Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 189

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 285573

publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. G. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01884

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, senala que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, la Oficina de Obras mediante Informe Tecnico Nº 002-2005-MDP/O, solicita en el MORDAZA de SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, se adquiera una maquinaria pesada es decir Un (1) Rodillo Vibratorio, para la conclusion de las obras de compactacion y el mantenimiento permanente de las carreteras, trochas carrozables del ambito de la jurisdiccion del distrito de Pizacoma; Que, de la misma forma se tiene el Informe Legal Nº 001-2005-MDP/AL, quien indica que se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de un rodillo vibratorio conforme a los alcances de lo dispuesto en el articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con lo dispuesto en los articulos 141º, 146º y siguientes del D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM - Reglamento de dicho TUO, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, se hace necesario que el Concejo Municipal como MORDAZA instancia de Gobierno Municipal, adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades a la administracion a efectos de que se cumpla con la rehabilitacion de las carreteras y trochas carrozables de la jurisdiccion del distrito y estas no MORDAZA destrozadas con las precipitaciones pluviales; Que, debatidos los informes senalados en Sesion de Concejo de fecha 23.1.05 este acordo que es necesario Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de un (1) Rodillo Vibratorio, para la Municipalidad Distrital de Pizacoma; Con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Pizacoma, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobo el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de un (1) Rodillo Compactador y//o Vibratorio Usado, en la jurisdiccion del distrito de Pizacoma. Articulo Segundo.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion, la adquisicion de un rodillo vibratorio, en la cantidad y monto que se detalla a continuacion:
DESCRIPCION CANTIDAD VALOR REFERENCIAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : : 1 Rodillo Vibratorio. 1 (UNO) 260,000.00 Nuevos Soles. Renta de Aduanas y FONCOMUN.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALITRAL - MORROPON
Autorizan adquisicion de soya en grano por situacion de desabastecimiento inminente
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2005-GDRS-CM Salitral, miercoles 12 de enero del 2005 VISTO: El Informe Nº 002-2005-GDRS-M/GM con registro de tramite documentario Nº 085 de fecha 6.1.05 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que el Comite Especial de Adquisiciones mediante el informe tecnico-economico que forma parte del presente acuerdo, recomienda la adquisicion por DESABASTECIMIENTO INMINENTE urgencia de productos para el Programa del Vaso de Leche consistentes en soya en grano requeridos por el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche; Que el Asesor Legal Externo con el informe de visto, opina sobre la prioridad de la distribucion oportuna de los productos del Programa del Vaso de Leche en forma mensual y que efectivamente el MORDAZA conllevaria al retraso de la distribucion del producto en perjuicio de los beneficiarios que son ninos y ancianos en el mes de enero, febrero y marzo de 2005; por lo que al MORDAZA de los articulos 19º c), 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM en concordancia con los articulos 106º y 108º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM tecnicamente es viable la exoneracion de los procesos de seleccion para adquirir el producto para el Programa del Vaso de Leche para los meses que se indican por situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE que significara la distribucion oportuna de dicho producto; Por tales considerandos estando al informe Tecnico y Legal, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Concejo Municipal de Salitral - Morropon, en Sesion del 11 de enero de 2005, segun folios Nº 193/195 del Libro de Actas ha tomado el siguiente Acuerdo: ACUERDO Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion y Autorizar la Adquisicion por DESABASTECIMIENTO INMINENTE, de Soya en Grano para el PVL por los meses: enero, febrero y marzo de 2005, por el monto total de S/. 32,442.00 (TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) sin perjuicio de realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adjudicaciones definitivas. Articulo Segundo.- Autorizar a Gerencia Municipal realizar las publicaciones y comunicaciones de ley y ejecutar la adquisicion de los productos indicados bajo la modalidad autorizada por el presente acuerdo. Articulo Tercero.- Comuniquese del presente acuerdo, al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y al Comite Especial Permanente de Adquisiciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CARDOZA MORDAZA MORDAZA 01660

Articulo Tercero.- HACER, de conocimiento a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, al Comite Especial del MORDAZA de Seleccion por Declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente, a adoptar las acciones administrativas correspondientes para la adquisicion de la referida maquinaria pesada. Articulo Quinto.- DISPONER, a Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Pizacoma, realice la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.