Norma Legal Oficial del día 25 de Enero del año 2005 (25/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 25 de enero de 2005

cion Ministerial Nº 00209-87-AG/DGFF, y su modificatoria de VICUNANDES - PERU por VICUNA - PERU, mediante el Certificado Nº 047664, Folio Nº 174, Expediente Nº 9859776, segun Resolucion Nº 008848-1998/OSD-INDECOPI, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0363-97AG. En lo que concierne al signo distintivo VICUNA - PERU ARTESANIA esta fue aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0363-97-AG del 6 de setiembre de 1997 e inscrito en la Oficina de signos distintivos del INDECOPI por mandato de la Resolucion Nº 014041-2002/OSD-INDECOPI, de fecha 10 de diciembre de 2002, Tomo 428, folio 040; Que, siendo una de las Politicas de Estado, la del comercio exterior para la ampliacion de mercados, con este objetivo las exportaciones que se realicen deberan estar en concordancia con el Plan Estrategico Nacional Exportador - PENX, el cual articula las iniciativas del Sector Publico con las del Sector Privado para lograr con ello un MORDAZA que tenga una oferta exportable diversificada, con valor agregado, calidad y volumenes competitivos, y contribuir asi, a la elevacion del nivel de MORDAZA, en especial el de los pobladores altoandinos; Que, conforme a los informes sobre la materia emitidos por el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS en los cuales se expone como observacion de fondo que el MORDAZA de la Ley Nº 26946 no establece la obligatoriedad de la realizacion de mecanismos de subastas publicas o licitaciones publicas, previas al otorgamiento de la licencia de cesion de uso de la MORDAZA VICUNA - PERU y VICUNA PERU - ARTESANIA; y que al establecerse dichos mecanismos en el Articulo 30º del Reglamento de la mencionada Ley, se ha contribuido a disminuir los precios obtenidos por fibra de vicuna, lo cual no beneficia a la oferta exportable diversificada ni a las poblaciones andinas, no permitiendo que las empresas industriales textiles y artesanas encargadas de la transformacion y comercializacion de productos obtenidos de fibra de vicuna esquilada viva, puedan suscribir los convenios especificos necesarios, y que se incumpla con brindar un optimo desarrollo de la tarea de apoyo a las acciones de facilitacion del comercio exterior que son promovidas dentro del Plan Estrategico Nacional Exportador - PENX; Que, es necesario modificar el Articulo 30º del Reglamento de la Ley del Regimen de la Propiedad, Comercializacion y Sanciones por la caza de las especies Vicuna, Guanaco y sus Hibridos, logrando asi formalizar un MORDAZA juridico idoneo que regule la transformacion y comercializacion de productos obtenidos de fibra de vicuna esquilada viva; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Modificase el Articulo 30º del Reglamento de la Ley del Regimen de la Propiedad, Comercializacion y Sanciones por la Caza de las Especies Vicuna, Guanaco y sus Hibridos, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-96-AG y modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-AG, en los terminos siguientes: "Articulo 30º.- De la licencia de la MORDAZA Otorguese la licencia de las siguientes marcas: a) VICUNA - PERU: a favor de las empresas industriales textiles encargadas de la transformacion y comercializacion de productos transformados obtenidos de fibra de vicuna esquilada viva, las mismas que deberan ser debidamente autorizadas por el CONACS. b) VICUNA PERU - ARTESANIA: a favor de las empresas artesanales encargadas de la transformacion y comercializacion de productos obtenidos de fibra de vicuna esquilada viva que el CONACS autorice. A tal, efecto las empresas a que se contrae el parrafo precedente, deberan cumplir con presentar al Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, la documentacion y demas requisitos que les MORDAZA requeridos para el otorgamiento de la licencia correspondiente. Debiendo el CONACS mediante los mecanismos de verificacion y evaluacion que establezca, determinar la procedencia respecto de su acreditacion, para la posterior suscripcion del respectivo Convenio Especifico, en representacion del Estado, a un plazo determinado; debiendo este

ser aprobado por Resolucion Ministerial del Sector Agricultura". Articulo 2º.- Disposiciones de implementacion Facultese al CONACS para que regule a traves de directivas internas aprobadas por Resolucion Jefatural, los mecanismos de verificacion, evaluacion y acreditacion, a que se refiere el Articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 26496, materia de modificacion, respecto del otorgamiento de la licencia de las MORDAZA VICUNA - PERU y VICUNA PERU - ARTESANIA. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 01563

Designan Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0066-2005-AG
MORDAZA, 21 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0847-2004AG, de fecha 29 de setiembre de 2004, se designo al Dr. MORDAZA Ygor MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Recursos Nacionales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la renuncia formulada y designar al funcionario que se desempenara en el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar con efectividad al 14 de enero de 2005, la renuncia presentada por el Dr. MORDAZA Ygor MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 01525

Designan Gerente de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0069-2005-AG
MORDAZA, 21 de enero de 2005

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