Norma Legal Oficial del día 28 de Diciembre del año 2005 (28/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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013 TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS EN EL EXTERIOR POR EMPRESAS BANCARIAS O FINANCIERAS NO DOMICILIADAS.
EMPRESA DEL SISTEMA FINANCIERO QUE CANALIZA LOS PAGOS BANCO DE CREDITO DEL PERU BANCO DE CREDITO DEL PERU NOMBRE DE LA EMPRESA BANCARIA O FINANCIERA NO DOMICILIADA ATLANTIC SECURITY BANK AMERICAN EXPRESS TRAVEL RELATED SERVICES COMPANY, INC. AMERICAN EXPRESS TRAVEL RELATED SERVICES COMPANY, INC. MORDAZA DE ORIGEN ISLAS CAIMAN ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA DENOMINACION Y MORDAZA DE LA TARJETA DE CREDITO · ASB VISA · Internacional Global Dollar Card AMERICAN EXPRESS · American Express Card AMERICAN EXPRESS · Gold Card AMERICAN EXPRESS

BANCO WIESE SUDAMERIS

21948

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2006
ACUERDO DE CONCEJO Nº 416 MORDAZA, 20 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000002973 del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 195-MPL "Que Aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo aprobadas por el distrito de Pueblo Libre para el ejercicio anual 2006". CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada.

Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Ser vicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe Nº 004-082-000000372 que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 264-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 195MPL, que Aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del distrito de Pueblo Libre para el ejercicio anual 2006, dado que cumple con los criterios minimos de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de la Ordenanza Nº 195-MPL y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe senalarse que los documentos presentados para la ratificacion de la Ordenanza MORDAZA indicada, tienen caracter de Declaracion Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21900

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