Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 150

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005

Que, el articulo 9º de los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, dispone que los cargos son clasificados y aprobados por la propia entidad; Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece como mision de las Direcciones de Red de Salud el lograr que toda la poblacion asignada tenga acceso a los servicios de salud que administra y cuyos recursos gestiona y provee, para promocionar la salud de la persona desde su MORDAZA hasta su muerte natural, para restablecer su salud y para apoyar a las comunidades e instituciones en la construccion de entornos saludables; Que, el personal de enfermeria que labora en los establecimientos perifericos constituye el grupo ocupacional de mayor proporcion, cuyas competencias y perfil profesional responden al cuidado integral que requieren las personas, familia y comunidad haciendo posible cumplir la mision de las Direcciones de Red; Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27669 Ley de Trabajo de la Enfermera Articulo 7º inciso (b) y por el Reglamento de la Ley Nº 27669 Articulo 9º incisos (b) y (d) es responsabilidad de la Enfermera(o) el supervisar al personal no profesional de enfermeria asi como tambien el planificar, ejecutar y evaluar la formacion y capacitacion del personal profesional, tecnico y auxiliar de enfermeria a su cargo; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27669 - Ley de Trabajo de la Enfermera en su Articulo 5º inciso (b) dispone que para brindar el cuidado integral de la salud se deben desarrollar procesos dirigidos a planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar el producto de los servicios de enfermeria en todos los establecimientos dedicados a la atencion de salud y otros afines; Que, el diseno organizacional de las Redes de Salud requiere ser adecuado para facilitar el desarrollo de los procesos de supervision, monitoreo y capacitacion a cargo del personal de enfermeria, a fin de garantizar un cuidado integral de salud de calidad a las personas, familia y comunidad contribuyendo al cumplimiento de los lineamientos y politicas de salud; Que, para cumplir con lo senalado en el considerando precedente, es necesario establecer nuevos cargos, en concordancia con los lineamientos vigentes para la elaboracion del Cuadro para Asignacion de Personal; De conformidad con el articulo 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el articulo 8º inciso (l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE Articulo 1º.- Aprobar la creacion del cargo de Coordinadora(o) del Cuidado Integral de Salud, en las Direcciones de Red de Salud, con nivel F3 con el siguiente tenor: Funciones.

f) Participar en la elaboracion, evaluacion y aplicacion de proyectos, normas tecnicas, protocolos y procedimientos de atencion integral y trabajo con la comunidad g) Controlar el cumplimiento de las metas de las actividades programadas para el cuidado integral de salud en el ambito de su competencia. h) Promover y vigilar la difusion y el respeto de los derechos ciudadanos en salud y la participacion ciudadana. i) Participar en el analisis y sistematizacion de la informacion para la toma de decisiones en la gestion y administracion de los servicios y el cuidado integral de la salud. Requisitos del Cargo Educacion - Titulo Profesional en Enfermeria - Maestria en Salud Publica y/o Gerencia de Servicios de Salud. Experiencia - Experiencia no menor de 3 anos en cargos directivos o en la conduccion de equipos de profesionales. - Experiencia en labor asistencial en establecimientos de primer nivel de atencion no menor de 5 anos. Articulo 2º.- Aprobar la creacion del cargo de Supervisora(o) del Cuidado Integral de Salud, en las Microrredes de Salud, organo de linea de las Direcciones de Red de Salud, con nivel F2, con el siguiente tenor: Funciones a) Coordinar la elaboracion, adecuacion, ejecucion y evaluacion de los planes, normas tecnicas, protocolos, procedimientos y trabajo comunitario con los establecimientos de la microrred, segun corresponda, para el cuidado integral de salud. b) Participar en las actividades relacionadas a la garantia y mejoramiento de la calidad de la atencion. c) Vigilar el cumplimiento de la programacion de las actividades de promocion de la salud y prevencion de la enfermedad en el ambito de la microrred y prestar la asistencia tecnica que el caso requiera. d) Realizar monitoreo y supervision al personal profesional y no profesional de enfermeria de los establecimientos de salud de la microrred. e) Propiciar la capacitacion del personal de enfermeria a nivel de la Microrred. f) Efectuar coordinaciones con autoridades y grupos organizados de la poblacion para la ejecucion de actividades de promocion de la salud y prevencion de la enfermedad a nivel de la microrred. g) Proponer, difundir y asegurar la aplicacion de los protocolos y guias de atencion de enfermeria a nivel de la microrred. h) Analizar, consolidar y mantener informacion actualizada sobre las estrategias sanitarias, proyectos y otras actividades sobre el cuidado de salud integral que se desarrollen en la microrred Requisitos del Cargo

a) Conducir los procesos de Planificacion, organizacion, direccion, supervision y evaluacion del producto de los servicios de enfermeria en el ambito de la red para el cuidado y atencion de la salud de las personas, familia y comunidad en los entornos donde estas se desarrollan en coordinacion con el personal de enfermeria de las microrredes. b) Participar en la elaboracion del Plan de Salud de la Red y en la formulacion y/o adecuacion de las politicas y lineamientos para la promocion, la gestion de la calidad, la atencion integral de salud y la prevencion de la enfermedad. c) Participar en el monitoreo, supervision y evaluacion de la calidad de la atencion integral de salud, la satisfaccion del usuario e impulsar el desarrollo de procesos de mejora continua. d) Brindar asistencia tecnica y capacitar permanentemente al recurso humano de salud haciendo uso de tecnicas de educacion para adultos. e) Conducir el MORDAZA de evaluacion del desempeno del personal profesional y no profesional de enfermeria en el ambito de la Direccion Red.

Educacion - Titulo Profesional en Enfermeria - Estudios de Post-grado en Salud Publica y/o Analisis Epidemiologico Experiencia - Experiencia en labor asistencial en establecimientos de primer nivel de atencion no menor de 5 anos. Articulo 3º.- Aprobar la creacion del cargo de Supervisora (o) de Enfermeria, para ser considerado en las Microrredes de Salud, organo de linea de las Direcciones de Red de Salud, con nivel F2, con el siguiente tenor: Funciones a) Participar en la elaboracion, ejecucion y evaluacion del Plan de Actividades del establecimiento de salud. b) Elaborar la programacion mensual de personal profesional y no profesional de enfermeria a su cargo, de

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