Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 159

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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10. La Gerencia de Gestion Electoral remitira las constancias de verificacion que resulten del reproceso a la Secretaria General la que, a su vez, las pondra en conocimiento del Registro de Organizaciones Politicas. 11. La Gerencia de Gestion Electoral sellara las listas de adherentes y los formatos LA020, LA002 y LA003 de la organizacion politica a la que se refiere la resolucion del Registro de Organizaciones Politicas, con la frase "DEJADO SIN EFECTO EN MERITO A LA RESOLUCION Nº....... OROP/JNE". 12. La Gerencia de Informacion y Educacion Electoral publicara en la pagina web, los resultados de los registros liberados y reprocesados, una vez culminado el proceso." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional (e) 01652

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica e informaticos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 877-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 9940-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 1375-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de diciembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HAEDO, MORDAZA MORDAZA MORAL PAZ, MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA NAHUINCOPA DE MORDAZA y MORDAZA B MORDAZA CADENILLAS, en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones para el procedimiento registral solicitaron ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil tramites de rectificacion y duplicado de sus respectivas inscripciones, las mismas que fueron materia de enmiendas, practicadas en forma fraudulenta, las que fueron realizadas sin contar con el sustento de ley, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, con la intencion de obtener el Documento Nacional de Identidad conteniendo informacion falsa. Es de senalar que estas enmiendas fueron realizadas dias previos a las solicitudes de rectificacion y duplicado, respectivamente; Que, dada la forma y circunstancias como se han presentado los hechos, se presume que nuestros archivos magneticos han sufrido alteraciones, practicadas por personas no autorizadas, hecho que deviene en la comision de los llamados Delitos Informaticos senalados en los articulos 207º-A, 207º-B y 207º-C del Codigo Penal, en tanto se presentan los hechos que el agente ingresa indebidamente a una base de datos con el fin de alterar el contenido del mismo, mas aun se agrava si el agente hace uso de informacion privilegiada en funcion de su cargo, conducta antijuridica precisada en los tipos penales precitados;

Que, la Subgerencia de Depuracion y Archivo Central, en estricto cumplimiento del articulo 67º inciso 9 del Decreto Ley Nº 14207, ha cancelado las inscripciones materia de las enmiendas sin sustento, esto en salvaguarda de la seguridad y del trafico juridico de los documentos, a fin de mantener la fidelidad de los datos contenidos en el Registro, dejando a salvo el derecho de los ciudadanos a reinscribirse con sus documentos de ley; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios razonables de la comision del presunto Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica y Delitos Informaticos, previstos y sancionados en los articulos 428º, 207º-A, 207º-B y 207º-C del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HAEDO o MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE AEDO, MORDAZA MORDAZA MORAL PAZ, MORDAZA ORDINOLA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA KUSAKABE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA NAHUINCOPA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NAHUINCOPA, MORDAZA B MORDAZA CADENILLAS o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CADENILLAS y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HAEDO o MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE AEDO, MORDAZA MORDAZA MORAL PAZ, MORDAZA ORDINOLA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ORDINOLA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA KUSAKABE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA NAHUINCOPA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NAHUINCOPA, MORDAZA B MORDAZA CADENILLAS o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CADENILLAS y los que resulten responsables por presuntos Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica y Delitos Informaticos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01686

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y contra la familia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 005-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 10470-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 141-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 1389-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de diciembre del 2004.

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