Norma Legal Oficial del día 03 de Febrero del año 2005 (03/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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tal adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves de la solicitud de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA Camara, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Valdizan, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de maquinaria; adecuandose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria para confecciones e industria del cuero; Que, mediante Memorandum Nº 276-2004/VIVIENDAVMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 040-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se preciso que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad Distrital MORDAZA Valdizan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario "Rio Azul"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de maquinaria descrita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/. 21 478.57 (Veintiun mil cuatrocientos setenta y ocho con 57/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital MORDAZA Valdizan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario "Rio Azul".

Articulo 2º.- El Programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 02415

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Dictan disposiciones relativas al periodo vacacional de magistrados y personal auxiliar en el Ano Judicial 2005
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 011-2005-CE-PJ
MORDAZA, 28 de enero del 2005 VISTOS: Los Oficios cursados por los Presidentes de las MORDAZA Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Cortes Superiores de Justicia y, de la Sala Penal Nacional, elevando a este Organo de Gobierno informe respecto al funcionamiento de organos jurisdiccionales de emergencia en el periodo de vacaciones; y, CONSIDERANDO: Que el articulo 246º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial prescribe que las vacaciones de Magistrados se establecen en dos etapas sucesivas, cada una de treinta dias, en los meses de febrero y marzo; sin perjuicio de que, excepcionalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede senalar tiempo distinto; Que, las vacaciones programadas en los meses de febrero y marzo, en la practica, da lugar a que los procesos judiciales se paralicen durante ese lapso, generando en determinadas circunstancias perjuicio a abogados, litigantes y publico en general; por cuya razon este Organo de Gobierno excepcionalmente suspendio las vacaciones de Magistrados, personal auxiliar jurisdiccional y administrativo en el mes de febrero del ano en curso, y dispuso que los Presidentes de las MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Cortes Superiores de Justicia y, de la Sala Penal Nacional, estructuren organos jurisdiccionales de emergencia para el caso que las vacaciones se MORDAZA efectivas en determinado mes del ano; en tanto se elabore la iniciativa legislativa correspondiente; Que, en tal sentido, habiendose remitido los informes solicitados por parte de los Presidentes de las MORDAZA Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Cortes Superiores de Justicia y, de la Sala Penal Nacional, sobre la forma de afrontar, con personal de emergencia, el periodo vacacional, es del caso emitir el pronunciamiento respectivo, sobre el particular; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de viaje en comision de servicios, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las vacaciones en el Ano Judicial 2005, para Magistrados y personal auxiliar se haran efectivas del 1 al 30 de marzo del ano en curso. Articulo Segundo.- Las MORDAZA y Juzgados Penales Especiales de MORDAZA, asi como la Sala Penal Nacional y los Juz-

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