Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2005 (29/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2005

Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No lonizantes en Telecomunicaciones Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/15.19, Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias. V. De la Certificacion de equipos de medicion de radiaciones no ionizantes 5.1 Obligatoriedad Todos los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes deben contar con la certificacion emitida por la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones. 5.2 Finalidad La Certificacion de equipos de medicion de radiaciones no ionizantes tiene como finalidad: 5.2.1 Garantizar el uso de equipos adecuados para la realizacion de mediciones. 5.2.2 Garantizar la precision y exactitud de las magnitudes medidas. 5.2.3 Garantizar el cumplimiento de estandares de compatibilidad electromagnetica conforme al acapite 5.3 u otras normas tecnicas internacionales o nacionales. 5.3 Criterios tecnicos 5.3 Los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes deben cumplir como minimo, los siguientes estandares tecnicos: - lEC 6100-4-2: 1995. Inmunidad a descargas electrostaticas. - lEC 6100-4-3: 1995. Inmunidad a radiacion de MORDAZA electromagneticos. - lEC 6100-4-4: 1995. Inmunidad a los transitorios producidos en los conductores electricos. - lEC 6100-4-5: 1995. Inmunidad a los transitorios en las lineas de alta tension. - lEC 6100-4-6: 1996. Inmunidad a las perturbaciones en los conductores de RF. - lEC 6100-4-11: 1995. Inmunidad a las variaciones en las MORDAZA de alimentacion. La Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones podra modificar o establecer mediante Resolucion Directoral, nuevos estandares para la certificacion de equipos de medicion. 5.4 Requisitos Para la certificacion de equipos de medicion de radiaciones no ionizantes el solicitante presentara el formato de solicitud que apruebe el Ministerio en el cual se debera consignar su domicilio legal y el numero del Registro Unico de Contribuyentes (RUC). Asimismo se acompanara con la siguiente informacion y documentacion: 1.- Documentacion Legal: a.- En el caso de personas naturales: MORDAZA del documento de identidad b.- En el caso de personas juridicas: MORDAZA del certificado de vigencia de poder del representante legal 2.- Documentacion Tecnica: a.- Declaracion o Certificado de Conformidad del fabricante dando fe del cumplimiento de los estandares de Compatibilidad Electromagnetica establecidos en el acapite 5.3. b.- Certificado de Calibracion expedido por el Laboratorio que realizo las pruebas correspondientes, con trazabilidad que permita especificar el patron de referencia. c.- Manual de Operacion

Esta documentacion debera ser presentada: - En MORDAZA certificada notarialmente o en copias autenticas por fedatario de la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones: - En idioma castellano, por redaccion original o traduccion simple debidamente suscrita por el que la realizo; exceptuandose de esta obligacion los folletos, manuales y otros documentos que por su naturaleza podran presentarse en otro idioma. 5.5 Procedimiento Para la certificacion de equipos de medicion de radiaciones no ionizantes se observara el procedimiento previsto para la homologacion de equipos y aparatos de telecomunicaciones que apruebe el Ministerio, en lo que sea pertinente. 5.6 Plazo del procedimiento El procedimiento de certificacion de equipos de medicion de radiaciones no ionizantes tendra un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles. 5.7. De los Certificados El certificado de conformidad de uso de los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes declara la aptitud del equipo o aparato de telecomunicaciones para su uso, otorgando validez a partir de su emision a todos los equipos de igual MORDAZA y modelo por el periodo establecido en dicho certificado. Sin perjuicio de lo cual, es obligacion de la persona natural o juridica autorizada por el Ministerio para la realizacion de Mediciones de Radiaciones No lonizantes, realizar sus mediciones con equipos debidamente calibrados, segun lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 534-2005-MTC/03 que aprobo la Directiva para la habilitacion del registro de personas autorizadas para la realizacion de Estudios Teoricos y Mediciones de Radiaciones No lonizantes. 5.8. De la vigencia 5.8.1 El Certificado de conformidad de uso de los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes tendra una vigencia de cinco (5) anos contados a partir de la fecha de su emision. 5.8.2 La expedicion del certificado no enerva la facultad de la Administracion de realizar mediciones y comprobaciones tecnicas para verificar la calibracion de los equipos, durante el plazo de vigencia de la certificacion, debiendose levantar en cada caso, el acta de verificacion correspondiente. 5.9. Del listado de certificacion de equipos de medicion La Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones elaborara un listado de los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes certificados, senalando en cada caso la fecha de su vigencia. Esta lista sera publicada en la pagina web del Ministerio y se actualizara cada quince (15) dias. 5.10. De las renovaciones 5.10.1 El certificado de conformidad de uso de los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes podra ser renovado, siempre y cuando no hayan variado sus especificaciones tecnicas, ni modificadas la MORDAZA ni modelo. 5.10.2 La solicitud debera ser presentada ante la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones, hasta el ultimo dia del plazo de vigencia del respectivo certificado, acompanando certificado de calibracion vigente. Vencido el referido plazo, se debera iniciar un MORDAZA tramite de certificacion del equipo de telecomunicaciones. 5.10.3 El procedimiento para la renovacion tendra un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles. 5.10.4 De proceder la renovacion, se emitira un certificado el cual contendra el mismo codigo acompanado de una nota que identifique el certificado renovado. 5.10.5 La renovacion de la certificacion de los equipos de medicion de radiaciones no ionizantes tendra una vigencia de cinco (5) anos.

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