Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 177

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 285561

- Ordenanza Nº 341-MML del 13.08.2001, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima. - Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. Modifica el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o no Motorizados Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. - Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC. Reglamento Nacional de Transito. - Decreto Supremo Nº 032-2003-MTC. Suspenden otorgamiento de permisos de operacion para prestar servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores a partir del 7 de MORDAZA de 2003. - Decreto Supremo Nº 043-2003-MTC. Establecen plazo de suspension de otorgamiento de permisos de operacion para prestar servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores y de inscripcion de unidades vehiculares. - Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC Reglamento Nacional de Vehiculos. - Ley Nº 28325 que Regula el Traslado de Inscripciones de Vehiculos Menores y el Acervo Documentario de las Municipalidades a SUNARP. TITULO II DEFINICIONES Y CLASIFICACIONES Articulo 3º.- En la aplicacion de la presente Ordenanza se entiende por: 1. Vehiculos Menores: Son vehiculos motorizados o no motorizados de tres ruedas, con una capacidad no mayor de tres (3) pasajeros, clasificados en: a) TRICITAXI: Vehiculo no motorizado accionado por medio de pedales, provistos de espacios en la parte delantera, con o sin asientos, y de una montura en la parte posterior para uso del conductor. b) MOTOTAXI: Vehiculo motorizado que no excede los 250 cc de cilindrada, provisto de asientos para uso de pasajeros en la parte delantera y de una montura posterior para uso del conductor, acondicionado para tal fin. c) MOTOCAR: Vehiculo motorizado que no excede los 250 cc de cilindrada, provisto de una cabina con asientos para uso de pasajeros en la parte posterior y de una montura en la parte delantera para uso del conductor 2. Servicio Publico de Transporte de Pasajeros en Vehiculos Menores: Actividad economica que cuenta con los medios para realizar el traslado de pasajeros y carga, dentro de una determinada jurisdiccion, brindado por persona juridica, que cuentan con la autorizacion correspondiente. 3. Persona Juridica: Es la Empresa o Asociacion que se constituye de conformidad con las disposiciones legales vigentes, cuyo objeto es brindar Servicio Publico de Transporte de Pasajeros y carga en Vehiculos Menores. 4. Conductor de Vehiculo Menor: Persona Natural, con la respectiva licencia de conducir, debidamente autorizado por la Municipalidad de San MORDAZA de Porres. 5. Conductor Suplente de Vehiculo Menor: Persona Natural, con la respectiva licencia de conducir, debidamente autorizado por la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, que efectua la suplencia temporal del conductor titular en la conduccion de un vehiculo menor. 6. Propietario - Persona natural incorporada a una Persona Juridica autorizada por la Municipalidad para prestar Servicio de Transporte Publico de Pasajeros. 7. Propietario - Conductor: Persona Natural incorporada a una persona juridica, autorizada por la Municipalidad para prestar servicio de Transporte Publico, que conduce una unidad de su propiedad. 8. Paradero: Lugar de la via publica, autorizada a una persona juridica para prestar servicios de Transporte en Vehiculos Menores, en el cual los referidos vehiculos se detienen temporalmente a la espera de pasajeros.

9. Zonas de Trabajo: Es el area territorial delimitada en forma perimetral, y definida por vias. 10. Autorizacion de Circulacion: Documento que autoriza a una persona juridica, a prestar Servicio de Transporte de Pasajeros o de carga en Vehiculos Menores, en determinada MORDAZA de trabajo incluye la determinacion de paraderos. 11. Certificado de Operacion: Documento que determina y autoriza la operatividad del vehiculo Menor para prestar servicio de transporte en una MORDAZA de trabajo autorizada y delimitada. 12. Credencial del conductor: Documento que autoriza al conductor a prestar servicio de transporte en vehiculo Menor, dentro de una persona juridica debidamente autorizada. 13. Autoridad Policial: Personal de la Policia Nacional del Peru (PNP), asignado al control de MORDAZA, para que brinde el apoyo que sea necesario en el cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza. 14. Flota: Numero de unidades autorizadas con la que cuenta la persona juridica para el servicio de transporte publico en Vehiculos Menores, debidamente registrados en la Municipalidad. 15. Constatacion de Caracteristicas Tecnicas: Revision fisica del vehiculo en sus sistemas mecanicos y electricos realizados por la Municipalidad mediante Inspectores de Transporte que tambien tienen que constatar las condiciones de seguridad, MORDAZA interior y exterior que deben cumplir las unidades para la realizacion optima del servicio. 16. Inspector Municipal de Transporte: Persona capacitada autorizada por la Municipalidad, que tiene la funcion de supervisar controlar y sancionar a las personas juridicas o conductores autorizados y no autorizados, que transgredan las disposiciones de la presente Ordenanza. Realiza la constatacion de Caracteristicas Tecnicas de los vehiculos. 17. Papeleta de Infraccion: Formulario aprobado por la autoridad administrativa, en el que constara la infraccion cometida, razon social de la persona juridica, datos del propietario y del conductor responsable de la infraccion, que tiene como resultado una sancion administrativa. 18. Carne de Educacion y Seguridad Vial: Documento que expide la Municipalidad a los conductores, que hayan realizado y aprobado el Curso de la Educacion y Seguridad Vial, el mismo que se realizara en forma anual organizado por la Municipalidad. 19. Licencia de Conducir: Documentos otorgados por la autoridad competente a la persona natural para conducir un vehiculo menor. 20. Sticker Vehicular: Distintivo Municipal adherido en la parte interna o externa del parabrisas del vehiculo otorgado y autorizado por la Municipalidad. 21. Deposito Municipal de Vehiculos (DMV): Locales propios o alquilados de la Municipalidad para internar los Vehiculos Menores infractores, o sancionados por el Inspector Municipal. 22. Organizacion de Transportistas de Vehiculos Menores: Asociacion de Personas Juridicas debidamente constituida e inscrita en la Oficina de los Registros Publicos, y deberan contar con no menos del 35% del total de las Personas Juridicas que prestan Servicio de Transporte en Vehiculos Menores en la jurisdiccion de San MORDAZA de Porres, debidamente autorizados. TITULO III DE LA COMPETENCIA Articulo 4º.- Corresponde a la Municipalidad de San MORDAZA de Porres:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.