Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2005 (29/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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del Banco de la Nacion", en caso contrario se denegara la misma. c) El resultado del procedimiento sera notificado de conformidad con lo establecido en el articulo 104º del Codigo Tributario. Para la notificacion por MORDAZA administrativa, se requerira que el apoderado cuente con autorizacion expresa para tal efecto a traves de documento publico o privado con firma legalizada por fedatario de la SUNAT o Notario Publico. La SUNAT comunicara al Banco de la Nacion, a mas tardar al dia siguiente de resueltas, las solicitudes que hayan sido aprobadas con la finalidad de que este proceda a la liberacion de los fondos." Articulo 5º.- EXCLUSION DE LOS NUMERALES 8, 9 y 10 DEL ANEXO 2 DE LA RESOLUCION Excluyase los numerales 8, 9 y 10 del Anexo 2 de la Resolucion. Articulo 6º.- MODIFICACION DEL ANEXO 3 DE LA RESOLUCION Sustituyase los numerales 1 y 2 e incluyase los numerales 6, 7 y 8 en el Anexo 3 de la Resolucion, segun los textos del Anexo 1 que forma parte de la presente norma. Articulo 7º.- MODIFICACION DEL ANEXO 4 DE LA RESOLUCION Incluyase como numerales 024, 025 y 026 del Anexo 4 de la Resolucion a los textos contenidos en el Anexo 2 de la presente norma. Articulo 8º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, salvo lo dispuesto a continuacion: a) La modificacion a lo dispuesto en el articulo 25º de la Resolucion, dispuesta mediante el articulo 4º de la presente MORDAZA, entrara en vigencia a partir del 16 de febrero de 2006. b) Las modificaciones introducidas al numeral 13.2 del articulo 13º y en el Anexo 3 de la Resolucion, se aplicaran respecto de aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del Impuesto General a las Ventas se produzca a partir del 1 de febrero de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 22020

Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, establece en la estructura organica del Gobierno Regional, al Consejo Regional, como su organo normativo y fiscalizador; Que es competencia del Consejo Regional aprobar los montos de las dietas que les MORDAZA abonados a los Consejeros Regionales, montos que de acuerdo al articulo 19º de la Ley Nº 27867 deben dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual aprobarse y no pueden exceder de una y media Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del acuerdo; Estando a lo acordado en Sesion Extraordinaria de fecha 11.2.04; HA APROBADO: Articulo Primero.- Aprobar el monto de las dietas de los senores Consejeros Regionales en una y media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha del acuerdo. Articulo Segundo.- Las dietas fijadas se abonaran por cada periodo efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que MORDAZA asistido el Consejero, no tienen caracter remunerativo y son excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 21252

Modifican Ordenanza Nº 012-2004-CR/ MORDAZA que declaro en reorganizacion y reestructuracion a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 2762005-GRA/CR-SCR, recibido el 27 de diciembre de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2005-CR/AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 13º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, por Ordenanza Regional Nº 012-2004-CR/ MORDAZA, de fecha 11 de diciembre de 2004, se Declaro en Reorganizacion y Reestructuracion Organica y Administrativa a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, comprendiendo a todas sus dependencias y Unidades de Gestion Educativas, entre otras disposiciones; Que, sobre la base de que a la fecha no se ha ejecutado accion concreta alguna, vinculada a reestructurar la

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban monto de dietas de Consejeros Regionales para el ejercicio presupuestal 2004
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 2762005-GRA/CR-SCR, recibido el 27 de diciembre de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2004-CR/AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

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