORDAZA cuantitativo de la meta ejecutada en relacion a la meta programada. b. Los organos estadisticos integrantes del SEN son responsables del seguimiento y evaluacion de los objetivos y metas consideradas en la programacion de sus actividades o proyectos estadisticos, debiendo informar sobre los resultados al INEI. c. La evaluacion del PEN del ano 2006 sera trimestral a traves del SISPEN. De ser necesario las entidades podran informar sobre las acciones tomadas en casos particulares. VI. CRONOGRAMA
ACCIONES
I. FORMULACION DEL PEN 1. Recopilacion 2. Evaluacion a. Sectorial b. Tematica 3. Publicacion del PEN II. EVALUACION DEL PEN 1. Informe del avance trimestral en SISPEN 2. Evaluacion a nivel Sector, en el SISPEN 3. Divulgacion Informe de Evaluacion Entidades del SEN OSE o quien haga sus veces INEI Hasta 15 dias si-guientes al trimestre que se evalua Hasta 30 dias siguientes al trimestre que se evalua Hasta 45 dias siguientes al trimestre que se evalua OSE o quien haga sus veces INEI INEI 30 Enero 2006 16 Febrero 2006 Primera quincena Marzo 2006 Entidades del SEN 12 Dic. 2005 - 16 Enero 2006

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