Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 161

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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de la inscripcion que fuera materia de suplantacion, en salvaguarda del derecho a la identidad del ciudadano afectado y en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º incisos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLARTE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA OLARTE, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01689 RESOLUCION JEFATURAL Nº 024-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 5649-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 2653 -2004-GO/SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 004-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 4 de enero de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que con fecha 23 de junio de 2003, se inscribe en forma ordinaria el nacimiento del menor ERICSON MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nacido el 04 de junio de 2003, siendo asentada en la Partida de Nacimiento Nº 63053842 de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Chorrillos - MORDAZA, inscripcion efectuada por declaracion del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de padre, consignando como MORDAZA del menor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA; Que, posteriormente con fecha 23 de MORDAZA de 2004, mediante procedimiento de inscripcion administrativa al MORDAZA de la Ley Nº 26497, se inscribe en forma extemporanea el mismo hecho MORDAZA, siendo esta vez el nombre del menor ERICSON MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como nacido el 04 de junio de 2003, asentado en la Partida de Nacimiento Nº 63467348 de la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad de Chorrillos - MORDAZA, registrandose como padres a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, inscripcion efectuada a solicitud de ambos presuntos padres del menor;

Que, de la revision de los documentos se tiene que la Partida de Nacimiento Nº 63467348 fue promovida en forma ilegal, declarando ante funcionario del Registro que el nacimiento del menor ERICSON MORDAZA no ha sido inscrito con anterioridad en ningun Registro de Estado Civil del MORDAZA, para de esta forma obtener irregularmente una partida de nacimiento extemporanea, con nombres que difieren a la primera inscripcion realizada en la Oficina de Registros de Estado Civil de la Municipalidad de Chorrillos; Que, ante los hechos expuestos, es de advertir que la conducta realizada por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, constituye indicio razonable de la comision de presuntos delitos contra la Familia, en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor, y contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica Propia, previstos y sancionados en los articulos 145º y 428º del Codigo Penal vigente, por cuanto ha aportado datos falsos en el acto de inscripcion registral de nacimiento, atribuyendole una falsa filiacion, asimismo en cuanto al hecho de haber insertado datos falsos en documento publico como es el Acta de Nacimiento, de tal forma que con dichas conductas se ha perjudicado no solo la identidad del menor, sino ademas el trafico juridico del documento publico que merece fe publica plena. Que, en atencion al considerando precedente, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, por presunto delito contra la Familia, en la modalidad de Alteracion de Filiacion de Menor, y contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01690

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscal adjunto titular de la Fiscalia Suprema en lo Contencioso Administrativo, a Suecia, en comision de servicios
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 155-2005-MP-FN MORDAZA, 25 de enero de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 39-2005-FSCA-MP-FN, de fecha 24 de enero de 2005, de la Fiscalia Suprema en lo Contencio-

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