Norma Legal Oficial del día 18 de Diciembre del año 2005 (18/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 18 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, con Resolucion SBS Nº 1524-2005 del 5 de octubre del 2005, se autorizo el funcionamiento a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1320-2005, esta Superintendencia autorizo a La Positiva Seguros y Reaseguros, la apertura de una Oficina Especial ubicada en la Av. MORDAZA Pena Nº 182, Dpto. 202 de la Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Estando a lo opinado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" mediante Informe Nº 097-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-6122005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE:

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen excluir valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores, correspondientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera"
RESOLUCION GERENCIAL Nº 075-2005-EF/94.45
MORDAZA, 7 de diciembre de 2005

Articulo Unico.- Autorizar a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros el uso del local compartido de una Oficina Especial, ubicada en la Av. MORDAZA Pena Nº 182, Dpto. 202 de la Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 21371 RESOLUCION SBS Nº 1806-2005 San MORDAZA, 5 de diciembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA : La solicitud presentada por La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros y La Positiva Seguros y Reaseguros para que se les autorice el uso del local compartido de una Oficina Especial, ubicada en el Jr. MORDAZA Nº 603, de la MORDAZA, provincia y departamento de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros se origino como resultado de un MORDAZA de reorganizacion empresarial, bajo la modalidad de segregacion de un bloque patrimonial de La Positiva Seguros y Reaseguros, MORDAZA que fuera autorizado mediante Resolucion SBS Nº 9722005; Que, con Resolucion SBS Nº 1524-2005 del 5 de octubre del 2005, se autorizo el funcionamiento a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros; Que, mediante Resolucion SBS Nº 470-2005, esta Superintendencia autorizo a La Positiva Seguros y Reaseguros, la apertura de una Oficina Especial ubicada en el Jr. MORDAZA Nº 603, de la MORDAZA, provincia y departamento de Puno; Estando a lo opinado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" mediante Informe Nº 097-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-6122005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros y a La Positiva Seguros y Reaseguros el uso del local compartido de una Oficina Especial, ubicada en el Jr. MORDAZA Nº 603, de la MORDAZA, provincia y departamento de Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 21372

VISTOS: El expediente Nº 2005031574 presentado por la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., asi como el Informe Interno Nº 447-2005-EF/94.45.2 del 7 de diciembre de 2005, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, el 28 de septiembre de 2004, Financiera Cordillera S.A. solicito a CONASEV la inscripcion de los valores pertenecientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera", asi como el registro de los documentos complementarios correspondientes, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 14, inciso a), MORDAZA parrafo, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los certificados de deposito correspondientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" hasta por un monto MORDAZA de S/. 25 000 000,00 (Veinticinco Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, el 21 de noviembre de 2005, Financiera Cordillera S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los certificados de deposito correspondientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores, por haber cumplido con la cancelacion de las obligaciones segun se acredita con la MORDAZA respectiva de Cavali ICLV S.A. del 29 de septiembre de 2005; Que, el 23 de noviembre de 2005, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de deslistar los certificados de deposito correspondientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" y de elevar el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece como causal para la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores su amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de los certificados de deposito correspondientes a la Decimo Tercera Emision del "Primer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera Cordillera" se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 38, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones

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